Luego de las apelaciones de la querella y la fiscalía tras el veredicto en debate

El STJ anuló la absolución de acusado de abusar sexualmente de su hija

Se trata del fallo del Tribunal Penal Uno de Posadas que beneficio a José Raúl G. (31), absuelto por el beneficio de la duda en un debate que culminó en octubre de 2022
sábado 10 de agosto de 2024 | 6:06hs.
Carteles con la leyenda “Basta de Impunidad” se vieron frente al tribunal luego del veredicto. Foto: Marcelo Rodríguez
Carteles con la leyenda “Basta de Impunidad” se vieron frente al tribunal luego del veredicto. Foto: Marcelo Rodríguez

El 12 de octubre de 2022 fue absuelto por el beneficio de la duda José Raúl G. (31), acusado de abusar sexualmente a su hija en Posadas, cuando ésta tenía 5 años, es decir, en el 2013, durante el régimen de visitas.

Los jueces del Tribunal Penal Uno consideraron (por unanimidad) que no existían elementos de prueba suficientes para declarar la culpabilidad del sujeto, que salió caminando junto a sus padres en medio de la indignación de la víctima y su familia.

Ahora, casi dos años después, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Misiones anuló el fallo absolutorio y ordenó la realización de un nuevo juicio a cargo de un nuevo triunvirato de jueces.

La resolución del STJ, con fecha 8 de agosto, responde a los recursos de casación que habían sido interpuestos por la fiscal María Laura Álvarez (subrogante en el juicio) y el abogado querellante Hugo Zapana.

Entre los principales argumentos, Álvarez, por ejemplo, adujo que hubo “inobservancia o errónea aplicación de la ley”, que los jueces Viviana Cukla (presidente), Ángel Dejesús Cardozo y Juan Manuel Monte (subrogante) “no efectuaron un análisis con perspectiva de género, no perspectiva de la niñez”, y que la sentencia “posee una motivación falsa y violatoria de las reglas de la sana crítica”. Y que además puso en relieve, una vez más, las declaraciones que hizo la víctima en Cámara Gesell, que fueron desestimadas por los magistrados.

Zapana, en tanto, planteó en su recurso que el Tribunal “ha aplicado amplitud probatoria sólo en favor del imputado” y cuestionó la valoración que hicieron los jueces posadeños.

Se mencionaron “los informes médicos y testimoniales” de cuatro profesionales de la salud que atendieron a la víctima y dieron sus testimonios durante el juicio oral, al igual que el de “maestras, psicopedagogas y la maestra integradora que refieren a indicadores de abuso sexual”.

Mencionó irregularidades “referidas a imágenes en poder de la defensa”, y siguiendo la línea fiscal, que “el proceso se ha desarrollado y juzgado sin perspectiva de género”.

Qué determinó el STJ

Los ministros del STJ adhirieron -por unanimidad- al voto de la magistrada Cristina Leiva, quien determinó que hubo “vicios de fundamentación” de parte de los jueces penales Cukla, Cardozo y Monte, sobre todo en cuanto a la valoración que hicieron de la declaración en Cámara Gesell que hizo la víctima en pleno desarrollo del debate (3 de octubre de 2022) y que fuera excluida como evidencia.

“Entiendo que excluir la valoración de esta prueba, en razón de fundamentos aparentes o contradictorios, resulta un vicio que afecta de validez la sentencia atacada”, concluyó Leiva en el fallo.

También avanzó sobre los argumentos de la defensa del acusado, ejercida por Eduardo Paredes y el fallecido José Luis Rey, quienes para desacreditar a la víctima plantaron la idea de que la víctima fabuló y basó sus testimonios y dibujos en una película infantil.

Leiva dijo sobre eso que “la postura planteada por la defensa sin la debida plataforma científica que la respalde no puede servir de fundamento válido si no se encuentra acompañada de otras pruebas que la corroboren”. Y apuntó: “Profesionales intervinientes han concluido en sentido contrario, informando que la niña no fabula no fantasea”.

Tribunal Penal Uno de Posadas que beneficio a José Raúl
Familiares de la víctima rompieron en llanto tras escuchar el fallo absolutorio. Foto: Marcelo Rodríguez

“Entiendo que en autos se encuentran acreditados algunos vicios de fundamentación del decisorio que no pueden ser soslayados en esta instancia, debiendo resolverse en consecuencia, remitiendo los autos al Tribunal competente a sus efectos”, opinó en su voto Leiva.

Luego, prosiguió: “Sin perjuicio de los vicios descritos previamente, no puedo dejar de destacar la complejidad y particularidades de la causa, el gran cúmulo de pruebas arrimadas a la misma y las dificultades que presentan. En este orden, no debe perderse de vista la delicada tarea que deben efectuar los juzgadores, teniendo presente la suficiente y debida argumentación que debe tener todo decisorio y los principios constitucionales que deben primar en toda causa penal”.

