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Estudian un plan B para realizar las elecciones

Para Procuración, candidatura de Uñac es inconstitucional

Eduardo Casal explicó que el gobernador de San Juan ya cumplió dos períodos al frente del ejecutivo. Desde el PJ de esa provincia esperan un fallo similar de la Corte
miércoles 31 de mayo de 2023 | 6:02hs.
Para Procuración, candidatura de Uñac es inconstitucional
Para Procuración, candidatura de Uñac es inconstitucional

En un dictamen no vinculante -pero que marca un posible fallo en la misma línea-, la Procuración General de la Nación sugirió a los jueces de la Corte Suprema que la candidatura de Sergio Uñac para una re-reelección sería inconstitucional.

Ahora, en el oficialismo provincial, que aguarda el fallo final para mañana, se aceleran las reuniones para definir un potencial plan B (decidir un reemplazante) y volver a poner en marcha el cronograma electoral luego de que los jueces suspendieran la contienda prevista para el 14 de mayo.

Si bien en un dictamen previo de Laura Monti la procuración había convenido que el caso (tanto el de San Juan como el análogo de Tucumán por la postulación de Juan Manzur) no era competencia del máximo tribunal, el nuevo escrito firmado por Eduardo Casal, procurador general, se centra en la cuestión de fondo y admite los argumentos de Sergio Vallejos, candidato de uno de los sublemas de “Unidos por San Juan” (exJuntos por el Cambio). Es decir, avala la interpretación de la oposición sobre el artículo 175 de la Constitución sanjuanina para inferir que el periodo 2011-2015, cuando Uñac fue vice de José Luis Gioja, es uno de los tres consecutivos permitidos.

Para el PJ, y así lo esgrimió en su defensa ante la Corte, son tres períodos en cada cargo o función, y por ende el gobernador está transitando su segundo periodo y no el tercero.

El controversial artículo 175, reformado en 2011 por Gioja para acceder a su “re-re”, dice: “El gobernador y el vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”.

“Bajo el prisma de estas asentadas pautas hermenéuticas, es claro para mí que el empleo de los términos ‘El gobernador y el vicegobernador’ seguidos de la expresión ‘pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces’ indica, sin hesitación, que la norma limita, de manera indistinta para ambos cargos, la reelección consecutiva hasta dos oportunidades”, menciona el texto que Casal elevó a los jueces supremos.

“En efecto, pienso que no puede aceptarse que el límite a la reelección consecutiva ‘hasta dos veces’ que fija la norma bajo estudio opere de manera independiente para cada uno de los cargos de gobernador o vicegobernador, de forma tal que admita la permanencia en tales funciones de manera sucesiva, consecutiva e ininterrumpida, sin límite alguno de tiempo, con la sola exigencia de la alternancia en su ejercicio”, sugiere, y agrega que esa interpretación es una forma de “desalentar la posibilidad de perpetuación en el poder”.

Para finalizar, en la última página, la número 22, Casal concluye: “En mi opinión queda sellada la suerte adversa de la postulación del señor Uñac, quien fue elegido como vicegobernador y luego -en las dos contiendas electorales inmediatas siguientes- como gobernador, frente a lo cual su nueva postulación se sitúa fuera de la limitación establecida en el artículo 175 de la Constitución de San Juan”.


Las definiciones que se esperan de la Corte

Los magistrados del máximo tribunal se reunirán mañana y tienen pendiente la toma de decisiones sobre la candidatura de Sergio Uñac

en San Juan, la fecha de los comicios en Tucumán y la reelección indefinida en Formosa. Un legislador opositor presentó un pedido de cautelar objetando la reelección de intendentes en  Buenos Aires. El texto pide una medida cautelar que, de hecho, suspendería las elecciones primarias.

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