La prevención como un objetivo a fortalecer

“Cumplir las reglas evita sanciones y salva vidas”

El fiscal Martín Balor puntualizó en las causales de los siniestros y remarcó una falta de educación vial. Destacó que la fuga es una de las conductas más graves
domingo 09 de agosto de 2026 | 6:05hs.
Martin Balor, fiscal Correccional y de Menores Dos de Posadas.
Martin Balor, fiscal Correccional y de Menores Dos de Posadas.

Los siniestros viales continúan dejando una huella profunda en Misiones y, detrás de cada hecho, se abre también un camino judicial que busca determinar responsabilidades, reconstruir lo ocurrido y establecer las consecuencias para quienes intervienen.

Para entender mejor los desafíos que tiene la Justicia ante estos hechos, el titular de la Fiscalía Correccional y de Menores Dos de Posadas, Martín Balor, en diálogo con El Territorio analizó el abordaje judicial de los siniestros viales, explicó cómo interviene el Ministerio Público ante este tipo de hechos y se refirió a las causas que llegan a su ámbito de actuación.

Además, brindó su mirada sobre las fugas de los conductores tras una colisión, una conducta que agrava aún más las consecuencias de un siniestro, ya que abandonan el lugar sin asistir a las personas afectadas ni afrontar inicialmente las consecuencias de lo ocurrido.

“La mayoría de los casos de siniestro que llegan a la Justicia tienen como origen conductas que claramente podrían evitarse. Entre las más frecuentes encontramos el exceso de velocidad, el consumo de alcohol, de estupefacientes, uso de celular y maniobras imprudentes”, explicó Balor, añadiendo que detrás de estos hechos hay una falta de “deber de cuidado que una persona debe tener al ponerse al volante”.

En esa línea, el fiscal remarcó que detrás de cada siniestro vial hay una persona, por lo que “debemos dejar de naturalizar el conducir en estado de ebriedad, en exceso de velocidad o el no cumplir las reglas de tránsito. No sólo para evitar sanciones, sino que también para salvar vidas”.

Fuga como agravante

Por otro lado, una conducta que describió como una de las más graves es la fuga. Al respecto, Balor indicó que “quien provoca un siniestro tiene el deber de detenerse, de auxiliar a la víctima, de colaborar con las autoridades”.

Remarcó que la conducta de alejarse del lugar “suele retrasar la asistencia médica, dificulta la obtención de pruebas y afecta al esclarecimiento de lo ocurrido”.

En tanto, mencionó que la primera obligación de cualquier conductor de un siniestro es preservar la vida y la integridad de las personas.

“Siempre es bueno que la persona se quede e intente socorrer a la víctima, porque esos segundos o minutos son vitales en esos casos”, enfatizó.

A su vez, mencionó que este accionar “obliga a reconstruir los hechos desde otra visión, ya sea con cámaras, con testigos, a través de la Policía”.

En ese contexto, explicó que en casos de fuga lo más importante para la investigación pasa a ser las pruebas obtenidas a partir de las cámaras de seguridad, “porque esas pericias suelen determinar el autor del delito”.

Ante la consulta de cómo se evalúa el nivel de irresponsabilidad ante estas conductas, el entrevistado contó que siempre es importante analizar caso por caso: “No podemos hablar de una eventualidad como algo genérico. No es lo mismo que se dé a la fuga en un lugar en el cual no puede socorrer que en un lugar en el cual está rodeado de gente que sí le podrían llegar a ayudar”.

Ley acorde

Por otra parte, el fiscal también dio su opinión en relación a las leyes establecidas para investigar y juzgar los delitos relacionados a siniestros viales, indicando que “la legislación fue evolucionando a lo largo de los últimos años y ha incorporado al avance las conductas antes mencionadas”.

En esas circunstancias, aclaró que “el Código Penal distingue entre una imprudencia común y aquellas situaciones en las que el conductor demuestra, de alguna manera, un mayor desprecio por la seguridad en lo demás, como conducir alcoholizado, participar en picadas ilegales, darse a la fuga, entre otras”.

En tanto, ratificó que el marco legal vigente “brinda herramientas adecuadas para responder a los hechos, sin embargo ninguna condena devuelve la vida. Es por eso que la solución pasa siempre por fortalecer el tema de la prevención”.

Sobre qué actos justifican una respuesta penal más severa, Balor detalló que la ley agrava la responsabilidad cuando el conductor circula con una graduación de alcohol superior a la permitida, está bajo efecto de estupefacientes, conduce en velocidad excesiva, ignora las señales de tránsito, participa de pruebas ilegales de velocidad o conduce estando inhabilitado.

Por último, explicó que se observa muy minuciosamente cada caso para llegar a esclarecer lo sucedido y se acentúa esa investigación cuando una persona maneja alcoholizada, ya que no hay ninguna posibilidad de alguna una excusa el manejar bajo el efecto del alcohol, debido a que “hay muchas alternativas como aplicaciones de viajes, para evitar manejar en estado de ebriedad”, concluyó.

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