Distintas áreas se mantienen en alerta

Análisis y disparidad respecto del impacto de la ley ómnibus en el ejercicio profesional

Los abogados rechazan las modificaciones en sucesiones y divorcios, mientras que los escribanos tienen una mirada más positiva. En el rubro de educación también hay disidencias
miércoles 03 de enero de 2024 | 4:30hs.
Análisis y disparidad respecto del impacto de la ley ómnibus en el ejercicio profesional
Análisis y disparidad respecto del impacto de la ley ómnibus en el ejercicio profesional

La ley ómnibus, enviada al Congreso el último miércoles antes de que termine el 2023, sigue generando repercusiones y preocupación en distintos sectores de la sociedad. Los cambios que se encuentran en el articulado de la iniciativa plantean modificaciones en la forma de trabajo y organización de diferentes profesiones. En tanto determinan transformaciones que –de aprobarse– impactarían en la forma de vida de la ciudadanía en general.

Abogados, escribanos, docentes universitarios, entre otros, analizan los diferentes artículos. Catalogan algunos como positivos, mientras que consideran que otros son perjudiciales para el ejercicio de las profesiones y oficios.

Sin embargo, hay un punto en el que confluyen las disidencias y es la incertidumbre que genera este nuevo paradigma. Con el nuevo año, se espera que los cambios comiencen a ser más vertiginosos y abruptos, por lo que desde los distintos rubros se preparan para un 2024 dinámico y acelerado, tanto en materia económica como social.

Abogados

El Colegio de Abogados de la provincia expresó el total rechazo al proyecto de ley ómnibus, principalmente a las propuestas de sucesiones notariales y divorcios administrativos. Es que el proyecto enviado al Congreso por el presidente Javier Milei propone que los matrimonios que decidan de común acuerdo disolver el vínculo sólo deban comunicarlo a las autoridades administrativas del Registro Civil, siendo así a un trámite meramente administrativo. Además, en el caso de las sucesiones, determina que los sucesores y el cónyuge del causante puedan optar por hacer la sucesión ante un juez como es hasta ahora o ante escribano público en los casos en que no exista controversia.

“El traspaso de competencias reservadas al Poder Judicial –único órgano del Estado capaz de dotar a sus decisiones de carácter definitivo y con efecto de cosa juzgada– afectará no sólo al debido proceso, que garantiza que las decisiones voluntarias de las partes involucradas sea ajustada a derecho, sino que además atentará a la seguridad jurídica de los terceros ajenos a los mismos”, explica el comunicado que dieron a conocer los letrados.

Asimismo, argumentan en que la Constitución Argentina, desde su sanción en 1853, requiere que las decisiones sean tomadas en el marco del debido proceso constitucional (artículo 18), para que así pueda ser definitiva y revestir carácter de cosa juzgada irrecurrible. Para ello, se exige intervención del Poder Judicial, con asesoramiento letrado y oportunidad del ejercicio de defensa.

“Las decisiones tomadas en el marco de las sucesiones notariales y divorcios administrativos no contarán con carácter definitivo ni efecto de cosa juzgada, lo que redundará en mayor inseguridad jurídica; ya que los adquirientes de derechos derivados de la misma, no contarán con una decisión final e irrecurrible que sólo el Poder Judicial lo puede garantizar”, explicaron desde el Colegio de Abogados, presidido por Antonio López Forastier.

En tanto, afirmaron que “la exigencia del trámite judicial de los procesos judiciales voluntarios no está prevista para garantizar la existencia de la actividad de los abogados, sino que tiene su origen en las garantías constitucionales que exigen que toda decisión judicial que tenga consecuencias posteriores sobre bienes, estados de familia o intereses de terceros, garantice su carácter definitivo”.

En resumen, desde el Colegio de Abogados insistieron en que no se trata solamente de la defensa de la intervención o no de los abogados y de la afectación de sus incumbencias profesionales, “sino de la defensa de la Constitución Nacional y de los valores republicanos consagrados en la misma”.

