Especialista en Derecho Animal

“Tenemos que convertir la indignación en una denuncia penal útil"

La abogada Vanessa Dáram contó cómo avanzar en una causa de maltrato animal. Invitó a involucrarse a la comunidad
domingo 13 de septiembre de 2026 | 6:05hs.
La abogada recomienda que haya mayor educación para el cuidado animal.
La abogada recomienda que haya mayor educación para el cuidado animal.

El maltrato animal dejó de ser únicamente una problemática vinculada al ámbito privado. Con el paso de los años, comenzó a ocupar un lugar cada vez más visible en la agenda judicial y social. Detrás de cada denuncia por crueldad, abandono o violencia contra un animal aparece una pregunta que todavía genera debate: ¿qué herramientas tiene la Justicia para intervenir estos hechos?

La legislación argentina contempla el maltrato hacia los animales como conductas que pueden ser penalmente sancionadas, pero la falta de conocimiento sobre los mecanismos de denuncia y las dificultades para reunir pruebas plantean interrogantes sobre el alcance efectivo de las normas y el compromiso de las instituciones encargadas de aplicarlas.

Para conocer cómo funciona este proceso y cuáles son los principales obstáculos que enfrentan las causas por maltrato animal, la abogada especializada en Derecho Animal, Vanessa Dáram -en diálogo con El Territorio- analizó el rol de la Justicia y la importancia de que estos hechos sean investigados y no queden relegados a un segundo plano. Desde su experiencia, explica qué responsabilidad tienen los organismos intervinientes y cuánto falta todavía para lograr una respuesta judicial acorde con la gravedad de estas situaciones.

¿Cuáles son las dificultades principales al denunciar un caso de maltrato?

La principal dificultad es el miedo. Hay que hacerle entender a la persona testigo de un delito de este tipo que debe involucrarse, que es de vital importancia su denuncia y su testimonio. Que no debe tener miedo a denunciar, que no va a estar sola, ya que las distintas organizaciones e instituciones la van a acompañar.

También está el tema de las pruebas. Muchas veces la persona ve una situación que considera maltrato, pero no hay registros fotográficos, videos, testigos o una constatación veterinaria que permita determinar el estado del animal.

A veces se denuncian casos que ocurrieron hace bastante tiempo y es muy difícil reconstruir lo sucedido. De ahí la importancia de denunciar rápidamente y aportar todos los elementos disponibles.

Lo que hay que dejar en claro es que el maltrato animal es un delito, no es simplemente una cuestión entre vecinos ni una contravención menor.           

¿Cuándo es maltrato animal, además de, por supuesto, la violencia física?

Bueno si nos ceñimos estrictamente a lo normado por la ley 14.346, en su artículo 2 tipifica los actos de maltrato como no alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o en cautiverio; los azotes para el trabajo mediante instrumentos que no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas; hacerlos “trabajar” de manera excesiva sin darles el descanso adecuado o no se hallen en estado físico adecuado; estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos; emplearlos en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.

Después tenemos el artículo 3 que tipifica los actos de crueldad.

Hay que recordar el contexto histórico en que sancionó esta ley y todos los intereses en contra a los que tuvo que enfrentarse. Lógicamente los lobbies de los sectores de la experimentación científica y agrícola-ganadero lograron que quedaran excluidas ciertas acciones vinculadas al desarrollo de sus actividades que constituyen no sólo actos de maltrato o crueldad hacia los animales, sino que configuran una flagrante violación de sus derechos fundamentales más elementales, que son la vida y en libertad. Entonces, todo aquello que vaya en contra de los estándares mínimos de cuidado y atención a sus necesidades específicas puede ser considerado maltrato.

¿La norma actual contempla sanciones lo suficientemente firmes contra los agresores?

La ley 14.346 es del año 1954 y establece una pena de quince días a un año de prisión. Es una ley que tuvo una enorme importancia porque reconoció tempranamente esas conductas como delitos, pero hoy claramente existe otra conciencia social respecto del Derecho Animal, por lo que, actualmente, las penas mencionadas son exiguas.

