Crimen de Cubas: el fiscal pidió absolver a uno de los acusados

viernes 05 de julio de 2019 | 6:00hs.
Crimen de Cubas: el fiscal pidió absolver a uno de los acusados
Crimen de Cubas: el fiscal pidió absolver a uno de los acusados
Entre pedidos de pena máxima, cambios de calificación, solicitudes de absolución, discusión en la valorización de pruebas y hasta críticas hacia la investigación del hecho, se desarrolló ayer en Eldorado la ronda de alegatos en el marco del juicio por el asesinato de la estudiante Mirian Cubas (16), cometido en abril de 2015 en la localidad de Puerto Piray.

Se trató de otra maratónica audiencia que se extendió durante poco más de seis horas en la sala de audiencias en el Tribunal Penal Uno de dicha ciudad y el primer turno fue para el letrado Fabio Toledano, interviniente en el debate en carácter de querellante particular en representación de la familia de la víctima. 
Eran cerca de las 8.45 cuando Toledano inició su alocución ante una sala repleta entre familiares tanto de la víctima como de los acusados, oyentes y trabajadores de prensa con anotadores, filmadoras y flashes de cámaras fotográficas que iluminaban la habitación ante cada gesto de los imputados.

“Mirian era una hija ejemplar, una excelente hermana que estaba organizando el cumpleaños de 15 de una hermana más chica. Era buena compañera, amable”, comenzó Toledano.

Y a continuación atacó en forma directa las estrategias defensivas de los acusados. “Está claro que cada uno ha hecho su descargo para desvincularse del hecho pero no hicieron más que abonar la teoría que planteamos porque cada una de las coartadas fueron cayendo y se trataron de acusaciones cruzadas carentes de sentido”, expresó el querellante antes de puntualizar que “analizando el marco probatorio tenemos por probado la autoría funcional de cada uno de ellos”.

En primer término expuso consideraciones respecto al accionar de Enzo Javier Alvez Da Silva (20) y para ello recordó parte de la declaración vertida por el testigo Hipólito Torres, quien se cruzó con el joven y éste le manifestó lo que había sucedido con la víctima.

Sin embargo, Toledano encontró contradicciones en la versión relatada por Alvez Da Silva. “Llama la atención porque el imputado le sostiene a Torres que habían matado a la chica cuando acá dijo que estaba lejos y que sólo vi una puñalada. Para poder decir que estaba muerta, evidentemente sabía más que eso”, apuntó.
Además, recordó que tras encontrarse con Torres, Alvez Da Silva volvió a la escena y señaló que allí, al ver que Cubas aún tenía vida, huyó, accionar que también fue puesto en relieve. “Si no tuvo nada que ver con la muerte, por qué se fue del lugar”, se preguntó Toledano ante los presentes.

A partir de allí, señaló que Alvez Da Silva comenzó a lanzar acusaciones, primero hacia Cristian Javier Vargas (22) y luego hacia Ariel David ‘Chinchulín’ Cardozo (24), los otros dos imputados, con la única intención de “salvaguardarse él”.

Toledano también dio por acreditada la presencia de Vargas en la escena del hecho y en base a las testimoniales oídas consideró que su función en el hecho fue perseguir desde atrás a Cubas hasta el momento del ataque.

“Vargas pretende hacer creer que se encontraba en otra parte de la ciudad y que no estaba en el pinar”, dijo el letrado querellante, pero luego mencionó que un testigo en motocicleta alcanzó a verlo mientras caminaba detrás de la víctima y sostuvo que sus allegados que pretendieron reforzar su coartada pero evidenciaron “lagunas horarias” que “abonan inconsistencias”.

Respecto a Cardozo, Toledano recordó que el cuchillo utilizado como arma homicida fue encontrado en su casa e hizo hincapié en su defensa ante ello. “Cardozo relata una historia de que le hicieron una trampa y que él estaba en Santiago de Liniers. Sin embargo, pese al esfuerzo por acreditar todos sus dichos, en la instrucción no se pudo verificar nada de ello. Hasta en el testimonio de sus allegados hay contradicciones”, dijo.

Por último, consideró de importancia tener en cuenta las circunstancias del ataque: víctima en soledad, lugar con poca visibilidad y que Alvez Da Silva conocía a Cubas.

Por ello, estableció cumplida las condiciones para el agravante de alevosía y pidió para los tres imputados la pena máxima que estable el artículo 80 del Código Penal argentino, es decir, prisión perpetua. 

Cambio de calificación

En segundo turno expuso el fiscal Federico Rodríguez, quien desde el comienzo se manifestó en contra de la figura bajo la cual el expediente llegó a instancia de debate y generó el primer cimbronazo de la mañana.

En su alegato de más de dos horas, el fiscal realizó un relato del hecho, como así también un repaso de casi todos los testimonios oídos en el juicio y expuso los argumentos bajo los cuales justificó el cambio de calificación hacia homicidio simple, que contempla entre 8 y 25 años de prisión. 
El segundo cimbronazo tuvo que ver con la desvinculación del caso del imputado Vargas. Es que respecto a Alvez y Cardozo consideró que la responsabilidad de ambos “ha sido establecida de manera categórica”.

