ANMAT prohibió la comercialización de varias golosinas de reconocida marca

viernes 27 de septiembre de 2019 | 11:40hs.
ANMAT prohibió la comercialización de varias golosinas de reconocida marca
ANMAT prohibió la comercialización de varias golosinas de reconocida marca
A través de la disposición 7894/2019 que fue publicada esta mañana de viernes en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Medica prohibió la comercialización en todo el país de ciertos lotes de los productos marcas de fantasía (Chocoblok, Chocbar,Smack, Genio, Mogy y Fulbito) pertenecientes a la marca Nevares.

La decisión surgió luego de que el Departamento de Inspección Sanitaria dependiente de la Dirección de Fiscalización y Control del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), visitó el establecimiento Compañía Americana de Alimentos S.A. ubicado en Tortuguitas, partido de Malvinas Argentinas, Buenos Aires, y tomara muestras de productos para ser evaluados por el Departamento de Control y Desarrollo de la ANMAT.

El organismo detectó el incumplimiento de varias “Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), y que las muestras analizadas no cumplían con las especificaciones
establecidas en el Articulo 155 tris, del Código Alimentario Argentino, donde se determina que “el contenido de ácidos grasos trans de producción industrial en los
alimentos no debe ser mayor al 2% del total de grasas en aceites vegetales y margarinas destinadas al consumo directo y 5% del total de grasas en el resto de los
alimentos.”

Los productos prohibidos a comercializar son : Budín sabor chocolate, relleno con dulce de leche y mousse sabor de chocolate cubierto con baño de repostería y chips de chocolate venta bajo el nombre de fantasía “Budín Delicias” marca Nevares, en su contenido presentaba alto contenido de grasas trans, ácido sórbico y el turrón de maní cubierto con oblea, baño de repostería, bajo nombre comercial de fantasía “Fantasía” también de la marca Nevares contenía ácido sórbico y acido benzoico como conservadores no permitidos para este tipo de productos.

Desde el Ministerio de Agroindustria de la provincia de Buenos Aires, informó luego de los resultados obtenidos de las muestras de tales productos que: “la empresa cumple con las condiciones sanitarias como Elaborador, Fraccionador, Expendedor, Distribuidor, deposito, de masas, budines, postres, galletitas, pan dulce y sus
aplicaciones de 2006 y 2013.”

Los productos citados anteriormente fueron prohibidos para comercializar dado a que presentaban “un contenido de ácidos grasos trans mayor al 5%, por estar puestos en circulación y no ajustarse a lo autorizado, siendo en consecuencia ilegal.”, explicaron desde la ANMAT.