Un proceso que tuvo importantes cambios en la historia nacional
El proceso de divorcio tuvo diferentes modificaciones desde su creación. El mismo proyecto que se presenta en esta oportunidad explica de manera detallada todos los cambios que pasaron hasta contar con el artículo 435 y los siguientes en el Código Civil y Comercial.
En el histórico Código de Vélez Sarfield, todo lo que tenía que ver con el matrimonio era regulado por las autoridades eclesiásticas.
Luego, en 1888, el Congreso de la Nación sancionó la Ley N° 2.393 de Matrimonio Civil por la cual se instituyó el matrimonio secular en la Argentina, lo que significó un importante paso. Sin embargo, el divorcio requería de una causa (por ejemplo, el adulterio) y las personas divorciadas no podían contraer nuevas nupcias. Ademas, se hablaba de cónyuge inocente y cónyuge culpable, a la hora de la tramitación. E incluso había una remisión al Código Penal en el caso de adulterio.
Tras 80 años desde esa modificación, hasta la reforma impulsada en 1968 por la ley N° 17.711, que a amplió el abanico del instituto al incorporar el divorcio por mutuo acuerdo, previendo el cumplimiento de un plazo mínimo de dos años de matrimonio antes de poder solicitar la separación. Empero, el divorcio solo implicaba una separación de hecho y de bienes, pero no disolvía el vínculo matrimonial. Por lo que los divorciados no podían contraer nuevas nupcias. Esto se revirtió recién en 1987,luego de que la Corte declarara inconstitucional el artículo 64 de la ley N° 2.393 y las demás normas concordantes en el caso Sejean. De esta forma, se introdujo el divorcio vincular, que permitía disolver el vínculo matrimonial.
Con la sanción de la Ley N° 26.994, que aprobó el Código Civil y Comercial de la Nación, en el año 2014, se llegó finalmente al pleno divorcio incausado, sustentado en la libertad y la autonomía de los contrayentes. Luego, en el año 2010 se sumo otro hito importante en la historia del matrimonio: el matrimonio igualitario que permite la unión de personas del mismo sexo, con la ley N° 26.618.
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