Ley de etiquetado: el objetivo es contra la epidemia del sobrepeso

domingo 04 de julio de 2021 | 6:02hs.

El proyecto de ley de etiquetado frontal que advierte si un alimento o bebida sin alcohol tiene excesos de sodio, grasas, azúcares o calorías, figura en la agenda de temas para tratar la semana que se inicia mañana en la Cámara de Diputados de la Nación.

La iniciativa que cosechó tantas adhesiones como críticas , logró la media sanción en la Cámara de Senadores en octubre del año pasado, y es posible que se convierta en ley si logra primero el dictamen de las comisiones y el miércoles  la aprobación en el recinto.

Según un estudio de la Universidad Siglo 21, menos de la mitad de los argentinos lee la información nutricional de las etiquetas. Solamente 1 de cada 4 personas manifestaron tener un entendimiento pleno de lo expresado en las etiquetas.

El proyecto de ley no sólo apunta a brindar información para que los consumidores puedan saber con facilidad qué comen, sino también regula la publicidad e incluye la educación nutricional y la promoción de alimentación saludable en las escuelas.

El objetivo de fondo es contrarrestar la epidemia de sobrepeso y obesidad que afecta a la población. Según las estadísticas del Ministerio de Salud de la Nación siete de cada diez argentinos tienen sobrepeso y de ese universo el 25% son obesos.

La iniciativa, que consta de 24 artículos, plantea la obligación de etiquetar los alimentos con los octógonos y alcanza a toda la cadena, desde la fabricación hasta la comercialización e importación de alimentos y bebidas sin alcohol. Quedan exceptuados el azúcar común, aceites vegetales y frutos secos.

Las leyendas “exceso en azúcares”, “exceso en sodio”, “exceso en grasas saturadas”, “exceso en grasas totales” y “exceso en calorías” deberán estar en unos octógonos negros, con bordes y letras de color de blanco en mayúsculas, y no podrán ser inferior al 5% de la superficie de la cara frontal del envase.

La misma prevención se aplicará para los casos de valores superiores en cafeína y para alertar sobre el contenido de edulcorantes no recomendables para niños y adolescentes. En estos casos deben llevar las leyendas “contiene cafeína, evitar en niños/as” y “contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”, respectivamente.

Plantea que los productos dirigidos especialmente a las niñas, niños y adolescentes y que contengan al menos un octógono no pueden ser publicitados ni promocionados, no podrán resaltar declaraciones nutricionales complementarias que destaquen cualidades positivas y/o nutritivas “a fin de no promover la confusión respecto de los aportes nutricionales”.

 También prohíbe la inclusión de personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas y la promesa de entrega de obsequios, premios y regalos en sus productos, que inciten, promuevan o fomenten su consumo, compra o elección. 

 

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