Se recuerda a la comunidad que Posadas es territorio libre de artículos de pirotecnia de alto impacto sonoro

“Más luces, menos ruidos” se denomina la campaña que promueve el municipio local. También se pide a la sociedad local respetar las regulaciones actuales y tener consideración de las personas con autismo o hipersensibilidad auditiva
sábado 23 de diciembre de 2023 | 16:54hs.
Se recuerda a la comunidad que Posadas es territorio libre de artículos de pirotecnia de alto impacto sonoro
Se recuerda a la comunidad que Posadas es territorio libre de artículos de pirotecnia de alto impacto sonoro

Frente a las festividades de Navidad y Año Nuevo, el municipio de Posadas concientizó sobre el uso responsable de la pirotecnia, convocando a todos a participar en la campaña “Más luces, menos ruidos”. Se hace hincapié en la importancia de respetar las regulaciones actuales y considerar a las personas con autismo o hipersensibilidad auditiva.

Es esencial recordar la aplicación de la Ordenanza II N° 81, la cual declara a “Posadas Libre de Pirotecnia de Alto Impacto Sonoro”. En consecuencia, se prohíben los artefactos con efectos audibles que produzcan estruendos notorios, así como el encendido, manejo y suelta de globos aerostáticos, tanto en espacios públicos como privados, ya sean abiertos o cerrados.

La pirotecnia afecta especialmente a grupos específicos como personas con trastornos del espectro autista, discapacidades, personas mayores, bebés, animales y medio ambiente. Por ejemplo, aquellos con Trastornos del Espectro Autista (TEA) pueden ser sensibles a sonidos superiores a los 80 dB, lo que puede desencadenar desde molestias hasta crisis, ansiedad o autolesiones.

En consecuencia, se prohíbe en toda la ciudad el almacenamiento, posesión, exhibición, comercialización, manipulación, uso, distribución y expendio al público, mayoristas o minoristas, sin la autorización correspondiente y está prohibida la venta ambulante de artículos de pirotecnia con Efecto de Alto Impacto Sonoro, como así también los globos aerostáticos de pirotecnia. Asimismo, se incluye el Petardo, Fogueta, Batería, Mortero, Volcán, Cañas voladoras, Fuente y Tortas de Estruendo que excedan los 90db y 2 pulgadas, sin importar si son de venta permitida o fabricación autorizada.

¿Qué tipos de artefactos están permitidos?

Se establece que los dispositivos autorizados para la venta son aquellos que generan efectos lumínicos y fumígenos, sin producir impacto sonoro superior a los 90 dB. Aquellos de tipo aéreos, con carga de impulsión y un diámetro interno de tubo de dos pulgadas, están habilitados.

Algunas recomendaciones: 

– Se encuentra prohibido la venta en la vía pública y en lugares no autorizados, cualquiera sea su característica.

– Debe presentar la leyenda autorizada ANMaC. La inscripción del número de registro que corresponde y datos del fabricante o importador.  – Deben indicar claramente la adecuada forma del uso, efectos y medidas de seguridad.

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