En Ituzaingó, crean la Reserva Natural Silvestre Cambyretá

viernes 26 de julio de 2019 | 15:30hs.
En Ituzaingó, crean la Reserva Natural Silvestre Cambyretá
En Ituzaingó, crean la Reserva Natural Silvestre Cambyretá
Mediante el decreto 517/2019 publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional oficializó la creación de la reserva natural silvestre Cambyretá, situada en el departamento Ituzaingó, provincia de Corrientes. Así, la medida cuenta con la firma del presidente Mauricio Macri y del jefe de Gabinete, Marcos Peña.

En este sentido, la normativa aclara que la apoderada de la fundación Flora y Fauna Argentina, Teresita Iturralde, ofreció donar al Estado un inmueble denominado “Establecimiento Rancho Once”, ubicado en el departamento Ituzaingó, provincia de Corrientes, que se halla integrado por dos fracciones de campo, con superficies de 10.039 hectáreas y 1.555 hectáreas respectivamente.

Esta medida, se apoya en el artículo 1° del decreto 453/94, mediante el cual se creó la categoría de Reserva Natural Silvestre (R.N.S.) estableciendo que las mismas serán aquellas áreas que se encuentren en el dominio del Estado nacional, “de extensión considerable, que conserven inalterada o muy poco modificada la cualidad silvestre de su ambiente natural y cuya contribución a la conservación de la diversidad biológica sea particularmente significativa en virtud de contener representaciones válidas de uno o más ecosistemas, poblaciones animales o vegetales valiosas a dicho fin”.

De este modo, para el Gobierno, “las singulares características ambientales y paisajísticas del inmueble donado, conforme surge de los informes técnicos pertinentes, ameritan su afectación a la categoría de manejo de Reserva Natural Silvestre”. En este sentido, el inmueble resulta de suma importancia, ya que conecta los núcleos Cambyretá y San Nicolás del área protegida y entre las unidades de conservación nacional y provincial.

Según aclara la normativa, el control de esta reserva, su vigilancia y manejo ambiental será llevada adelante por la Administración de Parques Nacionales. De esta manera, tomaron la intervención de su competencia los Servicios Jurídicos de la Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable y de la Administración de Parques Nacionales. 

“La presente medida se enmarca en lo prescripto por el artículo 41 de la Constitución Nacional, el cual consagra el derecho de todos los habitantes a gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano, y dispone que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las necesidades de las generaciones futuras; como así también impone el deber de preservar dicho ambiente”, manifiesta el decreto.

Asimismo, la medida también se encuadra en el Convenio sobre la Diversidad Biológica, aprobado por la Ley 24.375 y en el documento “Estrategia Nacional sobre Diversidad Biológica”, adoptado por la Resolución 91/03 de la exsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, que postula como objetivo general fortalecer el Sistema de Áreas Protegidas en base a los esfuerzos de conservación del patrimonio natural de la Argentina a largo plazo.