La banda que perpetró la Megaestafa se alzó con seis millones de pesos

La extracción ilegal de fondos judiciales con órdenes del juzgado Civil y Comercial Uno entró en la historia criminal de Misiones como una de las defraudaciones más importantes registradas en la provincia.
sábado 30 de abril de 2005 | 0:00hs.
La extracción ilegal de fondos judiciales con órdenes del juzgado Civil y Comercial Uno entró en la historia criminal de Misiones como una de las defraudaciones más importantes registradas en la provincia. La perspectiva que da el paso de los años permitirá comprender a la sociedad local la magnitud del desfalco. Esta semana, fuentes judiciales consultadas por El Territorio hicieron, por primera vez desde que estalló el escándalo, un cálculo sobre la cantidad de dinero birlado por la organización que llevó adelante la maniobra. Estimaron que lo sustraído alcanzó, aproximadamente, los seis millones de pesos, de los cuales gran parte se esfumaron cuanto la paridad cambiaria con el dólar era 1 a 1.
La investigación que llevó adelante el juez de Instrucción Penal Dos, José Luis Rey, fue encaminada a determinar cómo y quiénes habían tomado la plata de manera indebida, pero no tenía como objetivo seguir la ruta de los billetes. ¿Dónde fue a parar lo extraído de las cuentas del banco Macro? Nadie lo sabe con certeza. Rumores hay muchos. Se habla de depósitos en paraísos fiscales. También de inversiones inmobiliarias en la provincia y fuera de ella.
El voluminoso expediente por la causa llamada la “Megaestafa” todavía está en el juzgado de primera instancia. El magistrado que la instruye sólo aguarda que el Tribunal Penal se expida sobre el procesamiento dictado al último de los imputados localizado, Cayetano “Nani” Castelli. El cuerpo que resolverá la apelación que trabó el defensor del acusado está compuesto por integrantes del TP Uno y del Dos. Se cree que la Cámara confirmaría lo dispuesto por Rey.
Una vez que se conozca la resolución, lo actuado será girado a la Fiscalía, a la que le corresponde la redacción del auto de elevación a juicio. De ahí en más, unos pocos trámites burocráticos faltarán para que la historia de la defraudación llegue al cuerpo de jueces de sentencia que deberá establecer si el grupo de acusados que tiene el caso es el que se alzó con los seis millones.
Un abogado del foro local, desde el anonimato, confió que la banda que sacaba los fondos de manera ilegal lo tentó para sumarse a sus filas. “Muchas personas sabían lo que estaba pasando. También son varias las que, como yo, rechazaron el ofrecimiento de sumarse a la ‘joda’”, reconoció el letrado.
“La operatoria comenzó en 2001 y se extendió hasta septiembre de 2003. Haciendo un promedio, podría decirse que en ese lapso se libró una orden de pago ilícita y media por día hábil”, explicaron las fuentes, que no dejaron de sorprenderse de cómo los estafadores no fueron descubiertos antes.
Rey y sus colaboradores establecieron que hubo 800 maniobras defraudatorias. Y que todas las órdenes utilizadas para el retiro de dinero de las cuentas bancarias abiertas por la Justicia eran auténticas. Llevaban el sello y la firma originales de la ex jueza Civil y Comercial Uno, Graciela Brígida Candelaria Salvado de Sotelo.
La destituida magistrada y otra de las imputadas, Nora Graciela Castelli, su ex jefa de despacho, están internadas en una clínica de tratamientos psiquiátricos de la capital provincial, supuestamente afectadas por cuadros de estrés generados tras su imputación en la causa. Una vez al mes, el juez que las investiga recibe informes acerca del estado de ambas.
Otra detenida es la abogada Paula Andrea Espinosa, cuya extensa confesión le sirvió al magistrado para entender el funcionamiento de la maquinaria del fraude. El también letrado Abdón Guillermo Fernández, ex empleado del banco y supuesto contacto de la banda en la entidad, también aguarda la hora del juicio tras las rejas. Se encuentra alojado en la Unidad Penal Uno de Loreto. Nani Castelli está recluido en la comisaría seccional XII del barrio El Laurel.
Los demás imputados, la secretaria de Salvado de Sotelo, Miriam Saidman, el ex empleado del JCC 1, Alan López, el contador Eduardo Mártires Solís, el empresario Roberto Manuel Motta y los abogados José Alberto Tuvi y Alejandro Jabornicki, Andrea Elizabeth Espinosa (hermana de Paula) y Jorge Gustavo Piriz están en libertad, pero con el procesamiento firme.
Las fuentes explicaron que nunca se realizó un recuento oficial de cuál fue el monto extraído de los fondos judiciales. Sin embargo, los peritos contables que trabajaron en el caso y los demás investigadores llegaron a la conclusión de que la cifra llegaba a los seis millones de pesos, aproximadamente.
Las estrategias de las que los defraudadores echaron mano hicieron que Rey dispusiera que los peritos de la Dirección Criminalística se mudaran al edificio donde funcionan los juzgados penales y habilitaran allí un gabinete. Ahí trabajaron 30 días de seguido para desentrañar el intrincado mecanismo de las estafas.
La labor de los expertos fue brillante, pero sacó a la luz una falencia: la falta de un grupo especializado en detectar delitos económicos en Misiones.
¿Quién se va a hacer cargo del dinero que se esfumó? Es una pregunta espinosa que nadie quiere responder. Los informantes explicaron hubo varios casos en los que las extracciones se hicieron de cuentas de causas prescriptas sobre las que nadie tenía ya derechos de reclamar nada.
Pero también retiraron billetes de otras sobre las que hay beneficiarios habilitados para cobrar.
Para los funcionarios del juzgado de Rey, la instrucción prácticamente está agotada. Sin embargo, las demandas civiles de personas damnificadas por las maniobras fraudulentas indefectiblemente seguirán su curso, probablemente por varios años más.

