Iguazú: la justicia falló a favor de Crucero del Norte y el municipio permitirá que la empresa opere

El conflicto comenzó porque el municipio exigía que la empresa presente la documentación y solicite habilitación local para operar, sin embargo, al ser una línea internacional, el municipio no tiene jurisdicción ya que la empresa fue habilitada por la CNRT.
viernes 01 de septiembre de 2023 | 9:53hs.
Iguazú: la justicia falló a favor de Crucero del Norte y el municipio permitirá que la empresa opere
Iguazú: la justicia falló a favor de Crucero del Norte y el municipio permitirá que la empresa opere

Hace casi un mes, los inspectores de transito de la municipalidad de Puerto Iguazú comenzaron a retener las unidades de la empresa Crucero Del Norte, alegaban que la empresa no está autorizada por la comuna para llevar adelante el trabajo de traslado de pasajeros desde el centro de la ciudad hasta el Parque Nacional Iguazú.

Esto ocurrió durante varios días y en las ultimas semana obligaban a los turistas a descender y que continúen el traslado con otra empresa. Crucero del Norte recurrió a la justicia que finalmente falló
a su favor.

El fallo indica que el Juzgado Federal de Eldorado dio lugar a la medida solicitada por Crucero del Norte S.R.L., en consecuencia ordeno a la Municipalidad de Puerto Iguazu que se abstenga de ejercer actividades de controlados, fiscalización y sancionatoria en el término de la vigencia de la RESOL-2022-572-APN-MTR del Ministerio del Transporte de la Nación de fecha 29/8/2022 -2 años-, a las unidades de Crucero del Norte S.R.L que presten servicios de transporte público internacional de pasajeros, declarando la invalidez de las actas labradas, y disponiendo la restitución de las unidades secuestradas.

En caso de incumplimiento por parte del municipio se Dara intervención al Ministerio Publico Fiscal en orden al delito de desobediencia art. 239 CP, sin que sea óbice que la decisión no se encontrare firme. Asimismo, el Municipio deberá abonar los honorarios de los abogados el litigante deberá percibir 483.450 y el defensor recibirá S386.760. Cabe destacar que dichos valores no incluyen IVA.

El conflicto comenzó porque el municipio exigía que la empresa presente la documentación y solicite habilitación local para operar, sin embargo, al ser una línea internacional, el municipio no tiene jurisdicción ya que la empresa fue habilitada por la CNRT.

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