Por ello, la colegiatura de Misiones se declaró en estado de análisis permanente con el fin de buscar comunicación con los legisladores misioneros y solicitar el apego a la Constitución Nacional. “Las soluciones propuestas, lejos de solucionar la problemática, traerán mayor incertidumbre y judicialización”, sostuvieron.

Escribanos

Por el contrario, desde la colegiatura de Escribanos consideraron que hay varios aspectos positivos y otros a modificar en el tratamiento legislativo de la ley ómnibus. Al respecto, el integrante de la comisión directiva y expresidente del Colegio de Escribanos, Juan Sarquis, en diálogo con el programa Acá te lo contamos por Radioactiva  100.7, analizó que “hay aspectos interesantes que trae aparejada esta normativa, uno de ellos es el tema de las sucesiones”.

“Esto se venía trabajando hace bastante tiempo en sede notarial como una consecuencia de la desjudicialización a los efectos de la gran cantidad de expedientes judiciales en la esfera de los juzgados. Habría que ver en su tratamiento si esto resulta, siempre con el asesoramiento de letrados, para acarrear una mayor agilidad en este tipo de trámites”, dijo.

Si bien el Colegio de Abogados de Misiones se pronunció en contra del DNU por considerar que se contrapone a la seguridad jurídica de los ciudadanos, el escribano señaló que “la mayoría de los países latinoamericanos ya tienen procesos no contenciosos, es decir, aquellos en los que las personas son mayores de edad y tienen un sistema unánime fuera de la etapa judicial. Hay determinados parámetros en los que junto a los abogados participantes se llevan adelante estos procesos de forma exitosa”.

“Lo mismo el tema de los divorcios. Sería por sede administrativa, mediante el oficial público del Registro Civil de los últimos domicilios de los contrayentes, quienes podrían generar esta liquidación de la sociedad conyugal con los mismos efectos que el divorcio vincular. Así como expresaron su voluntad para contraer matrimonio, van a expresar su voluntad para eximirse. También podría haber sido a través de un acto notarial, con abogados presentes, porque hay varias formas de disolver el contrato conyugal”, explicó.

Teniendo en cuenta que algunos puntos de la ley ómnibus implican un choque entre instituciones, consideró que “algunos aspectos son positivos y otros habrá que trabajarlos a los efectos de su modificación en el Congreso”.

“En nuestro caso particular, rige una prohibición importante para que se celebren contratos entre cónyuges y esta modificación traería una libertad para contratar entre sí, inclusive aunque estuvieran casados dentro del régimen de comunidad. La ley da una apertura a la voluntad de las partes”, puntualizó.

Además, destacó que “el Consejo Federal Notariado Argentino está trabajando con la Cadena Nacional de Notariados para que los civilistas puedan hacer un comentario de esta ley y acercar a los legisladores todo este contenido teórico con el propósito que ayude a realizar las modificaciones necesarias”.

“Se colabora a nivel nacional tanto desde la organización política como desde la parte académica para tener doctrina”, aseguró. 


A nivel nacional

La Federación Argentina de Colegios de Abogados (Faca) que preside José Luis Lassalle, expresó su total rechazo a los artículos 352 (referido a los divorcios administrativos) y el Anexo IV titulado “Ley de Procesos Sucesorios no Contenciosos” que implica el traspaso de los procesos sucesorios y divorcios de la órbita judicial a sede administrativa.

“La pretendida desregulación atenta contra la seguridad jurídica y el interés de la ciudadanía, que no es otro que actuar en base a la certeza y legitimación de sus derechos reconocidos por los jueces y juezas únicos investidos de facultades jurisdiccionales, con pretexto de abaratar costos lo que constituye una verdadera falacia”, agregó la federación en un comunicado.

De igual modo “advertimos que la sustracción de materia proyectada que es propia de la abogacía, significa una franca violación de normas constitucionales y convencionales en materia de derechos humanos”, agregó.

La crisis previsional y las nuevas medidas nacionales

Opiniones diversas en el sector universitario

¿Que opinión tenés sobre esta nota?