Valeria Ocampo, abogada, sobre el proyecto de reforma del CPA

“Se necesita un sistema que oiga a la víctima, no más penas”

Advierten que la iniciativa carece de fundamentos jurídicos, es desproporcionada y podría desalentar denuncias que ya están marcadas por factores que revictimizan
domingo 26 de abril de 2026 | 6:05hs.
Organizaciones civiles advierten el retroceso en materia de derechos. Foto: archivo
Organizaciones civiles advierten el retroceso en materia de derechos. Foto: archivo

En medio del debate que busca instalar en la agenda pública el alcance de las denuncias por violencia de género, la abogada penalista Valeria Ocampo cuestionó el proyecto que propone endurecer las penas para las falsas denuncias. Desde su mirada, la iniciativa no sólo carece de fundamentos jurídicos sólidos, sino que además corre el eje de discusión y pone en riesgo el acceso a la justicia de las víctimas, en un contexto donde, remarcó, el propio sistema ya cuenta con herramientas suficientes para determinar cuándo un hecho es veraz y cuándo no.

“Cuando la perspectiva de género está bien aplicada, el sistema tiene todos los elementos para poder dilucidar la verdad de la mentira. Ya demasiados obstáculos tiene la víctima al momento de denunciar: revictimización, volver a recordar lo que dolió, desconfianza en el sistema, términos técnicos, someterse a un proceso largo, riguroso, para encima desconfiar de lo que se está diciendo… es un montón”, cuestionó.

Para la especialista con perspectiva de género, el proyecto no sólo no resolvería problemas estructurales, sino que podría profundizarlos. “Hoy lo que necesitamos es un sistema penal que escuche a la víctima, que aplique la perspectiva de género y que le dé garantías, no que endurezca las penas ni que sea más punitivo”, remarcó.

Al recibir a El Territorio en su estudio jurídico, desglosó el proyecto completo y observó varios vacíos legales e incongruencias. “No encontré argumentos jurídicos básicamente en todo el proyecto. Son seis hojas que pretenden modificar tres artículos del Código Penal: el de falsa denuncia, falso testimonio y calumnias e injurias. Quizás el más grave es este agravamiento punitivo en falsas denuncias”, juzgó.

Según detalló, uno de los principales problemas es la ausencia de datos que justifiquen la modificación. “No tienen datos como para decir ‘hay tantos porcentajes en la Argentina de falsas denuncias’. De hecho, los datos oficiales del Consejo de la Magistratura dicen que son ínfimas. Entonces, no hay un sustento serio”, indicó.

En esa línea, discutió el argumento del proyecto legislativo que apunta al impacto mediático de las denuncias. “Dicen que la difusión en medios y redes sociales genera un daño al supuesto agresor, como un ‘juicio paralelo’. Pero utilizar el derecho penal, que es la última ratio, para una cuestión sociológica como el uso de redes, es un error conceptual. Endurecer las penas no va a evitar que los medios publiquen ni que las redes reaccionen. Lo que se va a lograr es un Estado más punitivista, no una solución”, subrayó.

Actualmente, la falsa denuncia puede ser penada con hasta un año de prisión: el proyecto del oficialismo nacional pretende elevarlo hasta 6 años en contextos de violencia de género. Aspecto que, para Ocampo, tampoco tiene sustento jurídico: “No explican por qué la actual escala penal no sirve. No dicen que no sirve porque es muy baja, o algo. No fundamentan esa cuestión. Y lo grave es que se genera una desproporcionalidad, porque la pena tiene que guardar relación con el delito”.

Y amplió: “Acá se pretende que una ofensa a la administración de la justicia tenga una escala que ni siquiera se aplica en casos de lesiones físicas reales, generando una inequidad jurídica terrible”, advirtió.

Ocampo también rechazó el argumento que vincula el aumento de denuncias con beneficios económicos. “Se menciona el programa Acompañar, diciendo que pasaron de 5.000 a 30.000 denuncias y que muchas serían por ese rédito. Esto implica sospechar del relato de la víctima y genera violencia institucional, en contra de lo que establecen convenciones internacionales como la Convención de Belém do Pará de eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer”, señaló.

En ese sentido, alertó sobre posibles conflictos con normas internacionales. “Nosotros hemos ratificado tratados con jerarquía constitucional, y este proyecto lesiona la convención para la eliminación de la discriminación contra la mujer, así como la Convención de los Derechos del Niño. Incluso podría ser cuestionado a nivel internacional, porque en lugar de garantizar el acceso a la justicia, como exige Belém do Pará, impone una barrera más para quienes se animan a denunciar”, explicó.

No es negar las falsas denuncias

Consultada sobre los casos reales de falsas denuncias, la abogada aclaró: “No niego que existan falsas denuncias ni que los hombres sufran violencia de género. Pero hoy estamos en un contexto donde hay un femicidio cada 29 horas. El problema central es otro”. En esa línea, repasó que el proceso judicial no se desarrolla sin traspiés, dado que “no es que alguien denuncia y automáticamente condenan al acusado, hay todo un proceso de investigación que tiene la capacidad perfecta de dilucidar esa situación”, afirmó.

Detalló que “cuando se denuncia algo, se abre la etapa de instrucción, en que el Ministerio Público Fiscal ordena medidas de prueba: testigos, pericias psicológicas, análisis del contexto. Se busca un grado de certeza probable para avanzar. Y recién en el juicio se necesita certeza absoluta. Si hay duda, rige el principio de ‘in dubio pro reo’. No es un sistema automático ni superficial como se quiere hacer ver”, apuntó.

Para Ocampo, el eje debe estar en fortalecer ese proceso para reconocer, desde el principio, qué dimensiones confluyen en una causa penal por violencia de género, y no enfocarse en endurecer penas. “La perspectiva de género implica tener en cuenta la desigualdad de poder, la dificultad probatoria, los tiempos de la víctima. No es lo mismo decir ‘¿por qué no denunció antes?’ que entender por qué le costó hacerlo. Esas herramientas ya existen”, remarcó.

Diferencia con la denuncia fallida

Al ser consultada por las diferencias conceptuales, Ocampo separó que “la falsa denuncia es cuando vos denunciás un delito sabiendo que es falso, con intención o dolo”. Mientras que el falso testimonio “es mentir como testigo dentro de un proceso”.

La denuncia fallida “es cuando no se logra probar lo que se denuncia, por la dificultad probatoria, pero eso no significa que sea falso. El hecho pudo haber ocurrido igual”, aclaró.

En ese punto, alertó sobre el impacto que podría tener esta reforma en el proceso judicial.

“Si se agrava el falso testimonio en estos casos, ¿qué testigo va a querer declarar? Nadie va a querer involucrarse en un proceso por miedo. Entonces, otra vez, se termina silenciando y cercenando a la víctima”, lamentó.

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