El debate oral fue realizado en Corrientes

Fundamentos de la absolución de ocho acusados de trata laboral

Los implicados eran cinco misioneros y tres entrerrianos. La causa se inició en 2011 en Paso de los Libres y para el tribunal hubo inexistencia de delito
jueves 08 de julio de 2021 | 6:03hs.

“El Tribunal ha arribado a la convicción de que los hechos que dieran lugar a las presentes actuaciones no pueden subsumirse en ninguna de las figuras penales imputadas y los elementos probatorios producidos e incorporados desvirtúan los fundamentos alegados al momento de efectuarse la acusación por el Ministerio Público Fiscal”.

El textual se corresponde a uno de los enunciados finales consignados en los fundamentos de la sentencia recientemente dictada por el Tribunal Federal de Corrientes, en el marco de una causa por explotación laboral que se inició en 2011 en Paso de los Libres y que tenía ocho imputados en total.

Los implicados, cinco misioneros y tres entrerrianos, habían sido acusados en aquel entonces por delitos vinculados a la explotación laboral y reducción a la servidumbre, cometidos en perjuicio de unos 40 trabajadores forestales de la tierra colorada que operaban dos campos dedicados al cultivo de eucaliptos.

El caso comenzó a investigarse el 8 de febrero de 2011, cuando una denuncia de parte de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (Uatre) de Paso de los Libres advirtió que en una de las fincas involucradas habría trabajadores no registrados.

Eso derivó entonces en una serie de procedimientos efectuados por el personal de la DGI-Afip, donde encontraron cerca de 40 trabajadores realizando tareas en condiciones que, en ese momento, fueron calificadas como “infrahumanas”.

Después de eso, la causa quedó en manos del Juzgado Federal de Paso de los Libres y en 2017 la fiscalía interviniente presentó el requerimiento de elevación a juicio oral y público del expediente, el cual primero iba a realizarse en mayo del año pasado, pero la pandemia obligó a postergarlo hasta 2021.

Juicio y absolución

A mediados de mayo último, finalmente llegó el momento del proceso oral, en el cual los magistrados Víctor Antonio Alonso, Lucrecia Rojas de Badaró y Fermín Amado Ceroleni resolvieron dictar la absolución de culpa y cargo para la totalidad de los imputados.

Durante la etapa de alegatos, la fiscalía había solicitado la absolución de tres imputados al considerar que no se había logrado probar la participación de ellos en los hechos investigados pero, en contrapartida, pidió penas de entre seis y cuatro años de prisión para los restantes implicados por delitos configurados como trata de personas con fines de explotación laboral.

Sin embargo, después de oír los alegatos de las partes y de analizar el material probatorio ventilado durante todo proceso de debate, el tribunal consideró que los elementos recolectados desvirtuaban por completo la acusación y se explayó sobre cada uno de los factores puestos en discusión.

“Como corolario del análisis del marco fáctico, se ha acreditado la existencia de dos campamentos. El campamento en la estancia Los Palmares se hallaba con condiciones de habitabilidad normales; tenían alimentos, agua potable, cocina con mesa y asientos de colectivo, baño, y su lugar de alojamiento era adecuado con camas y colchones. No se pudo observar irregularidades conforme lo descrito”, se consigna en los fundamentos del fallo recientemente publicado en el Centro de Información Judicial (CIJ).

En el mismo documento los magistrados además concluyeron que los trabajadores percibían salarios acorde a lo convenido en esa época para la actividad que realizaban y respecto a la posible trata de personas esgrimieron que “los trabajadores todos mayores de edad, prestaron consentimiento y estaban libremente desarrollando sus tareas. No se acreditaron restricciones a la libertad, y respecto al aprovechamiento de la vulnerabilidad tampoco fue revelado, conforme los parámetros delineados”.

Para arribar a estas conclusiones, los magistrados indicaron que tuvieron en cuenta tanto los testimonios de los testigos recibidos durante el debate, como así también el análisis de fotografías y videos que habían sido tomados durante el procedimiento que dio inicio a la causa.

De esta forma, tanto los misioneros identificados como Rolando D., Nilda M., Fabián K., Mónica N. y José H., como los hermanos entrerrianos Gustavo, Enrique y Diego P., fueron absueltos de culpa y cargo.

El primero de ellos era presidente de la Cooperativa Tierra Colorada Ltda y en el debate fue defendido por el letrado Walter Kunz, quien en la víspera dialogó con El Territorio respecto al proceso y al fallo final.

“Inexistencia de delito”

“Lo más destacable del asunto es que en los fundamentos de la sentencia se concluye que no nunca hubo delito, que hubo inexistencia de delito y que las pruebas que conducen a esa conclusión en realidad estaban en el expediente desde el primer día. Las acusaciones fueron tremendas. Quien se viera acusado de esto parecería el peor criminal, pero era gente inocente acusada de algo terrible como es el tema de la reducción a la servidumbre, que es lo mismo que hacer trabajar a gente en forma análoga a la esclavitud”, comenzó Kunz.

Y continuó: “De los relevamientos que se habían hecho quedaba claro que los valores que se pagaban estaban en línea con lo que se pagaban en ese momento por convenio. Sí había problemas de registración laboral, pero eso no significa que uno sea un esclavista. En la acusación también hicieron mucho énfasis en las condiciones de trabajo, diciendo que dormían hacinados, en condiciones deplorables, que no tenían agua, ni luz, pero después cuando se ven las fotos aparecen un frezzer, un televisor prendido, lo que significa que había luz eléctrica. Aparecen ventiladores. Aparece también un tanque de agua de 5.000 litros elevado. Aparecen tantas imágenes que desde el mismo momento que quienes hicieron la denuncia pudieron ver que todo eso existía”.

De igual forma, Kunz aseveró que “la prueba más contundente es que ni siquiera los de la Afip ni los de la Policía que estuvieron en el lugar, se tomaron en serio que esta gente estuviera esclavizada porque estos trabajadores siguieron trabajando tres meses más en el mismo lugar. Es decir, ellos hicieron el procedimiento, volvieron a Paso de los Libres e hicieron la denuncia, pero a la gente la dejaron ahí, cuando lo primero que se hace en estos casos es el rescate de las personas”.

En esa línea, además de la absolución de todos los implicados, para el letrado defensor también fue destacable que en la sentencia se ordenó remitir todas las actuaciones al Juzgado Federal competente para que se instruya una causa por posible delito de falso testimonio de parte de una trabajadora de la Afip que hizo la denuncia del caso.

Por último, indicó que “mi defendido y calculo que otros más probablemente nos constituiremos como querellantes en esto porque el daño que se ha producido es terrible. Acá fue llevado gente a los estrados judiciales que directamente ni siquiera tenían relación, ni conocimiento, ni documentación firmada vinculada a los hechos y sin embargo llegaron a juicio, con restricciones de salir del país y muchas más. No es algo que esté plenamente decidido, pero es una posibilidad. Estamos en tiempo. Puede ser que sea no solamente penal, sino también por daños y perjuicios contra los responsables de este proceso, que no es el tribunal, sino los anteriores”.

En cifras
8
Los imputados en total, de los cuales cinco eran misioneros, la mayoría vinculados a la Cooperativa Tierra Colorada Ltda.

10
Los acusados estuvieron una década sometidos a proceso. La causa se inició el 8 de febrero de 2011 y recién este año se llegó a instancia de debate oral.

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