Los desafíos de las convocatorias públicas
Ruaam: 40 niños aguardan por ser adoptados en Misiones
El Registro Único de Aspirantes a la Adopción de Misiones -conocido por su sigla Ruaam- es el organismo administrativo provincial que articula el proceso de adopción entre los juzgados de familia, los hogares convivenciales, los sistemas de acogimiento familiar y las personas o parejas que desean adoptar. No es un tribunal ni una institución de asistencia directa: es el nodo de coordinación entre todos esos actores, y su funcionamiento está regulado por requisitos estrictos que deben cumplirse sin excepción.
Actualmente, el Registro tiene activas 30 convocatorias públicas en la provincia, que involucran en total a 40 niños y adolescentes. Esa diferencia entre el número de publicaciones y el número de niños se explica porque muchas convocatorias incluyen grupos de hermanos: una sola publicación puede corresponder a dos, tres o hasta seis chicos.
Los datos del Ruaam para 2024 y 2025 ilustran la actividad del sistema y, también, sus límites. En cuanto a procesos de vinculación preadoptiva, se registraron 29 en 2024 y 35 en 2025. Las guardas preadoptivas otorgadas fueron 27 en 2024 y 47 en 2025, un incremento significativo.
Las sentencias de adoptabilidad firmes sumaron 31 en 2024 y 28 en 2025, mientras que las adopciones plenas dictadas fueron 23 y 31 respectivamente.
Las convocatorias públicas publicadas alcanzaron a 18 en 2024 y 20 en 2025.
Los fracasos o revocaciones de guarda preadoptiva -situaciones en que el vínculo no prospera- fueron tres en 2024 y uno en 2025, cifras bajas que el equipo atribuye al trabajo de preparación previa con los aspirantes.
Los adolescentes esperan más
El fenómeno más extendido y más doloroso del sistema adoptivo es la brecha entre lo que los aspirantes buscan y lo que el sistema tiene disponible. La gran mayoría de las familias inscriptas en el Ruaam manifiesta preferencia por chicos de primera infancia. Pero los niños que esperan en los hogares tienen, en muchos casos, 8, 10, 12 o más años.
“La mayor demanda es de primera infancia. Entonces, trabajamos constantemente con los postulantes sobre la importancia de flexibilizar ese proyecto adoptivo. No porque tengamos que obligarlos, sino porque hay que trabajar ese prejuicio: ¿por qué un niño de 2 años y no uno de 10? Los chicos que tienen 10 años no llevan toda la vida en el hogar. A veces están desde hace meses”, explicó María Lisa Sosa, directora del Registro.
El trabajo del equipo técnico del Registro incluye talleres mensuales, acompañamiento psicológico y entrevistas individuales orientadas a que los aspirantes amplíen su rango de edad. El objetivo no es forzar una decisión, sino abrir la posibilidad de manera genuina y reflexiva. En algunos casos, cuando un legajo inscripto llega hasta los 10 años, el equipo trabaja para ver si la familia aceptaría extender ese rango hasta los 11 o 12.
La voz de los propios niños también importa. A partir de los 10 años, la legislación establece que los niños deben manifestar expresamente si desean o no ser adoptados.
Esa voluntad se construye en el tiempo, con acompañamiento del equipo del juzgado, y puede ser compleja: hay niños que quieren ser adoptados, otros que prefieren quedarse en el hogar vinculados a una familia de referencia, y otros que tienen condiciones muy precisas sobre cómo quieren que sea esa familia.
“Hay niños que dicen ‘mamá y papá, si no es mamá y papá no quiero’. Otros dicen ‘una mamá sola que me deje tener un perro’. Otros dicen ‘me da igual, pueden ser dos mamás o dos papás’. Hay que escucharlos. Es fundamental trabajar su deseo”.
Cuando un niño cumple 18 años sin haber sido adoptado, egresa del sistema de protección. El Ruaam ya no interviene, pero los hogares y los juzgados pueden habilitar figuras de acompañamiento: familias referentes autorizadas por el juzgado que brindan contención, apoyo escolar, salidas y un vínculo afectivo aunque sin efecto legal de adopción.
Esa transición a la vida adulta sin familia permanente es una de las consecuencias más graves del largo tiempo que puede llevar resolver una situación de adoptabilidad. No es el escenario que el sistema busca, pero ocurre y visibilizarlo es parte del trabajo que el Ruaam, junto a otros organismos, intenta sostener en la agenda pública.
El proceso se inicia cuando un aspirante presenta su formulario de pre-inscripción. A partir de ahí, el registro evalúa que se cumplan todos los requisitos -documentación, antecedentes penales, informes de trabajo social, evaluaciones psicológicas, ingresos, conformación familiar- y, una vez aprobados, la persona o pareja queda formalmente inscripta en el listado de aspirantes de la provincia. Ese listado se ordena por antigüedad de inscripción, y la permanencia en él depende de una ratificación anual de la voluntad de adoptar.