Sobre Alvez Da Silva enumeró que “reconoció la propiedad del cuchillo, estaba en el lugar del hecho y se auto incriminó”. Esto último porque valorizó como un fuerte indicio la declaración indagatoria vertida por el imputado en primera instancia, procedimiento que luego fue declarado.
A Cardozo, por su parte, lo acusó por “encontrarse en su casa el arma homicida y por el relato sostenido de Alvez Da Silva”, además de apuntar como caídas sus coartadas.

Respecto a su decisión de desvincular a Vargas del hecho señaló que “la única constancia de Vargas en el lugar del hecho es la primigenia declaración de Alvez Da Silva, que luego fue desacreditada”. En este punto, además profundizó en su argumento al relativizar el testimonio de algunos testigos que a su parecer no alcanzaron el grado de certeza como para ubicar fehacientemente al imputado en la escena.

“El motociclista reconoce a Vargas, por lo que Vargas estaba ahí, pero fuera del pinar, estaba en la calle, lo cual relativiza sustancialmente la posibilidad de ubicar a Vargas en el lugar del hecho”, expresó.

Atento a esto, Rodríguez pidió la absolución por el beneficio de la duda para Vargas y esto a su vez incidió en el pedido de modificación de calificación. 
Es que, al derribarse la teoría de participación en el hecho de Vargas, cae el concurso premeditado de dos o más personas como agravante y además señaló que los condicionantes del caso se acercan, pero no llegan a configurar alevosía.
A pesar de ello, sí tuvo en cuenta esas condicionantes (víctima atacada por sorpresa, en soledad y aprovechando que la conocían) para solicitar la máxima pena que prevé el homicidio simple.

Rodríguez consideró a Cardozo y Alvez Da Silva como coautores de homicidio simple y ante ello pidió 25 años de prisión para el primero y la declaración de responsabilidad penal para el segundo, esto último atento a que el imputado era menor de 16 años al momento del hecho. 

Las defensas

Tras un cuarto intermedio, llegó el turno de alegar a los abogados defensores y el primero en exponer fue Rodrigo Torres Muruat, patrocinante de Alvez Da Silva y Vargas.

En primer término pidió que se tengan en cuenta “los problemas que hubo en la instrucción” y que sus dos defendidos eran menores de edad al momento del hecho. 
Sobre Vargas aseguró que “es inverosímil pensar” en su participación en el crimen y apuntó que en su alegato la querella “ve precisiones en unos testimonios pero no ve imprecisiones en otros”.

En cuanto a Alvez Da Silva señaló que él “en ningún momento se atribuye el hecho” y que “siempre ha mantenido el mismo relato”. 
“Enzo nunca fue portador de la decisión de agredir a Mirian. Las contradicciones no lo ubican ni cumplen el aspecto objetivo ni subjetivo para adjudicarle la coautoría. No hay elementos, son elucubraciones incomprobables”, profundizó.

En base a esto, pidió para ambos defendidos la absolución de culpa y cargo y en forma subsidiaria la absolución por el beneficio de la duda. 
Mismo pedido fue planteado por el letrado Guiller Itatí Jones para su defendido Ariel Cardozo. 
“Tanto la querella como la fiscalía hacen valoraciones sin tener sustentos tácitos probados en autos y no obstante eso dan por acreditado los hechos y que mi cliente fue el autor del hecho”, comenzó.

Y a continuación señaló que “llama la atención que carguen la tinta que a mi cliente lo ata al hecho que hayan encontrado el arma, sin hacer valoraciones de las pruebas”. 
A partir de ahí Jones expuso una serie de cuestiones por los cuales apunta a que el cuchillo incautado en realidad no es el arma homicida y que además se incumplió con la cadena de custodia de la prueba, lo cual significaría una grave irregularidad.

“Hay un acta de incautación confeccionado a lo chamamé y un formulario de cadena de custodia con espacios en blanco. Estamos procesando a tres personas que pueden ir a perpetua cuando hubo policías que no hicieron debidamente su trabajo”, lanzó. 
Por último, también hizo un repaso sobre algunas testimoniales y expresó que “no se ha probado que Cardozo haya estado ni que haya sido el autor del hecho”. Tras ello, pidió su absolución.

La sentencia, el 22 de julio

Tras la exposición de los alegatos, el tribunal presidido por el magistrado Ángel Atilio León e integrado por sus pares Lyda Inés Gallardo y Carla Bergotini -camarista civil que se incorporará en carácter de subrogante- decidieron pasar a un nuevo cuarto intermedio hasta el 22 de julio a las 11 de la mañana. En dicha jornada los tres imputados tendrán la oportunidad de brindar sus últimas palabras y luego el tribunal dará a lectura a la sentencia. En el caso de Alves Da Silva, que al momento del hecho era menor de 16 años, cabe mencionar que el tribunal sólo tiene facultad de declarar su responsabilidad penal o no en el hecho. Ante un posible escenario en el que los jueces consideren decretarle efectivamente la responsabilidad penal, el que decidirá el monto de pena a cumplir por el imputado será un Juzgado Correccional y de Menores.