Deberían graduarse teniendo en cuenta la gravedad de la infracción, casos de reiteración, de manera tal que puedan ser de cumplimiento efectivo y además de buscar un contenido reparador y de concientización, sean realmente persuasivas.

¿Cómo se gestiona la recopilación de pruebas para que una denuncia avance?

Generalmente con la colaboración de personas o vecinos que se ocupan de tomar registros fotográficos o audiovisuales. Luego se recaban los aportes testimoniales de los posibles testigos. Dependiendo del caso, se acompaña informes técnicos de médicos veterinarios. Todo se hace a pulmón y los gastos son soportados por las organizaciones o con la colaboración de la sociedad.

La prueba es fundamental: fotografías, videos, registros de cámaras de seguridad, mensajes, publicaciones en redes sociales, identificación de testigos y especialmente, la intervención de un médico veterinario pueden ser determinantes.

¿Qué antecedentes en Misiones sientan un precedente clave para continuar mejorando en lo que es el derecho animal?

Más que individualizar apresuradamente un único fallo como el precedente de Misiones, creo que hay que mirar el proceso que se está produciendo.

Hoy tenemos causas penales que efectivamente avanzan por aplicación de la ley 14.346, una mayor sensibilidad social frente a estos hechos y también legislación provincial que empieza a generar herramientas específicas de protección.

¿Cuál es el papel fundamental de las organizaciones junto al trabajo judicial?

Las organizaciones muchas veces son las primeras que conocen el caso y, dependiendo del rol u objetivo principal que cada una tenga, se ocupan de brindar asistencia a los animales víctimas del delito denunciado, de gestionar traslados, consiguen atención veterinaria y brindan un lugar de tránsito, como es el caso de Afada, que se ocupa de tramitar y seguir las causas judiciales, de realizar aportes legislativos, participar en congresos, entre otras cosas.

El mejor resultado se obtiene cuando existe articulación entre Justicia, Policía, veterinarios y organizaciones protectoras.

¿Hay una verdadera respuesta de la comunidad para tomar conciencia y denunciar ante un maltrato animal?

En líneas generales sí. Hoy una situación de violencia contra un animal genera una reacción social inmediata y muchas veces son los propios vecinos quienes filman, denuncian o alertan a las autoridades.

Pero también tenemos que transformar la indignación en una denuncia útil para una investigación penal. No alcanza solamente con subir un video a las redes sociales. Es importante preservar ese video, identificar dónde ocurrió, cuándo ocurrió, quién sería la persona involucrada y efectuar la denuncia correspondiente.

 ¿Falta más educación de la comunidad para reducir la crueldad y abandono en los animales?

Hay que enseñar desde edades tempranas lo que implica incorporar un animal a una familia, cuáles son las responsabilidades de alimentación, atención veterinaria, espacio y cuidados y fundamentalmente, comprender que un animal no es un objeto que puedo abandonar cuando deja de resultarme conveniente.

La prevención probablemente sea una de las herramientas más importantes que tenemos.

Desde mi punto de vista, creo que no llegamos a un nivel de educación suficiente. Se avanzó, pero aún queda mucho por hacer.

 ¿Cómo evalúa el rol de la Policía frente a las intervenciones en maltrato animal?

La Policía cumple un rol fundamental porque muchas veces es el primer organismo estatal que llega al lugar. Una buena primera intervención puede definir después el resultado de la investigación, como constatar correctamente el lugar, identificar personas y testigos, preservar fotografías o videos, documentar las condiciones en las que se encuentra el animal y dar intervención inmediata cuando existe una situación urgente. De allí la importancia de continuar capacitando a las fuerzas de seguridad específicamente en maltrato y derecho animal.         

¿Qué modificaciones son primordiales para incorporar en la legislación penal para disminuir el maltrato animal?

La ley 14346 necesita una actualización integral ya que fue sancionada hace más de 70 años. Revisaría las escalas penales, particularmente para hechos de extrema crueldad, muerte del animal y reiteración; incorporaría de manera expresa la inhabilitación para ser cuidador de animales en determinados casos y establecería herramientas más claras para disponer judicialmente el rescate, tratamiento y destino definitivo del animal. 

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