“Por más grave que sea el delito no pueden ser procesados”

jueves 28 de marzo de 2019 | 0:05hs.
“Por más grave que sea el delito no pueden ser procesados”
“Por más grave que sea el delito no pueden ser procesados”
Tras la liberación de la adolescente de 14 años detenida en el marco de la investigación del homicidio de su beba de once meses, medida que también alcanzó a un joven de la misma edad, la jueza Correccional y de Menores de Oberá, Adriana Zajaczkowski, subrayó que los menores de 16 años son inimputables y no pueden ser juzgados por ningún delito.
Incluso, según establece el régimen penal argentino, ni siquiera se les puede tomar declaración como imputados y el proceso se reduce a medidas de guarda y resguardo.
En tal sentido, tal como se informó en la edición de la víspera, tras permanecer once días privada de su libertad la madre de la víctima fue entregada a su progenitora; mientras que el menor implicado quedó al resguardo de una hermana, ya que su madre argumentó que no está en condiciones de hacerse cargo de él y habría antecedentes de abandono.
En ese contexto, el único que continúa detenido en el marco de la investigación del caso es Isaías B. (19), quien al momento del hecho era pareja de la menor y está imputado por “homicidio calificado por la participación de menores”, según resolvió la magistrada Alba Kunzmann de Gauchat, titular del Juzgado de Instrucción Uno de esta localidad.
Al respecto, Zajaczkowski explicó que “cuando existe un hecho cometido por mayores y menores debe intervenir el juez de Instrucción que corresponde por el mayor y, habiendo conexidad de imputaciones en relación a menores, es el juez de instrucción quien investiga la causa en lo que hace a lo procesal, al tiempo que da intervención al juez de Menores respecto a la situación tutelar de éstos. Es decir, si corresponde algún tipo de medida a fines de hacer un seguimiento en el caso que la causa vaya a juicio”.

Tutela provisoria
En diálogo con la prensa, la magistrada precisó que según el régimen vigente de minoridad, para la ley tanto la madre de la víctima como el hermano de su ex pareja no son punibles.
“No cumplieron 16 años, por lo tanto y por más grave que sea el delito no pueden ser sometidos a proceso. Esto es lo que se encuentra vigente en nuestro régimen penal nacional. En orden a esa situación, más allá que en el expediente penal que se instruye en el Juzgado de Instrucción Uno, tendrán que resolver la inimputabilidad de estos menores”, indicó.
Asimismo, mencionó que a los menores de 16 años ni siquiera se les puede recibir declaración de imputados, que es el acto de defensa que tiene toda persona que es acusada de la comisión de un delito.
Por ello, la actuación del juzgado de Menores se circunscribe a acciones que tienen que ver con lo tutelar: con quién y dónde vivirán los chicos.
“Dentro de las actuaciones tutelares de estos menores hemos recibido conocimiento personal, que es un acto en el cual manifiestan cuáles son sus recursos de vida, su ambiente, qué hacen, sus gustos. Todo para poder conocerlos”, agregó.
Además, ambos fueron evaluados por el gabinete interdisciplinario y las autoridades están reuniendo antecedentes, ya que por lo menos en lo que respecta a la menor, varias entidades intervinieron previamente por situaciones de vulnerabilidad.
“Estamos reuniendo toda la documentación y viendo qué medidas nos corresponde tomar dentro de las facultades tutelar. Por ahora y hasta que culminen las evaluaciones, los familiares tienen la tutela provisoria”, aclaró la magistrada.