ARCA prorrogó por sexta vez la presentación de Ganancias y fijó una nueva fecha para noviembre
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a postergar la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. Se trata de la sexta prórroga dispuesta por el organismo, que estableció como nueva fecha límite el 16 de noviembre.
La decisión se conoció en medio de las demoras en la implementación del nuevo régimen de Ganancias Simplificado, impulsado por el Gobierno a través de la Ley de Inocencia Fiscal II. Contadores y especialistas tributarios habían advertido que el tiempo disponible era insuficiente para completar las reglamentaciones necesarias.
Uno de los puntos pendientes es la normativa de la Unidad de Información Financiera (UIF) sobre el denominado “antecedente favorable”, una disposición clave para quienes busquen utilizar fondos que permanecen fuera del sistema financiero, conocidos popularmente como “dólares del colchón”.
La primera postergación había establecido el vencimiento para el 27 de julio. Posteriormente, el plazo se extendió al 27 de agosto, al 22 de septiembre, al 13 de octubre y al 30 de octubre. Ahora, la nueva fecha de presentación quedó fijada para el 16 de noviembre. En tanto, el vencimiento para el pago del saldo se mantuvo en el 27 de julio.
El lunes pasado, ARCA publicó la Resolución General 5916, mediante la cual avanzó con aspectos pendientes para poner en funcionamiento el nuevo esquema tributario. La normativa incorporó disposiciones para funcionarios públicos y grandes contribuyentes, aunque todavía quedan cuestiones por resolver.
Entre los puntos pendientes se encuentra la reglamentación de la UIF, cuyo plazo legal de 15 días hábiles desde el 9 de octubre vence el 2 de noviembre. También resta definir el funcionamiento del servicio de consulta automatizado previsto en el artículo 40 bis y los procedimientos para informar los bienes en el país y en el exterior en el caso de funcionarios y grandes contribuyentes.
Además, falta precisar qué se considerará una discrepancia significativa por ingresos directos computados improcedentemente y cómo se aplicarán los beneficios del régimen cuando una persona asuma un cargo público después de haber adherido al sistema simplificado.
Al respecto, el tributarista Sebastián Domínguez señaló que uno de los aspectos centrales es la reglamentación de la UIF sobre el antecedente favorable, cuyo plazo vence el próximo 2 de noviembre.
El especialista explicó que, si bien la ley busca brindar protección frente a ARCA a los fondos utilizados, los bancos, agentes de liquidación y compensación (ALyC) y otros sujetos obligados mantienen sus responsabilidades de control.
En ese sentido, advirtió que, mientras no se publique la normativa, quienes pretendan utilizar dinero que no está depositado en el sistema financiero no cuentan con pautas claras sobre cómo serán considerados esos fondos por las entidades y los organismos alcanzados.