Multas de $900 mil por carga

miércoles 10 de febrero de 2021 | 6:04hs.

La Agencia Tributaria Misiones (ATM, más conocida como Rentas) empezó a aplicar multa por la suma por 900 mil pesos por cada carga de granos, como el caso de la soja, en casos de detectarse infracciones en los controles fijos o móviles de la Dirección General de Rentas.

Es para  cuando se traten de acciones evasivas, como está sucediendo muy a menudo en la provincia, donde se buscan caminos laterales o menos transitado -como está siendo frecuente- donde no existan controles de Rentas.

La sanción decidida es mediante la resolución 61/20.

De acuerdo al organismo recaudador se tomó estas determinaciones al explicar que a través de los controles establecidos detectaron “una gran cantidad de ingresos de granos a la provincia sin la debida documentación respaldatoria válida y con carencia de registros exigidos por la normativa nacional y provincial vigente”. 

En consecuencia, la citada resolución comenzó a tener vigencia hace 10 días, es decir desde el pasado 31 de enero.

Los fundamentos

En sus considerandos desde Rentas explican que el artículo 51 del Código Fiscal Provincial establece determinadas conductas plausibles de sanción de multa; que, específicamente los incisos c) y e) del artículo 51 del Código Fiscal Provincial establecen situaciones donde la Dirección General de Rentas deberá instruir la interdicción y/o el comiso y secuestro de las mercaderías.

A su vez, que conforme prevé el artículo 64, la sanción de comiso podrá ser sustituida por una multa del 40 por ciento al 60 por ciento del valor de la mercadería, bienes u objetos de la sanción.

Por ello, se instruye para que la mercadería sea valuada en la suma de 1.200.000 pesos, cuando la misma se tratare de granos y que la multa sustitutiva del decomiso será graduada en un 60 por ciento del valor de la mercadería.

Añade que corresponde facultar a la Dirección de Políticas Fiscales y a la Subdirección de Fiscalización a implementar mecanismos para liquidar en base presunta anticipos de la Resolución General 56/07, en la medida que se detecten acciones evasivas.

De esta manera, se resolvió aplicar multas del 60 por ciento del valor de la mercadería cuando la misma se tratare de granos en aquellos casos que las infracciones detectadas en los controles fijos o móviles de la Dirección General de Rentas.

Además, se detalla que la resolución cobró vigencia desde el 31 de enero. 

 

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