Y por último: “En conclusión, conforme los fundamentos expuestos, corresponde hacer lugar a los recursos de casación impetrados, anulando la sentencia dictada por el Tribunal Penal N° 1 de la ciudad de Posadas, remitiendo las actuaciones a origen a efectos que se lleve adelante una nueva audiencia de debate oral y pública”.

La denuncia

La denuncia por abuso sexual fue hecha a finales de mayo de 2013, cuando la niña les contó a sus abuelos maternos que sufría dolores e irritaciones en sus genitales.

De acuerdo al auto de elevación a juicio, desde ese punto la familia materna de la criatura ahondó en la cuestión, radicó una denuncia policial y tanto los estudios médicos como la testimonial de la niña brindada ante profesionales en Cámara Gesell, elemento clave para la acusación, confirmaron los abusos.

Surge del expediente que el hombre abusaba de su hija en los momentos que estaba a su cargo, según el régimen de tenencia, dado que estaba separado de la madre de la niña.

En todo el tiempo transcurrido desde la denuncia hubo decenas de recursos presentados por los abogados del acusado, que terminaron dilatando el debate y la resolución del caso. Sostienen que el abuso jamás existió.

“Este caso en algún modo es trágico porque enfrentó a dos familias y creo que fue una gran confusión, no existió el abuso, hay una confusión por el relato que hace la nena que cuenta la historia de la película Rapunzel y se interpreta que es una historia distinta”, sostiene Paredes.

“La Cámara Gesell es el modo en que se recepciona el testimonio a víctimas de abuso que sean menores de edad. En este caso, la menor fue elocuente. Los informes psicológicos de los peritos oficiales dicen que no tiene un relato inoculado. Y que pudo haber vivido aquello que contó hace más de 10 años”, planteó por su parte Zapana, abogado querellante, afirmando que “no hay una, sino 50 pruebas que indican que el hecho existió y que el autor es la persona que va a estar sentada en el banquillo de los acusados”.

Juicio, absolución y el fuerte repudio de la familia materna

Tribunal Penal Uno
La absolución se conoció en octubre de 2022 luego de varias jornadas de juicio. Foto: Marcelo Rodríguez

La causa permaneció un extenso período en etapa de instrucción hasta que en 2022 llegó el momento del juicio. En el proceso declaró cerca de una veintena de testigos, entre ellos los peritos, forenses, médicos y profesionales tanto en psicología como psicopedagogía, quienes valoraron los dichos de la víctima y concluyeron que no era resultado de una fabulación, marcando claros indicios de abuso.

En la etapa de alegatos, la fiscalía, representada por María Laura Álvarez, solicitó 15 años de prisión para el imputado, mientras que la querella, en manos del abogado Hugo Zapana, pidió 16. Por su parte, la defensa del acusado encabezada por el letrado Eduardo Paredes, pidió la absolución.

Tras unas horas de deliberación, el Tribunal Penal Uno, conformado por Cukla, Cardozo y Monte (subrogante), resolvió decretar la absolución aplicando el beneficio de la duda al considerar que en el debate no existieron suficientes elementos como para probar la culpabilidad del implicado ni tampoco para tener certezas de que no lo hizo. Y ante la duda, el beneficiado es el acusado.

“Absolver por unanimidad a José Raúl G. por el beneficio de la duda, conforme al artículo 4 y 418 del Código Procesal de la provincia de Misiones con relación al delito de abuso sexual sin acceso carnal agravado por configurar un sometimiento gravemente ultrajante, calificado por el vínculo, varios hechos en concurso real”, leyó la presidenta del Tribunal.

Esto último generó una explosión de repudio de parte de los familiares maternos de la víctima que esperaban un fallo condenatorio.

Luego de ese fallo, tanto la fiscalía como la querella presentaron sendas apelaciones y tras un minucioso estudio, la absolución fue anulada.

La carta de la víctima

En dicho proceso, que demoró casi dos años, la menor presentó ante la Justicia una carta de puño y letra donde solicitó celeridad en el proceso de revisión de la sentencia. La misiva firmada por la adolescente -que tenía 5 años al momento del hecho y que hoy tiene 16- fue enviada a la presidenta del Tribunal Penal Uno y quien llevó adelante el debate oral contra el acusado, Viviana Cukla, y a la presidenta del STJ, Rossana Pía Venchiarutti.

“Tengo derecho a que se revise la sentencia injusta en la que se absolvió a mi abusador. No se me escuchó las dos veces que conté en Cámara Gesell el infierno que viví”, reclamó la adolescente.

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