Posadas habilita el uso de bares, restaurantes y cantinas en complejos deportivos

sábado 05 de septiembre de 2020 | 10:00hs.
Posadas habilita el uso de bares, restaurantes y cantinas en complejos deportivos
Posadas habilita el uso de bares, restaurantes y cantinas en complejos deportivos
Desde la Municipalidad de la ciudad de Posadas informaron que mediante resolución en conjunto de los Ministerios de Gobierno, Salud Pública y de Trabajo y Empleo de la Provincia de Misiones desde la Dirección General de Deportes y en conjunto de los Ministerios de Gobierno, Salud Pública y de Deportes de la Provincia de Misiones se autorizó el uso de bares, restaurantes y cantinas ubicados en las instalaciones de los clubes, establecimientos deportivos y complejos de canchas, única y exclusivamente en la franja horaria de 9 a 22.

El protocolo establecido para su funcionamiento es que no podrán exceder un máximo de cinco personas por mesa, quedando sujeto su incumplimiento a las sanciones que se originen conforme a la normativa legal vigente del Orden Municipal.

Además deberán cumplir con: 
Control de Temperatura a los clientes que ingresan al sector de bares, restaurantes y cantinas como así también la correcta higienización o desinfección de manos
con alcohol diluido al 70/30 con agua;

-Todo club, establecimientos deportivo y complejo de cancha que posea un sector de bares, restaurantes y cantinas, debe poner a disposición en todo momento de los clientes los elementos de bioseguridad: alcohol en gel, alcohol o lavandina diluida con agua para la higienización de las manos y/o desinfección de objetos.

- Las personas que concurran deberán ingresar con los barbijos o tapabocas, los que no podrán quitarse hasta el momento de tomar asiento, asimismo deberán utilizarlo si se desplazan dentro del local y al momento de abandonar el lugar.

- Todos los que desempeñen algún tipo de tarea en el sector de bares, restaurantes y cantinas de los clubes, establecimientos deportivos y complejos de canchas sin importar la misma, es decir mozos, cajeros, cocineros, ayudantes, auxiliares y/o cualquier otro trabajador del establecimiento, deberá usar barbijo o tapabocas, en caso que necesiten quitárselo podrán hacerlo siempre y cuando se respete la distancia de 2 metros y nunca cuando estén atendiendo a los clientes.

- Se recomienda exhibir cartelería instructiva sobre las medidas de Seguridad para prevenir el contagio del Covid-19 (Ej. Uso de barbijo obligatorio, higienizar las manos constantemente, mantener la distancia de dos metros, no tocar la mercadería, estornudar sobre el brazo o codo, no tocar al vendedor, etc).

Las medidas establecidas tendrán vigencia mientras dure el distanciamiento social preventivo y obligatorio, las que podrán ser ampliadas, modificadas o suprimidas en su parte dispositiva acorde a las circunstancias y según lo determinen los protocolos de orden nacional provincial y municipal.