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Habilitan las actividades fotográficas y audiovisuales en Posadas

viernes 03 de julio de 2020 | 23:00hs.
Habilitan las actividades fotográficas y audiovisuales en Posadas
El Departamento Ejecutivo Municipal por medio del decreto 851/20 autorizó las actividades fotográficas y audiovisuales, bajo protocolos de seguridad sanitaria para evitar la propagación del coronavirus.

Las sesiones fotográficas se deberán realizar en la franja horaria de 9 a 18. El fotógrafo podrá tener como máximo un ayudante para la sesión y/o toma de fotografías.

En tanto, los rodajes y servicios de filmación deberán realizar y cumplir con su actividad en la franja horaria de 7 a 22. No podrán superar el máximo de seis personas a la hora de la realización, producción y posproducción de cualquier rodaje.

Mientras que, las producciones de los rodajes no podrán superar las cinco jornadas, sin excepción alguna.

Los productores que no sean de la ciudad de Posadas, deberán brindar asistencia remota desde sus lugares de residencia locataria o de servicios, y el personal contratado deberá residir en la capital misionera, como así también los equipos y/o cualquier tipo de insumo necesario. 

La persona contratante del servicio sólo podrá asistir al mismo cumpliendo con las medidas establecidas: uso de barbijo y conservando la distancia de dos metros entre el fotógrafo o videógrafo  y cliente. En caso de retratar a menores de edad, deberá estar acompañado por su tutor mayor de edad y cumpliendo las medidas mencionadas anteriormente. 

Los clientes a fotografiar solo deberán quitarse el barbijo en el momento de la toma fotográfica, y volviéndolo a colocar terminada la misma. El fotógrafo o videógrafo  deberá respetar la distancia de dos metros en todo momento. 

La sesión o trabajo fotográfico/audiovisual se realizará al aire libre cumpliendo con los días autorizados para la circulación por terminación de DNI del cliente, bajo su responsabilidad y que esta sesión se realice en lugares donde no exista el agrupamiento de personas, espacios abiertos y ventilados. 

Si la sesión o trabajo fotográfico/audiovisual se realizará en un estudio, el fotógrafo o videógrafo será el responsable de proveer los elementos necesarios para el cuidado y prevención del contagio de coronavirus: barbijos, alcohol en gel o alcohol 70% y distanciamiento social. Como así también el estudio fotográfico deberá cumplir con los requerimientos necesarios para el C.O.E. y proveer alcohol en gel a los clientes por lo que dure la sesión. 

El traslado del fotógrafo o videógrafo y el cliente, al lugar dónde se llevará a cabo  la sesión, será por separado y  en los medios más convenientes para cada uno, siempre respetando las pautas emanadas por el C.O.E.  

En el caso de tratarse de empresas que requieren el servicio de fotografía o video para prendas de vestir, accesorios, maquillaje, peinados, etc. Esta sesión se llevará adelante con el/la modelo que va a lucir lo antes mencionado, y un representante de la firma. Conservando y respetando el protocolo C.O.E.  

Si el trabajo se ejecutara en el interior de una locación/estudio, la empresa contratante deberá cumplir con las normas exigidas por el C.O.E., además de que el profesional contratado cumpla con las pautas establecidas. 

Todas las recomendaciones realizadas a cliente por parte del fotógrafo o videógrafo, como así también las medidas de seguridad y sanidad a cumplir, quedan expresadas en el contrato del servicio fotográfico/audiovisual, quedando el fotógrafo/videógrafo  excluido de cualquier responsabilidad de incumplimiento por parte del cliente. 

También se deja constancia que antes y al final de cada sesión, se desinfectarán los equipos fotográficos, pese a que en ningún momento están en contacto con el cliente, se realizará con el fin de asegurar y garantizar su correcta manipulación.
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