Tomadores de créditos UVA reciben fallos contradictorios

Un abogado detalla cómo se acciona distinto, desde la teoría del esfuerzo compartido hasta los efectos de la inflación
domingo 24 de diciembre de 2023 | 12:00hs.
Tomadores de créditos UVA reciben fallos contradictorios
Tomadores de créditos UVA reciben fallos contradictorios

Grupo de tomadores de créditos hipotecarios ajustados por Unidades de Valor Adquisitivo (UVA), en la continuidad de sus reclamos judiciales continúan recibiendo fallos, algunos con notables diferencias o sumamente contradictorios entre los magistrados. Es lo que se observa sucede con los fallos de la jueza Carmen Helena Carbone a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 6 de Posadas contra el Banco Macro a partir de una demanda interpuesta por el doctor José Bernardo Díaz y, el juez Federal de Posadas, José Luis Casals contra el Banco Nación

Mientras la doctora Carbone no otorga el resguardo del artículo 14 bis de la Carta Magna, ni de los pactos internacionales que protegen la vivienda como derecho humano, como tampoco otorga la tutela establecida en la ley de defensa del consumidor, sí lo hace el juez Casals.

En tanto, el juez federal, aplica la teoría del esfuerzo compartido establecida por la Corte Suprema de Justicia y la Ley 27.541, la jueza de Posadas se niega a hacerlo.

Lo mismo sucede en cuanto a que el juez federal establece que existe un desequilibrio contractual entre las partes más débiles -tomadores de crédito- y los bancos, de manera objetiva, sin considerar la relación cuota-ingreso. En cambio, Carbone no considera que exista tal desequilibrio.

Impacto de la inflación

Similares diferencias de criterios se aplican en el momento de fallar sobre los efectos de la inflación, según apunta el doctor Díaz.

La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 6 de Posadas en su fallo deja planteado que los efectos nocivos de la inflación sólo los soportan los tomadores del crédito UVA y establece que debe afectarse el 35% de la relación cuota-ingreso. “Su propia medida cautelar innovativa establece el 25% de la relación cuota-ingreso. Palmaria contradicción”, sostiene el abogado Díaz.

Recordó que dos de los actores llegan a ese tope del 35% pero igual se les terminó rechazando la demanda. Es más, añade el profesional, “todos los demandantes llegaron varias veces a ese porcentaje del 35% cuota-ingreso, pero, solo toma la foto del último mes, desdeñando justamente que esa relación fluctúa. Si fuese el mes de diciembre superaría ampliamente ese porcentaje”.

Respecto a este mismo punto, el juez Federal de Posadas establece que los efectos nocivos de la inflación deben distribuirse equitativamente entre las partes y establece la nulidad del sistema UVA, de manera retroactiva a la época de celebración del contrato. A su vez, lo reemplaza por la fórmula casa propia.

Helena Carbone, por su lado, aplica el decreto de Alberto Fernández N° 767/2.02 que estuvo vigente hasta fines del 2022, “es decir, sin existencia jurídica en el derecho argentino”, recuerda el abogado Díaz.

El cambio de fórmula

El juez federal de Posadas, José Luis Casals -recuerda el abogado- en su fallo contra el Banco Nación, establece como cambio de fórmula utilizando el de Casa Propia, es decir la misma fórmula que se aplica en los créditos Procrear.

Por ello, se incorpora el coeficiente de variación salarial en un 90% y se toma el promedio de los últimos doce meses en lo que respecta a la variación salarial (CVS) -y no la variación de un único mes, con lo cual no hay subas desmedidas.

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