Al cumplirse dos años de la sentencia a prisión perpetua de tres expolicías

Caso Wasyluk: rechazaron el cese de prisión preventiva de dos condenados

El Tribunal de Oberá rechazó los recursos a favor de Pedro De Mattos y Carlos Gómez. Se tuvo en cuenta la gravedad del delito, la pena impuesta y el riesgo de fuga
jueves 28 de diciembre de 2023 | 6:03hs.
Caso Wasyluk: rechazaron el cese de prisión preventiva de dos condenados
Caso Wasyluk: rechazaron el cese de prisión preventiva de dos condenados

“Lo cierto y categórico, es que al momento de su detención Hugo Wasyluk no tenía las lesiones mortales que luego se comprobaron. Fue reducido por De Mattos, Gómez y Rodríguez con extrema violencia, le pegaron una golpiza, lo esposaron, lo tuvieron a su merced y lo torturaron desde su aprehensión en la ruta, pasando por su traslado a la Comisaria de Villa Bonita, luego al campito de los Médicos y Seccional Segunda, hasta su ingreso a las 21.45 a la Seccional Primera”, se detalla entre los fundamentos de la sentencia por el homicidio de Hugo Miguel Wasyluk (38).

El documento precisa las circunstancias probadas de la detención, tortura y calvario de un hombre que agonizó durante 27 horas, lapso entre su aprehensión por parte de efectivos de la Comisaría de Villa Bonita y el hallazgo de su cadáver en una de las celdas de la Seccional Primera de Oberá, a las 0.20 del 27 de abril de 2011.

Tras diez años y ocho meses del hecho, el 14 de diciembre de 2021 el exsargento Pedro De Mattos, el excabo Carlos Antonio Gómez y el exagente Ricardo Javier Rodríguez fueron condenados a la pena de prisión perpetua por el delito de tortura seguida de muerte.

Transcurridos dos años de la citada sentencia y como ésta aún no se halla firme por recursos defensivos, los mismos abogados de Gómez y De Mattos solicitaron el cese de la prisión preventiva o su reducción, lo que fue rechazado por el Tribunal Penal Uno de Oberá.

La resolución fue firmada y notificada a las partes el pasado jueves y se fundamenta en la gravedad del delito, la pena impuesta y el riesgo de fuga que implicaría la excarcelación los expolicías.

Planteo defensivo

En sus respectivos escritos, los abogados Eduardo Paredes y María Cristina Salguero refirieron que a 24 meses desde la sentencia condenatoria, el recurso casatorio interpuesto aún no fue resuelto.

Incluso, citaron que el Superior Tribunal de Justicia dispuso paralizar el trámite a la espera de documentación oportunamente solicitada.

Indicaron que aún no comenzaron a tratar el recurso, que los miembros del tribunal revisor son nueve y ello permitiría inferir que no habría resolución durante el 2024.

También mencionan que “en el marco del Código Penal de la Nación vigente  -al igual que la ley procesal de Misiones- el recurso de casación del imputado contra la sentencia tiene efecto suspensivo, por lo que si se interpone dicho recurso la condena no puede ser ejecutada”.

Amplio rechazo

Al analizar el petitorio de la defensa de los expolicías, la fiscal Myriam Silke desestimó los argumentos y puso de relevancia el riesgo de fuga.

A su turno, Héctor Rubén Sánchez, apoderado de los actores civiles, fue sintético pero contundente para rechazar el recurso. 

“Es que no puede existir duda alguna que los agentes de Policía condenados en ocasión del lamentable hecho fatal acaecido estaban en ejercicio de sus funciones, efectuando un procedimiento de detención de una persona, a la cual le provocaron la muerte a través de diversas y terribles torturas”, indicó.

Por ello, remarcó que “acceder al planteo efectuado o su morigeración, seria alterar groseramente la sentencia condenatoria y constituiría una gracia para alguien que no lo merece, pues cometió un delito gravísimo. Esto último torna inadmisible la pretensión expuesta”.

Por su parte, los querellantes particulares Rafael Pereyra Pigerl y Vannela Vignolles subrayaron que De Mattos y Gómez fueron condenados por delitos de graves violaciones a los Derechos Humanos y el Derecho Humanitario Internacional.

“Además de ello, en nuestro ordenamiento jurídico vigente para este delito no existe el beneficio de cese de la prisión preventiva o morigeración de la pena”, ya que ello implicaría “un riesgo real e inminente de fuga”, indiciaron.

