Falta de pruebas y deficiencia investigativa, entre los argumentos que sostienen la absolución del cacique Núñez

En los fundamentos de la absolución del cacique Marcelo Núñez, el Tribunal Penal Uno de Oberá señaló la falta de pruebas concluyentes y marcó fallas en la investigación, consecuencia de la intervención deficiente de las autoridades públicas en el contexto de pandemia. No se pudo establecer la causa de muerte de Solange Diniz Rabela.
miércoles 09 de julio de 2025 | 18:00hs.
Núñez llegó esposado y con custodia, tras varios años preso, pero fue absuelto por el beneficio de la duda. //Fotos: Mariana Poplawski.
Núñez llegó esposado y con custodia, tras varios años preso, pero fue absuelto por el beneficio de la duda. //Fotos: Mariana Poplawski.

Marcelo Núñez, cacique de la comunidad mbya guaraní Tarumá Poty de San Vicente, pasó más de cinco años preso acusado de haber asesinado y luego incinerado el cuerpo de su pareja, María Solange Diniz Rabela. Sin embargo, el 19 de junio último, el Tribunal Penal Uno de Oberá resolvió absolverlo por el beneficio de la duda, al considerar que el caso estuvo atravesado por "baches" insalvables en la acusación y una ausencia de pruebas concluyentes que impidieron alcanzar la certeza requerida para una condena. Pero, de manera implícita, el fallo dejó una conclusión tan dolorosa como preocupante: la Justicia no pudo determinar si Solange murió por causas naturales, por coronavirus, o si fue víctima de un femicidio, debido a la ineficiencia de los funcionarios públicos intervinientes, marcada por una actuación deficiente y displicente.

El voto que sostuvo los fundamentos de la absolución (y al que adhirieron los jueces Francisco Aguirre y Julio Carvallo) fue elaborado por el juez Horacio Paniagua, quien definió el caso como "particularmente complejo" y contextualizó su análisis en la situación extraordinaria que vivía la sociedad argentina en abril de 2020, con plena vigencia del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (Aspo), pánico colectivo ante un virus desconocido que ya exponía los primeros contagios en Misiones, y servicios públicos -incluidos salud, seguridad y justicia- paralizados o funcionando bajo condiciones excepcionales. "No es posible ignorar el contexto general que estaba atravesando la sociedad en su conjunto, así como tampoco el contexto particular de los sujetos involucrados en la causa y que evidentemente condicionaron la actuación de los involucrados en el proceso", advierte la resolución. "Descontextualizar la situación mencionada, nos conduciría a desfragmentar la prueba, o valorar la misma velados por sesgos del conocimiento y nos llevaría a posibles soluciones arbitrarias".

Dr. Horacio Paniagua, juez del TP1 de Oberá.

La resolución a la que accedió El Territorio, en 123 páginas hace un repaso minucioso del expediente, las pruebas y los testimonios recolectados tanto en instrucción como durante el debate oral. En ese plano, se rechaza la hipótesis del fiscal David Milicich, quien sostuvo que Núñez había matado a Solange en el marco de una relación violenta y luego quemado el cuerpo con la intención de ocultar el crimen. Para el Tribunal, esa teoría no logró respaldo suficiente: "La prueba reunida en el debate oral no permitió alcanzar la suficiencia acreditativa necesaria para tener por probado que de manera alguna el imputado intervino o haya intervenido causalmente en la muerte de quien en vida fuera su pareja, la joven María Solange Diniz Rabela. Además, tampoco se ha probado de manera suficiente que su muerte haya sido provocada o violenta. Sino que lo que sí se probó es que el cuerpo ya sin vida fue sometido al fuego durante horas, a punto tal que el cadáver presentaba amputaciones térmicas, según refiere la autopsia, producto de haber sido expuesto al fuego después de muerta".

En este curso del análisis, uno de los ejes clave de la absolución fue la secuencia de llamadas y comunicaciones que realizó Núñez antes y después del fallecimiento de Solange. Según se probó en el juicio, el primer pedido de asistencia fue realizado por el imputado a los agentes sanitarios el sábado 11 de abril de 2020, cuando la joven aún estaba con vida, aunque aparentemente bastante enferma. El segundo, al día siguiente, horas después de su muerte. "El imputado, luego de producida la muerte, puso en conocimiento de distintas personas lo ocurrido y buscó, dentro de sus limitadas posibilidades, conseguir que las autoridades se hicieran presentes en el lugar", valora el fallo. Y agrega: "Desde antes que falleciera María Solange, su pareja intentó conseguir que sea atendida". "Todo ello también debe contextualizarse dado el momento y las ya dichas condiciones de vulnerabilidad que atravesaban los intervinientes, los señalamientos efectuados por la doctora de la peligrosidad del contagio, de que debían disponer lo más pronto posible del cuerpo y el tiempo que llevaba el óbito en el lugar en espera de una ayuda que no llegó", 

En ese punto, la crítica, principalmente al accionar de la Policía, fue directa: "El personal policial sabía incluso desde varias horas antes de dejar asentado en el libro de guardia a las 16:20 horas que en la aldea estaba el cuerpo de María Solange. Sin embargo, por motivos desconocidos y que la acusación no ha dicho nada tampoco, no acudieron al lugar". Y el análisis fue más allá: "De haber existido una oportuna intervención de la Policía y eventualmente del médico policial cuando el cuerpo aún se encontraba íntegro, otra sería la historia. Decidieron ignorar eso. Incluso cuando la médica y el chofer, previo a acudir al llamado de Núñez, se dirigen a la comisaría y ponen en conocimiento tal situación, quedando constancia en el libro de guardia. Volvieron a minimizar la cuestión y no acudieron al lugar para verificar esa información y eventualmente haber podido, con la presencia del médico policial, determinar la causa del fallecimiento".

