Formosa celebrará elecciones el 16 de junio

El fallo contra Uñac podría repetirse para Gildo Insfrán

Lo advirtieron constitucionalistas sobre la reciente decisión del Máximo Tribunal de Justicia, que invalidó una candidatura
sábado 03 de junio de 2023 | 6:02hs.

Después de que esta semana los miembros de la Corte Suprema de Justicia declararan inconstitucional la postulación del gobernador de San Juan, Sergio Uñac, abogados constitucionalistas opinaron sobre la decisión del Máximo Tribunal y evaluaron la posibilidad de que la medida se replique en la provincia de Formosa, donde Gildo Insfrán intentará (el 16 de junio) buscar su octavo período de gobierno.

En San Juan, hubo voto conjunto de Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda y concurrencia de Carlos Rosenkrantz, con mayoría en la parte dispositiva pero no en los fundamentos. Por su parte, Ricardo Lorenzetti no votó porque no había intervenido en las medidas cautelares previas. De todas formas, hubo una coincidencia de los cuatro integrantes sobre la prohibición de reelecciones en la provincia.

En diálogo con Infobae, el abogado y profesor de Derecho Constitucional en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, Félix Lonigro, se mostró en desacuerdo con la decisión del Máximo Tribunal de Justicia, aunque aseguró estar “totalmente” en contra de las reelecciones por considerarlas “antirrepublicanas”. Además, aseguró que el fallo podría replicarse “obviamente” en Formosa. “La decisión de la Corte viene en línea con su propia jurisprudencia desde el año 2013 que se produjo en Santiago del Estero y después en el caso Río Negro en 2019. Es decir, la Corte considera que acá no está en juego únicamente la interpretación de una constitución provincial, sino que entiende que hay caso federal que es el que tiene que existir para poder intervenir, por cuanto se vulneraría, al artículo 5 de la Constitución Nacional”, comenzó.

“Si bien es cierto que las provincias tienen que tener un sistema republicano y que la renovación periódica de autoridades es una característica de ese sistema, yo entiendo que esa característica se resguarda dándole al pueblo de cada provincia la posibilidad, a través del voto, de renovar periódicamente a las autoridades, o no. De lo contrario, hay un alto nivel de imprecisión y subjetividad, porque cuándo se estaría vulnerando el sistema republicano, cuándo se estaría violando la renovación periódica de autoridades, después de cuántos períodos. Ese nivel de imprecisión hace que, para mí, la cuestión quede en el ámbito de la provincia y no deba salir de la provincia”, siguió.

“Me encanta que se limiten las reelecciones porque me parece que son totalmente antirrepublicanas, pero es una cuestión de cada provincia. Celebro que la Corte se mantenga en su postura, aunque yo no coincida con ella, pero por lo menos celebro su coherencia pero no coincido ni en este caso, ni en Río Negro, ni en Santiago del Estero. No coincido en cuanto a que tengan que intervenir, no porque esté a favor de las reelecciones, que de hecho estoy totalmente en contra de ellas”, explicó Lonigro.

En tanto, el constitucionalista Andrés Gil Domínguez consideró que, de los fundamentos expuestos por los miembros de la Corte, surgen dos posiciones diferentes: “El voto de Maqueda y de Rosatti hace hincapié en aplicar el principio republicano para llegar a la interpretación más restrictiva posible de una constitución provincial que estableció oportunamente que el gobernador y vicegobernador tenían cuatro años y dos reelecciones. Y a través de esta interpretación, imposibilitar que se pudiese habilitar una persona por más de 16 años, ya sea ocupando alguno de estos dos cargos. En cambio, el voto de Rosenkrantz va más allá, porque sostiene que el principio republicano previsto en la Constitución, complementado por lo que dijo la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la Opinión Consultiva 28 de 2021, implica que la posibilidad de reelecciones indefinidas es inconstitucional y viola los tratados sobre derechos humanos”.

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