El gobierno nacional estableció desde hoy un límite para la compra de dólares

lunes 02 de septiembre de 2019 | 8:07hs.
El gobierno nacional estableció desde hoy un límite para la compra de dólares
El gobierno nacional estableció desde hoy un límite para la compra de dólares
En medio de un clima de incertidumbre financiera, y en vistas a un nuevo lunes complejo en los mercados mundiales, el gobierno nacional anunció ayer la restricción de la compra de dólares, la obligación de exportadores de liquidar divisas y la autorización del pago de impuestos con bonos. 

El cepo cambiario se determinó ayer, en sintonía con un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado en el Boletín Oficial con diversas decisiones económicas, pese a que, cuando asumió la presidencia, Mauricio Macri había condenado y criticado la medida de una forma contundente. 
“Levantamos el cepo y todas las restricciones cambiarias sin que ocurriese ninguna de las desgracias pronosticadas”, había publicado en redes el mandatario nacional en 2016. 

El tope de compra mensual es de 10.000 dólares para personas físicas y comenzará a regir desde hoy.
No habrá restricción para la extracción de la moneda estadounidense de las cuentas, pero la compra de divisas y las transferencias al exterior requerirán autorización del Banco Central hasta el 31 de diciembre inclusive, según lo que informaron fuentes del Ejecutivo nacional. 

En tanto, las personas jurídicas tampoco tendrán restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento, mientras que las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.
Además, según informaron fuentes oficiales, los exportadores tienen que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de cinco días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque.

Con estas medidas, el Central busca frenar la sangría de dólares y garantizar la liquidez de pequeños y medianos ahorristas.
Dispone, además, que los tenedores de los títulos de la deuda pública cuya fecha de vencimiento original se encuentre vencida podrán darlos en pago para la cancelación de las siguientes obligaciones de la seguridad social, vencidas y exigibles al 31 de julio de 2019.

El decreto
“Establécese que, hasta el 31 de diciembre de 2019, el contravalor de la exportación de bienes y servicios deberá ingresarse al país en divisas y/o negociarse en el mercado de cambios en las condiciones y plazos que establezca el Banco Central de la República Argentina”, estipula el primer capítulo del Decreto de Necesidad y Urgencia.

Conforme lo revisto en su Carta Orgánica, el Banco Central “establecerá los supuestos en los que el acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera y metales preciosos amonedados y las transferencias al exterior requerirán autorización previa, con base en pautas objetivas en función de las condiciones vigentes en el mercado cambiario y distinguiendo la situación de las personas humanas de la de las personas jurídicas”. 

Asimismo, habilita a establecer reglamentaciones que eviten prácticas y operaciones tendientes a eludir, a través de títulos públicos u otros instrumentos, lo dispuesto con la medida.
“Ante los recientes acontecimientos económico-financieros desencadenados, de público conocimiento, y la incertidumbre generada en el marco del proceso eleccionario en curso, es necesario adoptar medidas transitorias y urgentes para regular con mayor intensidad el régimen de cambios”, explica asimismo el documento.

En ese mismo contexto, el gobierno echó por tierra la posibilidad de un posible feriado bancario hoy y, por el contrario, habilitó la ampliación del horario de atención al público en las entidades financieras hasta las 17, por el período de un mes.
Se podrá pagar deudas con títulos públicos reperfilados

El gobierno nacional habilitó ayer la posibilidad de que los contribuyentes que tienen títulos de deuda pública nacional cuyo vencimiento fue reperfilado la semana 
pasada puedan utilizarlos para pagar los aportes y contribuciones a la seguridad social adeudadas hasta el 31 de julio último. 
Se trata de las Letes, Lecap, Lelink y Lecer mencionados en el artículo primero del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 596/2019, publicado ayer en el Boletín Oficial de la República Argentina. 

El mecanismo de pago será el siguiente: el contribuyente ordenará la transferencia desde la plataforma donde opera sus títulos a la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip). 
Posteriormente, la Caja de Valores informará los bonos electrónicos generados. 
Luego, la Afip procesará los bonos electrónicos recibidos. 
El contribuyente, por su parte, visualizará el crédito de estos bonos en la cuenta tributaria y los utilizará para pagar la deuda de aportes y contribuciones de seguridad social. 
Desde del 15 de este mes y hasta el 30 de noviembre de este año se podrán ordenar transferencias de bonos a la Administración Federal.