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Un cambio federal que no contempla excepciones

lunes 24 de octubre de 2022 | 6:04hs.

El 1 de noviembre vence el plazo para la comercialización de medias reses. La medida busca promover condiciones de trabajo saludables para los trabajadores de la industria de la carne que se encargan de su descarga. Se trabaja en conjunto con el Senasa para el control y cumplimiento de la normativa.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, a través de la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario (DNCCA), informa que el 1 de noviembre los despachos de carne de todos los establecimientos faenadores del país destinadas a comercio minorista, deberán hacerse en unidades resultantes del fraccionamiento de las medias reses en trozos, cuyos pesos individuales no superen los 32 kilogramos.

El cumplimiento de la normativa, dictada por las carteras de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; de Desarrollo Productivo y de Agricultura, Ganadería y Pesca (Sagpya), mediante la resolución conjunta 4/2021, es de carácter obligatorio para todos los establecimientos faenadores de tránsito federal, provincial y municipal ubicados dentro del territorio nacional, sin excepciones.

En virtud de los planes presentados y las inspecciones realizadas por la DNCCA, se destaca el importante número de establecimientos identificados que ya se encuentran comercializando sus productos (medias reses en trozos) de conformidad con la normativa vigente indicada en el párrafo precedente.

Por otra parte, se informa que solamente podrán trasladarse medias reses de establecimientos faenadores a plantas habilitadas oficialmente como despostadero, fábrica de chacinados, fábrica de carnes y productos conservados y/o depósitos frigoríficos prestadores de frío.

Todos estos establecimientos deben estar inscriptos en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (Ruca) y contar con la habilitación sanitaria-comercial correspondiente.

Control a plantas y transportes

Se advirtió que se realizarán inspecciones a plantas y depósitos, así como controles en los transportes y durante las descargas de carne, para verificar el correcto troceado y transporte junto con la identificación de cada uno de los trozos producto del fraccionamiento de la media res, en cumplimiento con la Resolución Sagpya 400/2001.

Por último, se subraya que tanto las normas sobre troceado de medias reses destinadas al comercio minorista como los programas de fiscalización diseñados para verificar su cumplimiento, tienen como objetivo promover condiciones de trabajo saludables para los trabajadores de la industria de la carne que se encargan de su descarga.

En este sentido, el Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en 2003, reconoció los trastornos de salud relacionados con el trabajo y aprobó (mediante Resolución 295/03) especificaciones técnicas sobre ergonomía y levantamiento manual de cargas.

Posteriormente se dictaron normas específicas para la industria de la carne en 2020, cuya implementación no ha avanzado en la medida deseada, por lo cual la cartera agropecuaria nacional participó reforzando las acciones mediante la mencionada Resolución Conjunta 4/2021 y la Resolución Conjunta 10/2021.


En cifras

32

kilos es el límite de las piezas que tendrán que salir desde los frigoríficos. Hasta el momento una media res representa pesos de entre 80 a 120 kilos

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