Un desfalco histórico
De acuerdo con el auto de procesamiento dictado en diciembre de 2003 por el juez Rey, entre fines de 2000 y principios del 200, Nani Castelli, su hermana Nora, la entonces magistrada Salvado de Sotelo, Paula Espinosa y Abdón Guillermo Fernández decidieron organizar un grupo tendiente a utilizar datos obtenidos por el último vinculados con sumas de dinero correspondientes a causas judiciales depositadas en el banco Macro. Fernández, en su calidad de empleado de la entidad, habría acercado a los demás información sobre montos.
Según el magistrado, Espinosa hacía la “verificación del terreno”; esto es, el chequeo de los expedientes de las causas sobre las que luego se retirarían los fondos, “a los fines de establecer quiénes eran los interesados, los abogados intervinientes y el estado de la misma, contando para ello con la valiosa colaboración de la coimputada Nora Castelli, en razón del rol que ésta desempeñaba en el juzgado en lo Civil y Comercial Uno: jefa de despacho”.
El juez explica en su escrito que el primer proceso de selección se efectuaba con la información que suministraba Fernández, extraída del sector Depósitos Judiciales del Macro, “al cual tenía acceso por su doble condición de empleado y abogado respectivamente”.
Consideró que con dichos roles el letrado conseguía “el número y la carátula de la causa; el juzgado y la secretaría donde se encontraba radicada y la suma de dinero perteneciente a la misma; como así también los últimos movimientos realizados en la cuenta”.
Sostuvo que como para el retiro del dinero hacían falta instrumentos para sortear el control bancario, la organización contó con la fundamental intervención de la jueza Salvado y de la secretaria de ésta, Miriam Saidman. Ambas, desde sus funciones, según Rey, trabajaron en la confección de la llave que le permitiría al grupo las extracciones: las órdenes de pago.
“Una vez puesto en funcionamiento el mecanismo instrumentado, al mismo le faltaba un engranaje para que el diagrama pergeñado se cumpliera sin sobresaltos: el supuesto beneficiario de la orden de pago.
“Uno de los gestores de la conformación del grupo, Raúl Cayetano Castelli, asume para sí la responsabilidad de reclutar personas que actuaran como beneficiarios por pequeñas sumas de dinero o por gauchada. Es así que uno de los primeros casos en que se comprueba la operatividad del programa criminoso pergeñado, tiene como blanco a la causa ‘Expediente N° 1107/1982-MERCADO CONSIGNATARIO NACIONAL DE YERBA MATE CANCHADA Y OTROS C/ ESTABLECIMIENTO MENOCCHIO S. A. C. I .A. S/ QUIEBRA”, escribió el magistrado en su resolución.
“Las extracciones comienzan a realizarse con órdenes de pago emitidas con fecha 24 de mayo y 20 de junio del año 2001 por la suma de 46 mil y 21.828 pesos, respectivamente, ambas a favor de Alice Lidia González, quien es reclutada por Raúl Cayetano Castelli, quien se hacía pasar por abogado.
“La reclutada se desempeñaba como empleada doméstica del imputado mencionado, conforme surge de la declaración a tenor del artículo 64 del C. P. P., prestada por la misma ante este juzgado de Instrucción conforme constancia que luce agregada a fs. 2347 de estos obrados”, dice textualmente el auto de procesamiento.
El juez aseguró haber determinado incluso que Nani acompañaba a los “reclutados”  hasta las inmediaciones del banco y que los “supuestos beneficiarios” eran conducidos en un coche Ford Falcon azul, comandado por Ramón Espinosa, padre de Paula y Andrea.
Los falsos beneficiarios luego entregaban la plata retirada y cobraban su comisión. Precisamente uno de esos reclutados, Héctor Redes, descubrió al grupo. Como se molestó por la pobre comisión recibida hizo la denuncia en la comisaría Primera. Dijo que había cobrado 65 mil pesos y que unos abogados se los habían birlado.
“Culminada la gestión del cobro y siempre dependiendo del monto de las sumas percibidas, la imputada Espinosa y Nani Castelli retiraban su parte y el resto era entregado en el juzgado, siendo la mayoría de las veces la encargada de recibir el dinero la jefa de Despacho, Nora Graciela Castelli de Fachinello, quien entregaba el dinero acordado a la Dra. Salvado de Sotelo y a la Dra. Miriam Saidman, conforme se desprende de las constancias de fs. 1324- 1331”, aseguró Rey.

