El abogado Juan Manuel Thomas está en constante colaboración con rescatistas

“La reforma penal tiene que venir acompañada de capacidad operativa”

El letrado remarcó que una escala más alta, sin peritos, sin veterinarios forenses, sin protocolo de actuación policial, sin lugares de resguardo y sin fiscales no cambia nada
domingo 13 de septiembre de 2026 | 6:05hs.
Thomas se desempeñó como vicepresidente del Colegio de Abogados de Misiones.
Thomas se desempeñó como vicepresidente del Colegio de Abogados de Misiones.

En cada rincón de la Argentina, existen espacios en donde se tejen redes silenciosas y cada vez más aceitadas entre dos mundos que velan por los derechos de los animales: el de los rescatistas y el de los abogados. Quienes integran el primer grupo son los que ponen el cuerpo. Los que reciben el llamado de madrugada, los que se meten en un zanjón a rescatar a un perro malherido y los que pagan de su bolsillo la asistencia necesaria.

Del otro lado, y con un rol tan importante como el de los proteccionistas, están los letrados. Ellos son los que ponen la voz técnica para que ese rescate no termine en la nada. Los que transforman una foto desgarradora en una denuncia penal, o una historia de crueldad en jurisprudencia.

Pero para entender un poco más de cómo funcionada esa articulación entre estos dos polos, El Territorio entrevistó al abogado Juan Manuel Thomas, quien junto a sus colegas Federico Solé Masés y Mauricio Barruffaldi, están en constante colaboración con organizaciones protectoras y rescatistas de animales.

¿Deben actualizarse las penas máximas por maltrato y crueldad animal?

El problema no es solamente que la pena sea baja, sino que la escala vigente vuelve al proceso penal prácticamente inocuo.

La ley 14.346 es de 1954 y reprime con prisión de quince días a un año a quien maltrata o hace víctima de actos de crueldad a los animales. Ese tope de un año tiene una consecuencia técnica que no siempre se advierte: al tratarse de una pena inferior a tres años, de llegar raramente el proceso a una condena, ésta queda casi siempre en suspenso, el imputado transita el proceso en libertad y la acción prescribe en plazos muy breves.

Si bien la ley existe, opera más como una declaración simbólica que como una herramienta real.

Una actualización de la escala penal es necesaria, y no por afán punitivista. Elevar el máximo permite que en los casos más graves el juez pueda disponer medidas de coerción y habilita penas accesorias que hoy no existen o son débiles.

Dicho esto, sería deshonesto sostener que subir la pena resuelve el problema. Una escala más alta sin peritos veterinarios forenses, sin protocolo de actuación policial, sin lugares de resguardo y sin fiscales capacitados no cambia nada. La reforma penal tiene que venir acompañada de capacidad operativa. Si no, cambiamos el número del artículo y el expediente termina igual.

¿Qué cuestiones son más recurrentes en las consultas?

Las consultas se agrupan en cuatro grandes bloques. El primero, y el más masivo, es el abandono y la tenencia irresponsable: animales sin alimento, sin refugio ni sombra, atados de manera permanente, sin atención veterinaria. El segundo es el conflicto entre particulares: envenenamientos, agresiones al animal del vecino, disputas de consorcio o de barrio, y también la guarda del animal de compañía cuando una pareja se separa.

Este último caso creció bastante y es interesante jurídicamente, porque el Código Civil y Comercial todavía trata al animal como una cosa mueble y los jueces empezaron a resolverlo con criterios más parecidos a un régimen de cuidado personal que a una partición de bienes.

El tercero es la explotación: criaderos clandestinos, venta irregular, tracción a sangre, animales utilizados en espectáculos. Y el cuarto, muy propio de Misiones, es la fauna silvestre: tenencia de animales autóctonos como mascotas, caza furtiva y tráfico de especies. Ahí la protección animal se cruza con la normativa ambiental y de fauna, con intervención del Ministerio de Ecología, y es un terreno donde mucha gente desconoce que está cometiendo un delito.

¿Cuántas denuncias por maltrato animal hay por año?

En mi estudio recibimos aproximadamente cinco o seis consultas por mes, de clientes u organizaciones protectoras, pero sería irresponsable de mi parte darte una cifra provincial, porque esa cifra no existe de manera consolidada y pública. Y eso es parte del problema.

