Se recordó que el propio DNU de Milei permitió subas sin límites

Demoran causa contra subas de prepagas impulsada por el Estado

La jueza que había recibido la demanda decidió cambiar de manos el expediente. La envió como un reclamo colectivo. El Ejecutivo pretendía un tratamiento urgente
jueves 02 de mayo de 2024 | 6:02hs.

La demanda que impulsó el gobierno contra el aumento desmedido de las cuotas de las prepagas sufrió un revés el martes cuando la jueza en lo civil y comercial federal Mercedes Maquieira decidió cambiar de manos el expediente: sostuvo que la Superintendencia de Seguros de Salud actuó en nombre de los afiliados y remitió el caso a un proceso colectivo que impulsaron muchos ciudadanos comunes contra el DNU de Javier Milei.

Fue el DNU el que permitió los aumentos en las cuotas. Lo insólito de la situación es que, ahora, el propio Ejecutivo que habilitó la desregulación litigará, en un mismo proceso, junto a los afectados y contra las empresas que defienden esas subas.

El gobierno pretendía que, en el marco de un amparo contra 16 empresas de medicina prepaga -las más importantes del mercado como Omint, Galeno, Swiss Medical, Medicus, Sancor-, “con carácter urgente” se les ordenara a esas empresas dejar sin efecto “en forma definitiva los aumentos desmedidos en las cuotas” y que “solo se permita un eventual incremento” según un índice que establezca el tribunal. También se buscaba “la devolución y/o reintegro de las sumas que han sido indebidamente percibidas por éstas a la fecha”.

Ayer se conoció que el gobierno apelará la decisión judicial (Ver cuadro ‘Enojo...’)

La sugerencia oficial, que receptaron tribunales en amparos individuales, aludía a permitir subas de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC). Varias empresas salieron a defender en la causa los aumentos: no sólo cuestionaron la legitimidad de la SSS para actuar, sino que afirmaron que lo que el gobierno pretendía, en oposición a “la libertad” que fijó el decreto, era la derogación judicial de lo dispuesto por el propio DNU. La jueza entonces le pidió a la fiscalía que opinara sobre la competencia en el caso “en razón de la materia, el territorio y el grado, como asimismo en función de los procesos colectivos que se encuentran en trámite vinculados a la cuestión aquí debatida”. Con un guiño a la jueza, el fiscal Rafael Espínola advirtió que el “análisis de tales aspectos involucra, sin margen de duda, una evaluación por parte de V.S. de los alcances de la acción en trato, definiendo si la misma encuadra o no como proceso colectivo”, pero no opinó al respecto porque es “materia excluyente del Magistrado que interviene”.

Al analizar la cuestión, la jueza Maquiera sostuvo que “queda a la vista que, aun cuando la demanda no ha sido formalmente presentada como una acción colectiva, la pretensión formulada reúne todos los requisitos necesarios para ser considerada como tal”. Y subrayó: “La Superintendencia de Servicios de Salud no reclama en función de un derecho que le es propio, sino para tutelar los de los millones de afiliados a las empresas demandadas, que ‘…componen aproximadamente el 94,66% del padrón de usuarios del sistema de salud’. De esta manera, la acción es promovida por la actora como órgano de fiscalización de las entidades de medicina prepaga, en virtud de cuyo rol se encontraría obligada a accionar ‘…para la preservación irrestricta de los derechos de los usuarios’” que resultaron perjudicados.

Según la magistrada, “debe tenerse en cuenta también que los bienes que se encuentran involucrados en el litigio -y en virtud de los cuales se acciona- revisten un claro carácter colectivo”. Y añadió que en la demanda del Ejecutivo se hace referencia a que el accionar de las demandadas “…agravia constitucionalmente el derecho a la salud…” En función de ello, y en base a jurisprudencia de la Corte Suprema, la jueza sostuvo que la demanda impulsada por el gobierno es un actor más del proceso colectivo. Y recordó que ya existe una demanda colectiva que impulsaron afiliados a prepagas contra el DNU de Javier Milei: la causa “Wilson, Eduardo Santiago c/ Estado Nacional Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo” que busca que se declare “la inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del Decreto de Necesidad y Urgencia DNU 70/2023”. Aquella acción de amparo fue promovida por el ciudadano Eduardo Santiago Wilson, en su carácter de asociado directo de Swiss Medical S.A., que entendió que el Poder Ejecutivo Nacional ha excedido, en forma arbitraria y manifiestamente ilegítima, sus facultades previstas en el artículo 99, inciso 3), de la Constitución Nacional.


Enojo por la clasificación judicial

La decisión de la jueza Mercedes Maquieira, titular del Juzgado en lo Civil y Comercial Federal N° 9, de declararse incompetente en el amparo que presentó la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) contra 23 prepagas, generó la ira del gobierno. Como primera medida, dijeron que apelarán la decisión, pero la cosa no quedó ahí. Lo que hizo Maquieira, en un fallo firmado el martes por la noche, fue trasladar la causa al Juzgado 3 del mismo fuero, a cargo de Juan Rafael Stinco, con el argumento de que allí se tramita un amparo colectivo, denominado “Causa Wilson” por las cuotas de las prepagas. Fuentes del gobierno dijeron a Clarín que  la magistrada “no hizo mención alguna a la medida cautelar, pero entendió que ella era incompetente porque podía provocar sentencias contradictorias. O sea,  no se atrevió a decidir nada y terminó enviando la causa a otra causa en la que se pide algo totalmente distinto”. El enojo del gobierno es evidente. La decisión de la jueza demora todo el trámite judicial que tiene por objetivo que las prepagas devuelvan lo cobrado por encima de la inflación en los últimos meses.

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