Otra modalidad
El titular del Instrucción Dos también estableció que hubo otras modalidades de la organización para hacerse del dinero depositado en las cuentas.
“En el diseño del nuevo plan, se comenzaba por individualizar fondos pertenecientes a la Entidad Binacional Yacyretá depositados en el Banco de la Nación Argentina a la orden del Juzgado Federal de la ciudad de Posadas, preferentemente en juicios de expropiación. Que a tal fin se había obtenido una copia de los depósitos a plazo fijo renovables de la entidad Bancaria referida, copia que fuera obtenida conforme se encuentra acreditada en autos por el coimputado Alan López, empleado del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Uno”, detalla el auto de procesamiento.
“De manera similar al plan anterior, también se realizaba el trabajo de campo de compulsa de las causas que fueran previamente seleccionadas; una vez realizada la selección, se procedía al armado de un expediente ideal o virtual en el ámbito del Juzgado Civil y Comercial Uno, con la intervención de los abogados que integraban el grupo, con la participación de la juez, funcionarias y empleados del juzgado”, graficó.
Puso como ejemplo el expediente N° 85/95 “GONZÁLEZ FABIÁN C/ RAMÓN CARDOZO Y/O COMPAÑÍA TAMBERA LTDA. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”. Sobre el mismo, dijo: “Cabe destacar que conforme constancias registrales del Juzgado Civil y Comercial 1, con el número de ese expediente consignado se encuentra registrado el expediente cuya carátula se identifica como: “IPRODHA C/ RAÚL MARTINS S/ EJECUTIVO”, añadió.
Rey remarcó que el expediente 85/95 “no sólo carece de ingreso regular en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 1, sino que tampoco consta registrado su tramitación regularmente en el Libro de Despacho, lo que abona lo afirmado de que tal expediente poseía únicamente una existencia ideal o virtual”.
Agregó que una vez 'armado' el expediente se procedió “al libramiento de Oficio (N° 2044 de fecha 27 de agosto de 2003), dirigido al Banco de la Nación Argentina, por el cual se ordena disponer la transferencia de la suma de 130 mil pesos, que se hallaba depositada a la orden del Sr. Juez Federal en lo Civil, Comercial, Laboral y Contencioso Administrativo, como perteneciente a la cuenta del ‘Expte. N° 43/94-EBY C/ COOPERATIVA TAMBERA LTDA’, al Banco Macro, a la orden del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 y como perteneciente a la causa ‘Expte. N° 85/95-GONZÁLEZ FABIÁN C/ RAMÓN CARDOZO Y/ O COOPERATIVA TAMBERA LTDA. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”.
Una vez que los 130 mil pesos entraron a la cuenta que la jueza ordenó, ella libró dos órdenes de pago a favor de supuestos beneficiarios, cuyos nombres le fueron suministrados por los integrantes de la asociación, concluyó el magistrado.
Por el irregular envío de fondos que estaban a disposición de la Justicia Federal, de un banco a otro, se abrió una causa en ese fuero.
“Con posterioridad y habiéndose agotado esta alternativa, los asociados resuelven implementar otras vías tendientes a obtener fondos frescos. En esta oportunidad se dispone el abordaje de expedientes controvertidos o de difícil contralor por la multiplicidad de cuerpos o incidentes, particularmente los concursos o quiebras, las demanda de daños y perjuicios donde hubieran menores, en razón de que en estos casos luego de la condena quedaba una suma considerable inmovilizada a favor de los menores hasta su mayoría de edad y el cual estaba sometido a un plan de inversión, y en juicios de alimentos.
En el caso de los concursos se verificaban créditos inexistentes, en el trámite intervenían los abogados integrantes de la asociación, con la activa participación de los estamentos del Juzgado o, lisa y llanamente, se libraban por la Sra. Juez Dra. Graciela Brígida Candelaria Salvado de Sotelo cuantas órdenes de pago fueran necesarias, alternándose los supuestos beneficiarios entre los reclutados y los integrantes de la asociación”, remató el juez.
La codicia de Redes terminó con los planes de la banda. Las especulaciones más optimistas hablan de que el expediente llegará a uno de los Tribunales Penales este año y que probablemente el que viene se lleve a cabo el juicio.


