Gobierno peruano habilita la detención para identificación y expulsión de extranjeros

Se oficializó una modificación del Código Procesal Penal que da luz verde a la Policía Nacional con el fin de detener ciudadanos que no porten el DNI, por sospecha y sin orden judicial.
viernes 06 de octubre de 2023 | 17:05hs.
Gobierno peruano habilita la detención para identificación y expulsión de extranjeros
Gobierno peruano habilita la detención para identificación y expulsión de extranjeros

El Gobierno de Perú publicó hoy una norma que regula el control de identidades por parte de la Policía Nacional, y que habilita a la fuerza a detener hasta por cuatro horas a cualquier persona sin que sea necesaria la presencia de un juez o un fiscal, una iniciativa derivada de las facultades legislativas que le trasladó el Congreso.

El decreto 957 se dispuso la modificación del artículo 205 del nuevo Código Procesal Penal para permitir que la Policía pueda intervenir sobre los ciudadanos en caso de sospecha de la comisión de un delito.

Si el demorado no tiene documento, podrá ser trasladado a una dependencia policial, donde el tiempo máximo para su identificación será de cuatro horas. Si se trata de un extranjero, la retención podrá ser de hasta 12.

Medios limeños advirtieron sobre los riesgos que supone un procedimiento de detención en base a la "sospecha" sin control de otra autoridad, porque da paso a eventuales abusos y actos de discriminación.

Según el sitio del diario La República, la congresista Ruth Luque advirtió que el decreto legaliza posibles arbitrariedades realizadas en protestas. "Ahora la Policía Nacional puede requerir identificación de cualquier persona, realizar registro de prendas y vehículo", alertó la congresista de Cambio Democrático.

Voceros del Gobierno señalaron que la retención de una persona para identificarla está en el Código Penal desde 1991 y lo nuevo de este decreto es la ampliación hasta 12 horas para la identificación de los extranjeros. El Ejecutivo también emitió el decreto 1573, que establece cambios al Código Penal en materia de conversión de pena, expulsión inmediata y tráfico de migrantes.

Los jueces podrán disponer la expulsión inmediata de aquellos sentenciados extranjeros con pena no menor de 4 años ni mayor de 10 años, siempre que estos hayan cumplido dos tercios de la condena. Se establece además que no se aplicará la medida a quienes tengan sentencia por delitos como robo agravado, trata de personas, explotación sexual y pornografía infantil.

También se impondrán penas de 6 años para los que faciliten el ingreso ilegal de extranjeros. "Los expulsados no podrán reingresar", dijo la presidenta Dina Boluarte. La estatal agencia Andina detalló que ante el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (Conasec), Boluarte informó todas las medidas tomadas para "resguardar la seguridad de la población en todo el país".

Además de los decretos anteriores, se dispuso ayer el estado de emergencia para el orden interno en el Cercado de Lima, se financiará la compra de 10.000 cámaras de videovigilancia en Lima Metropolitana y el Consejo de Ministros debatirá medidas firmes para contener los feminicidios y fortalecer el marco legal que proteja a las mujeres.

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