“La inscripción dura un año y puede renovarse. Lo importante es que los postulantes ratifiquen su voluntad de mantenerse en el listado. Eso es lo que les garantiza mantener su antigüedad y su lugar en la lista de espera”,.
Por otro lado, el Ruaam trabaja en estrecha articulación con los juzgados de familia. Cuando un juez dicta una sentencia de adoptabilidad firme -es decir, una resolución que ya no puede ser apelada ni revertida-, lo comunica al registro para que éste busque, entre los perfiles inscriptos, qué familias se adecúan al caso. El registro entonces preselecciona legajos y los eleva al juzgado, que es quien toma la decisión final sobre qué familia comenzará el proceso de vinculación.
Acogimiento y adopción
Un punto que genera frecuente confusión es la diferencia entre el sistema de acogimiento familiar y la adopción. Según explica Sosa, ambos sistemas son excluyentes: una persona que forma parte de una familia de acogida -que cuida transitoriamente a un niño mientras se resuelve su situación jurídica- no puede al mismo tiempo ser aspirante a la adopción definitiva a través del Ruaam.
El acogimiento familiar es, por definición, temporal. El juez aparta al niño de su entorno de origen cuando detecta situaciones de vulneración, y lo deriva a un hogar o a una familia de acogida mientras evalúa si la familia biológica puede restaurarse o si algún familiar puede hacerse cargo. Sólo cuando esa evaluación concluye con una sentencia de adoptabilidad firme es que el Ruaam interviene para buscar una familia adoptante definitiva.
“Lo que se busca con la adopción es restituir el derecho de ese niño a tener una nueva familia, con todos los efectos legales de un hijo biológico. No es el derecho de nadie a ser padre, sino el derecho del niño a tener una familia”, sostuvo Sosa.
El proceso de vinculación
Una vez que el juzgado selecciona un legajo, comienza la etapa de vinculación. El juez determina cómo y cuándo iniciarse: puede ser presencial, durante un fin de semana, de manera gradual y progresiva. Los aspirantes tienen primero entrevistas con el equipo del hogar o de la familia de acogida, y luego los encuentros con el niño o grupo de hermanos se van profundizando.
La vinculación no tiene un plazo legal fijo. Cuando el juez lo considera adecuado, se pasa a la etapa de guarda preadoptiva -comúnmente de seis meses- y finalmente al juicio de adopción propiamente dicho, donde el juez dicta la sentencia de adopción plena.
“Siempre lo fundamental de esta primera etapa es que la vinculación sea gradual y progresiva. Esos primeros encuentros van fortaleciendo el conocimiento mutuo. Es un proceso en el que todos los organismos tienen que estar coordinados”, dijo.
Red federal
Cuando el Ruaam no encuentra, entre sus inscriptos provinciales, una familia adecuada para un caso determinado -por ejemplo, un grupo de cuatro o seis hermanos que el juez quiere mantener unidos-, activa la red federal de registros. A través de la Dirección Nacional, que centraliza la base de datos de aspirantes de todo el país, se solicita a los registros de otras provincias que identifiquen posibles candidatos.
Si tampoco esa búsqueda federal arroja resultados, se pasa a la última instancia: las convocatorias públicas. A diferencia de la búsqueda provincial o federal, estas convocatorias son abiertas: cualquier persona del país puede postularse, esté o no inscripta en un registro. Para quienes no lo están, el proceso incluye una evaluación primaria de idoneidad adoptiva realizada por el registro o juzgado de familia más cercano a su domicilio.
“La convocatoria pública es abierta. Una persona de Entre Ríos que se sienta llamada puede postularse aunque no esté inscripta en ningún registro. En ese caso, pedimos que el registro de su provincia haga una evaluación primaria de idoneidad y, si es apta, avanzamos con su legajo”.
Cómo inscribirse a una convocatoria
El Ruaam cuenta con un portal en línea accesible a través del sitio del Poder Judicial de Misiones. Quienes tengan residencia efectiva en la provincia pueden completar el formulario de pre-inscripción en la sección correspondiente. Para las convocatorias públicas, la página cuenta con una sección específica llamada ‘Se busca familia’, donde están publicadas las convocatorias activas. Cada una tiene un número de referencia (con el prefijo RF seguido de un número), que debe indicarse exactamente al momento de postularse.
Para consultas, el organismo cuenta también con una dirección de correo electrónico institucional: (ruaam@jusmisiones.gov.ar).
“Siempre invitamos a la gente a entrar a la página del Poder Judicial o buscar ‘Ruaam’ en internet. Está el formulario para residentes en Misiones y también la sección de convocatorias públicas. Si alguien se siente llamado por una convocatoria, que se anote. Nosotros nos comunicamos con todos”, señaló Sosa.
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