La ausencia de autopsia concluyente fue otro golpe a la carga acusatoria. El cuerpo de Solange fue hallado en estado de incineración extrema, y el informe forense no pudo determinar la causa concreta de su muerte. Aunque el perito mencionó indicios de "muerte violenta", el mismo informe admitió que no podía establecer cómo murió. Además, confirmó que el cuerpo fue quemado cuando ya no presentaba signos vitales. "Se quebró en partes por acción del calor y del tiempo de exposición al fuego", describió el forense, lo que impidió determinar si hubo heridas previas o signos de lucha.

En consecuencia, frente a la hipótesis del fiscal, que sostenía que la cremación fue un intento deliberado de borrar evidencias, el fallo refuta: "Cabe preguntarse si es razonable que quien haya dado muerte de manera violenta a su pareja e intente ocultar los rastros de su crimen, comunique a todo su entorno lo ocurrido y busque insistentemente que las autoridades de salud pública vengan a ver su cuerpo y en consecuencia habilitar que se sigan los procedimientos de rigor frente a una situación como la descripta. Entiendo que responder afirmativamente a esa pregunta no resiste lógica".

Para los jueces, la cadena de hechos tras la muerte de Solange -desde los llamados de Núñez al personal de salud, la espera de asistencia médica, hasta la posterior cremación- respondió más a un estado de confusión, miedo y abandono institucional, que a un plan criminal. "Esa lamentable y desafortunada forma de tratar el cuerpo sin vida de María Solange habría ocurrido no para tapar una conducta criminal, sino como corolario de una conjunción de factores: el aislamiento preventivo, el miedo generalizado, la ignorancia, la condición de vulnerabilidad de los intervinientes y la actuación tardía y deficiente de las autoridades públicas".

"Al respecto no puedo dejar de decir que la actividad asistencia técnica a cargo de la defensa del imputado previa al debate, es decir durante la investigación preliminar o instrucción, y una de cuyas funciones es la de velar y analizar los elementos de cargo que se presentan contra su asistido, en el caso ha sido cuanto menos desinteresada, ya que no se advierte de una sola presentación, salvo alguna cuestión administrativa, a lo largo de la investigación", expuso Paniagua, y avanzó con los cuestionamientos también sobre el campo judicial: "Debe decirse que aún ante la falta de una defensa activa, le compete también a quienes lleven adelante la investigación, entiéndase en nuestro sistema procesal aún vigente, tanto el juez de instrucción como el fiscal, de analizar críticamente todos lo elementos de cargo del legajo así como la consistencia de los mismos para la acreditación del hecho materia de imputación, y a medida que
avanza el proceso ir agudizando ese escrutinio. Si bien esa es una tarea propia e inexcusable de la función que rige para todos los procesos; frente a casos de la gravedad y trascendencia del presente imponen cuanto menos redoblar esfuerzos".

El contexto de pandemia, insiste la resolución, afectó de manera desigual, y con mayor intensidad, a los sectores más vulnerables. "La pandemia afectó a todos, pero no por igual. Las consecuencias fueron diferenciales según las condiciones de vulnerabilidad individual y social", expresa citando incluso las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia. Describe que tanto Solange como Núñez vivían en condiciones de extrema precariedad, sin acceso regular a salud, educación ni justicia, y eran dependientes de organismos que, en plena pandemia, actuaron con displicencia o directamente no actuaron.

Sobre la acusación de violencia de género sistemática, la sentencia advierte que las declaraciones testimoniales eran contradictorias, con familiares que se abstuvieron, otros que señalaron episodios de maltrato y algunos que declararon lo contrario. En este punto, no se niega la posibilidad de que Solange haya sido víctima de violencia, pero se afirma que eso no puede ser equiparado automáticamente a un homicidio, y menos aún, a uno que no puede ser probado. "Si bien existen varios testimonios que dan cuenta de que el imputado había ejercido violencia sobre María Solange, pero para construir la imputación que actualmente pesa sobre él, se ha realizado un recorte parcializado y arbitrario de distintos elementos incluidos un contradictorio informe de autopsia que no permiten sostener que el mismo le haya causado la muerte a su pareja", expone el fallo.

Por todo ello, el Tribunal resolvió por unanimidad absolver a Marcelo Núñez. La resolución no dice que el cacique sea inocente. Tampoco que Solange haya muerto por causas naturales. La absolución se apoya en una máxima del derecho penal que indica que, ante la duda, se debe fallar en favor del acusado. "El proceso no ha alcanzado el estándar mínimo que exige el sistema penal para dictar una sentencia condenatoria. La hipótesis acusatoria padece de baches difíciles de superar", concluye el fallo.

Y así, con más interrogantes que certezas, terminó uno de los casos judiciales más duros y trágicos que dejó la pandemia en Misiones. Un caso que, además, expuso las graves consecuencias de una investigación deficiente y de intervenciones estatales marcadas por la negligencia, y que derivó en que la sociedad, cinco años después, aún se siga preguntando cómo murió Solange.

¿Que opinión tenés sobre esta nota?