Aporte Solidario

La Justicia rechazó otro pedido de cautelar

sábado 25 de septiembre de 2021 | 6:02hs.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó ayer dictar una medida cautelar contra el cobro del Aporte Solidarios y Extraordinario a las grandes fortunas establecido por la ley 27.605, sancionada por el Congreso Nacional en diciembre de 2020 en el marco de la pandemia de coronavirus.

Desde que se dispuso el pago del Aporte Solidario, también conocido como impuesto a la riqueza, distintas personas alcanzadas por el tributo alzaron las voces en contra de su pago, argumentando que implica un doble imposición y que además, las obligaba a “enajenar bienes” para hacer frente a su cumplimiento.

Tan pronto como se dispuso la aplicación del gravamen, trascendieron las cautelares interpuestas por varios jugadores famosos, como el caso del ex delantero de la selección argentina, de Boca y de River, Gabriel Omar Batistuta; de Carlos Tévez, y los ex jugadores Diego Placente y Christian Bassedas.

En esta ocasión, la Sala IV de la Cámara aclaró que la negativa no implica expedirse sobre la “cuestión de fondo” de la demanda promovida por N.F.I. (en resguardo de su identidad), que consiste en la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 27.605 y los decretos presidenciales y resoluciones generales afines.

La decisión, que lleva la firma de los camaristas Rogelio Vincenti, Marcelo Duffy y Jorge Morán, coincidió con la decisión en primera instancia, que denegó el dictado de la medida precautoria, argumentando que no se habría acreditado la existencia de un daño de imposible reparación.

En su presentación, el demandante afirmó que el cobro de los dos gravámenes “supera los límites razonables de imposición”.

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