Incluso, dejaron constancia de que “la pena prevista excede el monto que permite una condena condicional y, justamente la severidad de la misma, es un parámetro más que razonable para que el imputado intente eludir el accionar de la Justicia”.

También mencionaron que trascurrió más de una década desde el homicidio hasta el juicio, lapso en el cual quienes fueron participes permanecieron “en absoluta libertad e impunidad”.

Dos en libertad

Así como De Mattos, Gómez y Rodríguez fueron condenados a prisión perpetua por el brutal homicidio de Wasyluk, los también expolicías Jorge Antonio Heijo y Wilson Ricardo González recibieron 8 y 5 años de prisión, respectivamente.

En tanto, el pasado 3 de noviembre los dos últimos fueron beneficiados con la excarcelación extraordinaria bajo caución juratoria y recuperaron la libertad.

Para el otorgamiento del beneficio se tuvo en cuenta que sentencia aún no se halla firme y está en trámite el recurso de casación ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ), que podría atenuar las penas.

El Tribunal entendió que los implicados no tendrían posibilidades de entorpecer a la Justicia, ya que el hecho ya fue juzgado. Tampoco habría riesgo de fuga, ya que en poco tiempo podrían acceder a la condicional. 

Según se probó en el juicio oral, ambos integraron la patrulla de la comisaría de Villa Bonita que detuvo a la víctima, aunque no habrían participado de la golpiza.

En consecuencia, fueron condenados por no evitar la tortura -siendo competentes para ello- y encubrimiento.

Además, les impusieron la inhabilitación perpetua para desempeñarse en cargos públicos y para tener o portar armas de todo tipo.

Excarcelación y condiciones 

La disposición del Tribunal Penal Uno de Oberá también fija una serie de restricciones para Heijo y González.

Por ejemplo, deberán “evitar acercarse a los familiares de la víctima y abstenerse de realizar cualquier actitud provocativa; fijar domicilio dentro del radio del Tribunal, denunciando el real y las circunstancias de trabajo o estudio que puedan imponerle ausencia del mismo por más de 24 horas”.

Tampoco podrán salir del país ni del territorio de la provincia de Misiones “sin expresa autorización del Tribunal, debiendo concurrir mensualmente, del 1 al 10 de cada mes, ante el Juzgado de Paz con jurisdicción sobre su domicilio, a fin de comunicar su permanencia en el lugar, debiéndose librar oficio a tales fines a la dependencia judicial respectiva, como así también a la Dirección Nacional de Migraciones”.

En tanto se ordenó que deberán “presentarse a todo llamado del Tribunal de la causa y cumplir fielmente las condiciones impuestas, todo ello bajo apercibimiento que en caso de no hacerlo se revocará la excarcelación extraordinaria”.

Oportunamente, el apoderado de la familia Wasyluk como los querellantes se opusieron al beneficio.

Crimen, juicio, condenados... 

El homicidio de Hugo Miguel Wasyluk constituye un caso icónico de la violencia institución de la provincia de Misiones.

En el juicio fueron juzgados policías de Villa Bonita y Oberá y la máxima pena alcanzó al exsargento Pedro De Mattos, el excabo Carlos Antonio Gómez y el exagente Ricardo Javier Rodríguez, condenados a la pena de prisión perpetua, es decir que deberán cumplir 35 años de cárcel.

Para el Tribunal Penal integrado por Francisco Aguirre, José Pablo Rivero y Jorge Villalba, los tres ex policías de la Comisaría de Villa Bonita fueron quienes torturaron a Wasyluk y le produjeron las lesiones que le costaron la vida.

Las condenas impuestas a los cinco expolicías de Villa Bonita, responsables de la detención de la víctima la noche del 25 de abril de 2011, coincidieron con lo que oportunamente solicitaron los fiscales Myriam Silke y Elías Bys, como también los querellantes particulares en representación de la madre y el hijo de la víctima.

En cambio, el criterio del Tribunal fue diferente respecto a las responsabilidades de quienes prestaban servicio en la Seccional Primera de Oberá, en una de cuyas celdas Wasyluk fue hallado muerto en los primeros minutos del 27 de abril de 2011.

Para la fiscalía y la querella el jefe de la citada dependencia y subalternos minimizaron el cuadro del detenido y se desentendieron de sus pedidos de auxilio durante las 27 horas que agonizó en el lugar. Por ello habían solicitado penas de prisión.

De todas formas, estos último fueron beneficiados por aplicación del “In dubio pro reo” o beneficio de la duda, por lo que resultaron absueltos del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. 

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