Hoy los datos están fragmentados. Una parte está en las comisarías, otra en el Ministerio Público Fiscal, otra en los municipios a través de las áreas de sanidad animal, y una porción importante ni siquiera llega a denunciarse, porque la gente asume que no va a pasar nada.

Sin registro no hay política pública posible, no se puede saber si el maltrato aumenta o baja, dónde se concentra, qué especies son las más afectadas ni qué ocurre con las causas que se inician. Crear un registro único de denuncias por maltrato animal, con datos abiertos, me parece una medida de bajísimo costo y altísimo impacto. Debería incluir además un registro de personas inhabilitadas para la tenencia.

¿Cómo es trabajar con organismos de protección animal?

Las organizaciones y los rescatistas independientes tienen algo que el abogado no tiene: llegan primero, conocen el territorio y sostienen materialmente al animal rescatado. Nosotros aportamos el encuadre jurídico para que ese esfuerzo no se pierda dentro del expediente.

Los requerimientos más comunes son bastante concretos. Primero, cómo documentar: una denuncia con fotos sin fecha y sin informe veterinario es muy difícil de sostener. Insistimos siempre en la constatación profesional del estado del animal o de sus lesiones, porque esa pericia es la prueba central de la causa.

Segundo, cómo actuar con urgencia: pedir el secuestro del animal y su guarda provisoria como medida cautelar, sin esperar el trámite ordinario.

Tercero, y muy frecuente, cómo retirar a un animal en riesgo sin quedar expuesto a una imputación por hurto o por violación de domicilio; el rescate tiene que hacerse con intervención de la autoridad y acta, nunca por vía de hecho.

Hay un problema que casi nunca se nombra: quién sostiene al animal secuestrado. Un caballo o una jauría rescatada implica alimento, veterinario y espacio durante meses de proceso. Hoy eso lo financia el bolsillo del rescatista.

¿Qué opina de la creación de un juzgado de protección animal?

El proyecto propone un juzgado de protección animal con competencia en toda la provincia, con una fiscalía especializada, un cuerpo técnico interdisciplinario integrado por veterinarios, biólogos y zootecnistas, y una red de hogares provisorios en convenio con organizaciones, con la posibilidad de dictar medidas cautelares en veinticuatro horas. Eso último es, para mí, el corazón de la propuesta: hoy entre la denuncia y la respuesta pasan semanas, y el animal las transita sufriendo.

Ahora bien, corresponde hacer una precisión. La legislación penal de fondo es competencia del Congreso de la Nación, conforme el artículo 75, inciso 12, de la Constitución Nacional. La Provincia no puede crear delitos ni modificar las penas de la ley 14.346. Lo que sí puede -y es muchísimo- es organizar su administración de justicia, crear fueros y fiscalías especializadas, dotarlas de peritos y ejercer su poder de policía en materia contravencional, sanitaria y ambiental.

Entendido en esos términos, el proyecto es perfectamente viable. Lo que no habría que hacer es prometer desde la Legislatura provincial penas más altas, porque esa expectativa después no se puede cumplir y genera frustración.

¿Cómo puede contribuir la sociedad?

Empezaría por señalar que existe una correlación consistente entre la violencia ejercida sobre animales y la violencia intrafamiliar e interpersonal. No es una relación mecánica ni todo el que maltrata a un animal va a agredir después a una persona, pero sí es un indicador que no deberíamos ignorar.

En muchos casos de violencia familiar, el animal es usado como instrumento de amenaza o de control sobre la víctima. Mirar el maltrato animal es, también, mirar más temprano un problema mayor.

A partir de ahí, lo primero que podemos hacer como sociedad es dejar de naturalizar. El perro atado toda su vida al sol, el caballo tirando un carro sobredimensionado, el loro en una jaula en el patio: eso está tan incorporado al paisaje que dejamos de verlo. La reflexión empieza cuando volvemos a verlo.

Lo segundo es denunciar, y denunciar bien. Mucha gente publica el caso en redes y no lo lleva a la comisaría o a la fiscalía. La indignación en redes no abre una causa; la denuncia sí. Y conviene hacerla con lo que se tenga: fotos con fecha, videos, ubicación y, en lo posible, una constatación veterinaria.

Y tercero, decisiones cotidianas: adoptar en lugar de comprar, castrar, no adquirir fauna silvestre -cada loro o mono que alguien compra sostiene una cadena de tráfico que mata muchos más animales de los que llegan vivos- y exigir que el comercio y los criaderos estén habilitados. 

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