2026-09-13

La reforma del Código Penal también está frenada

Sin avances en los proyectos para endurecer penas a maltratadores

A dos años de su presentación formal, la iniciativa Conan no logra avanzar dentro de la Cámara de Diputados de la Nación

Una ley nacional sancionada hace más de 70 años es la que actualmente rige para penalizar el maltrato de animales, con penas de prisión de 15 días a 1 año, que en la práctica significan nada porque esa sanción no es de cárcel efectiva. Por  lo tanto, un acto de crueldad o de maltrato contra un animal, a pesar de que socialmente resulte conmovedor, en el plano penal no pasa nada.

En ese contexto, el diputado de PRO Damián Arabia, que actualmente integra el bloque de La Libertad Avanza,  presentó en marzo de 2024 un proyecto conocido popularmente como Ley Conan -por el nombre del perro del presidente Milei- que busca endurecer las penas por maltrato y crueldad contra los animales.

Pero a dos años de ese momento, el proyecto no logró avanzar  en la Cámara de Diputados de la Nación, donde ni siquiera tiene dictamen de comisión, que es el primer paso necesario para que el trámite legislativo avance.

Mientras tanto, el gobierno nacional trabaja en una reforma integral del Código Penal que contempla incorporar el maltrato y la crueldad animal.

Pero más allá de las declaraciones públicas de funcionarios nacionales, hasta el momento todavía no ingresó ningún proyecto en este sentido al Congreso de la Nación.

Maltrato y crueldad

El proyecto  de Ley Conan propone modificar la Ley 14.346, vigente desde 1954, para ampliar las conductas consideradas delitos contra los animales y elevar las penas hasta 6 años de prisión efectiva y la incorporación de multas económicas.

Uno de los cambios centrales consiste en diferenciar expresamente entre maltrato y crueldad,  dos conceptos que en la discusión pública suelen utilizarse como sinónimos, pero que el proyecto de Ley Conan intenta separar jurídicamente.

Según el texto de la iniciativa legislativa “el maltrato comprende conductas que provocan sufrimiento o deterioro del animal mediante la falta de cuidados adecuados, la negligencia o una utilización abusiva”.

Según el proyecto de ley, ejemplos de maltrato son no dar alimentación suficiente, someter a un animal a trabajos que excedan sus fuerzas, utilizar instrumentos que le provoquen dolor innecesario, no darle el descanso correspondiente o suministrar drogas sin finalidad terapéutica.

Un ejemplo concreto sería utilizar un caballo para tirar de un vehículo durante jornadas excesivas, sin descanso suficiente o cuando el animal no se encuentra en condiciones para hacerlo.

En cambio, la crueldad se refiere a conductas humanas de mayor gravedad y a acciones que provocan sufrimientos intensos, lesiones graves, mutilaciones o torturas en los animales.

El proyecto considera actos de crueldad, entre otros, practicar vivisección, realizar intervenciones quirúrgicas sin anestesia, experimentar con animales para la producción de cosméticos, lastimarlos o arrollarlos intencionalmente.

También organizar o participar en riñas de animales, corridas de toros, carreras y otras prácticas en las que los animales sean muertos, heridos u hostigados.

Penas de hasta seis años

El proyecto de Ley Conan establece penas de 3 meses a 3 años de prisión para los casos de maltrato animal. Y de 6 meses a 5 años de prisión para los casos de maltrato. En ambos casos con multas económicas que van desde los 5 a los 30 veces el salario mínimo vital y móvil.

Y cuando como consecuencia del maltrato, la crueldad o la perversidad se produce la muerte del animal, el proyecto establece una pena de 2 a 6 años de prisión, junto con una multa de 100 a 200 salarios mínimos.

Es justamente la severidad de estas escalas uno de los puntos que generó discusión entre los legisladores cuando la iniciativa fue tratada en comisión.

Durante ese debate parlamentario, la diputada Marcela Campagnoli, de la Coalición Cívica de la provincia de Buenos Aires,  manifestó su respaldo al objetivo de actualizar la legislación, pero cuestionó la escala penal: “Adhiero totalmente al espíritu de la ley porque necesitamos actualizarnos, porque la actual ley es obsoleta, pero no podemos penalizar más la crueldad contra un animal que contra una persona”. 

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