El dato
150.000 pesos
Fue la mayor cantidad de dinero retirada de manera clandestina en un día. Una misma persona, en una mañana, sacó otros 100 mil.


Las modalidades del grupo
El juez Rey detectó nueve estrategias de la organización para alzarse con el dinero de cuentas ajenas. Las explicó en su resolución:

1 “Estaría dado por la construcción artificial de expedientes judiciales, los que no existían conforme a los registros del Juzgado Civil y Comercial 1”.

2 “Se daba en relación a expedientes que existían en el Juzgado, en trámite o en archivo, en los cuales habían sumas dinerarias inmovilizadas desde hacía tiempo, información ésta que era suministrada por uno de los integrantes del grupo quien trabajaba en relación de dependencia con el Banco Macro y como apoderado del mismo en causas judiciales, las que eran extraídas vía ordenes de pago; luego de la extracción de los fondos y su distribución, el expediente era extraditado físicamente del juzgado sin que medie ninguna causa legal que amerite tal circunstancia”.

3 “Consistía en la emisión de órdenes de pago, en expedientes que poseían fondos, a favor de quienes no eran parte, beneficiarios o poseían alguna cesión de créditos y/o cualquier otro instrumento legal que autorice tal libramiento, en otras palabras a favor de quienes no se encontraban legitimados para el cobro”.

4 “Estaba dado en el armado de expedientes de medidas cautelares, sin que se promueva la acción de fondo, con el fin de posibilitar el acceso a sumas dinerarias existentes en otras causas y algunas veces a la orden de otros juzgados. Por vía oficio se obtenía la transferencia de fondos que se depositaban en el banco Macro a la orden del Juzgado Civil y Comercial 1, luego se libraba la correspondiente orden de pago; efectivizada la misma por un eventual prestanombre, el expediente desaparecía materialmente”.

5 “Era el de armar un expediente, particularmente ejecutivo, donde existía un acuerdo previo entre todos los actores (abogados-juzgado y partes), con el fin de lograr la transferencia de fondos para luego percibirla a nombre del ejecutante y coparticipar en las ganancias obtenidas por esta vía. Se dio el caso del Expte. 1054/01 caratulado ‘Espinosa, Andrea Elizabeth c/Motta Construcciones SRL S/EJECUTIVO’, en el cual se simula una acreencia y Andrea Elizabeth Espinosa inicia juicio ejecutivo a Motta Construcciones SRL, en connivencia con Roberto Manuel Motta, con el fin de obtener las sumas de dinero pertenecientes a un embrago que la empresa Motta Construcciones había efectuado a la firma Laromet en Expte. 613/98 ‘Motta Construcciones SRL C/LAROMET SA y ERCA SA. UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESA S/EMBARGO PREVENTIVO’, que tramitó ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 3, y que por fuero de atracción se remitió a un Juzgado de la provincia de Santa Fe, atento a que la embargada había presentado concurso preventivo”.

6 “Consistía en la verificación o inflado de créditos existentes o no en las quiebras con el objeto de extraer sumas de dineros ahí depositados”.

7 “Era la del libramiento de órdenes de pago en el ámbito del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 1, con las cuales se percibían sumas de dinero de causas que tramitaban ante otros juzgados y aún de distintos fueros. La información se obtenía a través de los integrantes del grupo que tenían acceso al banco de datos del banco Macro, específicamente a los roles o padrones del sector depósitos judiciales, y luego se efectuaba el trabajo de campo verificando las causas en trámite en sus juzgados de origen”.

8 “Estaba en el dictado de sentencias sin que se encuentren acreditados los pasos procesales instituidos como de orden público, particularmente en ejecuciones hipotecarias”.

9 “Estaría dado por el libramiento de órdenes de pago en expedientes de trámite real, sin que medie orden expresa al respecto o aún mediando orden en contra del libramiento, como es el caso del Expte. 130/98 ‘MOBI S.A. C/ALBERTO DANIEL ALLOSA Y OTROS S/EJECUTIVO’, en el cual no obstante haberse dictado resolución mediante la cual se negaba la liberación de fondos por pérdida de competencia, fue librada la orden de pago a favor de José Manitto y cobrada por éste, sin dejar constancia de ello en la causa, con el objeto de impedir su contralor por la contraria”.