El cadáver del menor obereño fue hallado el 3 de junio del año pasado

Cámara de Apelaciones confirmó elevación a juicio del caso Josías Galeano

Se rechazó el pedido de la defensa del único imputado. “El planteo recursivo no resulta suficiente para desvirtuar el auto de elevación a juicio”, cita la resolución fechada el martes
miércoles 13 de diciembre de 2023 | 18:22hs.
Cámara de Apelaciones confirmó elevación a juicio del caso Josías Galeano
Cámara de Apelaciones confirmó elevación a juicio del caso Josías Galeano

La Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de Misiones rechazó un planteo defensivo y confirmó la elevación a juicio del expediente que investiga el homicidio de Josías Ezequiel Galeano (15), cuyo cadáver fue hallado el 3 de junio del año pasado en un bañado situado en la periferia de Oberá.

De esta forma, se avaló lo actuado por el juez de Instrucción Uno de Oberá, Pedro Piriz, y se denegó la apelación del defensor oficial Matías Olivera a favor del imputado Rogelio Andrés “Koki” T. (25).

La resolución, fechada el último martes, se tramitó ante la Sala II de la Cámara y estuvo a cargo de José Alberto López con adhesión de José Jacobo Mass.

Cerrada la instrucción y elevado a juicio el expedientes, resta que el Tribunal Penal Uno fije fecha para el debate oral y público de uno de los casos judiciales más resonantes de los últimos años en Oberá.

En octubre el defensor oficial apeló la elevación a juicio en función a las contradicciones expuestas por el principal testigo de la acusación, como también la imposibilidad de probar la mecánica y fecha de muerte de la víctima, según su óptica.

En respuesta a ello, la Cámara consideró que “existen contradicciones entre lo declarado por los testigos, que no representan elemento de cargo en contra del imputado, y que existen contradicciones obvias que no tienen que ver con valoración o percepción que puede cambiar con el tiempo”.

“Sin perjuicio de ello, y conforme las constancias de autos, se verifica que el planteo recursivo no resulta suficiente para desvirtuar el auto de elevación a juicio, dentro del grado de conocimiento requerido para esta instancia del proceso”, agregó.

 

Fundamentos

En los considerandos, se cita que el menor Josías Galeano habría sido asesinado entre los días 12 y 17 de mayo de 2022 mediante una maniobra de estrangulamiento que lo dejó incapaz de defenderse.

La víctima, aún con vida, fue arrojada a un sector de bañados y malezas “donde quedó semi sumergido, en posición de cúbito lateral derecho, aspirando en forma activa el líquido circundante y diatomeas (algas microscópicas recubiertas de sílice que viven fundamentalmente en el agua dulce y salada pero que se encuentran también en cualquier ambiente con algo de humedad) que pasaron desde el tejido pulmonar al torrente sanguíneo y de allí a los diferentes tejidos del cuerpo, sufriendo una asfixia por inmersión o sumersión”.

Asimismo, se aclara que “no se acreditó el estrangulamiento, sino solo por un testimonio, dándose por probada tal situación sin más y sin estar avalada por el resultado de la autopsia”.

En tanto, valoraron que “las pruebas producidas durante la investigación, las que resultan concordantes con los testimonios recabados (…) habiendo quedado acreditadas las circunstancias de modo, tiempo y lugar, y por lo tanto determinada la plataforma fáctica para la etapa plenaria”.

“Bajo esta óptica, las disconformidades con las probanzas que determinan la posible autoría de Andrés Rogelio T., no obstan la prosecución de las actuaciones, y todo elemento que pretenda desvirtuar la hipótesis acusatoria deberá ser planteado en la amplitud probatoria del juicio oral”, indica la resolución.

 

Planteo defensivo

Oportunamente, la defensa del único imputado por el homicidio de Josías Galeano cuestionó el aporte de testigos que citaron “comentarios del barrio”, lo que “no representa elemento de cargo en contra del imputado”.

Asimismo, se hizo hincapié en el relato de Diego Armando F., considerado el “testigo estrella” de acusación, al punto que en la elevación a juicio Piriz consideró que fue quien “aportó los datos más precisos respecto al hecho puntual”.

En síntesis, Diego Armando F. declaró que un día -sin precisar la fecha- el imputado lo llamó por intermedio de dos niños para contarle que había asesinado a Josías Galeano.

El defensor precisó que “uno de los chicos que lo mandó a llamar era el hijo de la Titi (NdR: la hermana de Koki T.). Incluso lo describe físicamente, (pero) luego en sede policial dice que no conocía a ninguno” de los chicos.

El testigo estrella también dijo que le contó a Titi y a Hugo S. lo que Koki le había dicho, pero después se desdijo y afirmó que no le contó a nadie.

Diego Armando F. también dijo que hacía años que no veía al imputado en el barrio, al tiempo que “dos niños desconocidos le dicen que Koki, con quien no habla hace años quiere hablar con él, un mediodía, lloviznando y sin preguntar nada va a hablar con él”.

“No sólo eso, sino que sin motivo, sin preguntas, Koki le empieza a contar que estranguló y mató a alguien, luego lo amenaza para que no cuente a nadie y además le pide que le compre pan y mortadela, ya que aparentemente Koki no podía pedirle a los niños”, puntualizó el defensor.

 

Mecánica de muerte

Respecto a la mecánica de muerte, el defensor citó que el auto de elevación dice: “El estado de descomposición en el que se halló el cadáver no permitió evidenciar lesiones. Por ello el sistema de valoración de la prueba admite la incorporación, análisis y ponderación de elementos como declaraciones de testigos”.

Incluso, el mismo juez dice que “no permitió evidenciar lesiones”, es decir que no se acreditaron, por lo que la hipótesis del estrangulamiento fue “aportada solamente por Diego Armando F., por un testimonio, dándose por probada tal situación sin más”.

Así, el resultado de la autopsia podría avalar lo dicho por el testigo estrella, pero no lo hace. “No encuentra respaldo alguno lo dicho por este, sumado al resto de la declaración que expone la debilidad del relato”, remarcó el defensor.

Y agregó que “decir que por el efecto del tiempo la prueba se pierde y que entonces la opción excluyente es dar por acreditado el hecho por un testimonio, es contrario a todo principio de interpretación legal, sobretodo en relación a garantías constitucionales”.

 

Policías y causa paralela

En paralelo a la causa contra Rogelio Andrés K., cuatro efectivos que se desempeñaban en la Seccional Cuarta de Oberá fueron imputados por “omisión de hacer cesar o denunciar detención ilegal, falsedad ideológica, privación ilegal de la libertad agravada, severidades y amenazas” en perjuicio de Josías Galeano.

Vale recordar que tras la desaparición del menor, su mamá denunció presuntos hechos de violencia y amenazas contra el chico por parte de policías obreños.

Al respecto, en el expediente se cita a un testigo que estuvo detenido en la Seccional Cuarta cuando demoraron al menor.

“Un día de lluvia lo trajeron de shorcito y de musculosa, ahí nosotros le dimos ropa, pantalón y un abrigo. Nosotros le dimos un taper con comida. Él estaba esposado por la reja. Entre los calabozos hay un patio y ahí está la reja, no tiene techo, por eso mismo le prestamos la ropa. Estaba solo ahí, estuvo hasta la tardecita esposado por la reja”, declaró el testigo en sede judicial.

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