Crucero del Norte deberá cumplir con los requisitos para continuar con la línea internacional entre los dos parques nacionales

El motivo tiene que ver con la habilitación del área protegida para que la empresa pueda transitar dentro del parque Nacional Iguazú, para obtener la habilitación la empresa debe presentar la documentación reglamentaria
jueves 21 de septiembre de 2023 | 9:17hs.
Crucero del Norte deberá cumplir con los requisitos para continuar con la línea internacional entre los dos parques nacionales
Crucero del Norte deberá cumplir con los requisitos para continuar con la línea internacional entre los dos parques nacionales

La administración de Parques Nacionales envió una nota a la empresa Crucero del Norte SRL donde reitera el pedido para que suspenda la línea internacional entre los dos Parques Nacionales. El motivo tiene que ver con la habilitación del área protegida para que la empresa pueda transitar dentro del parque Nacional Iguazú, para obtener la habilitación la empresa debe presentar la documentación reglamentaria.

En la nota aclaran que el pedido de suspensión no está relacionado a los permisos y/o habilitación de la empresa para que pueda brindar el servicio internacional entre las localidades de Puerto Iguazú, Argentina y Foz de Iguazú Brasil, ni a su habilitación como transporte automotor internacional de pasajeros ya que es competencia en el Ministerio de Transporte de la Nación.

“La cuestión a dirimir responde al servicio que se encuentra brindando la empresa en el trayecto que va desde el km 5 de la ruta nacional 12 hasta el Portal de Acceso al Parque Nacional, donde descienden pasajeros. Sobre este punto, y tal como ya ha manifestado la Administración, para poder operar en jurisdicción del Parque Nacional Iguazú (en este caso ruta nacional 12 desde el km 5 y camino interno hasta el Portal de acceso), y a efectos de trasladar personas, se requiere la aplicación del inciso a) del Artículo 21º del Capítulo VI”.

El documento explica que el Reglamento para el Otorgamiento de Permisos de Servicios Turísticos, aprobado por Resolución de Directorio N.º 240/11, que indica que: “Las empresas de transporte automotor de pasajeros, debidamente autorizadas por la Secretaría de Transporte de la Nación o la autoridad en que esta delegue su función, salvo cuando realicen excursiones turísticas dentro de la jurisdicción de la administración, casos en los cuales deberán estar habilitadas según el procedimiento descripto en la presente. Si bien la competencia para autorizar servicios de transporte corresponde a otros organismos del Estado, la administración conserva y exige el cumplimiento de todas las normas ambientales”.

Mediante el documento explicaron a la empresa que requieren de una autorización otorgada por el Directorio de Parques Nacionales, que permite el acceso, permanencia y tránsito en el Parque Nacional Iguazú para desarrollar el servicio. Así las cosas, para tramitar el permiso mencionado, la empresa deberá presentar la documentación.

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