Se publicó este martes en el boletín oficial

Promulgan ley que promueve uso de bioinsumos y prohíbe el glifosato en Misiones

La autoridad de aplicación será el ministerio de Agro. La norma establece una transición progresiva del cambio cultural de los sistemas productivos actuales, implementado métodos más amigables con el ambiente.
martes 04 de julio de 2023 | 11:16hs.
Promulgan ley que promueve uso de bioinsumos y prohíbe el glifosato en Misiones
Promulgan ley que promueve uso de bioinsumos y prohíbe el glifosato en Misiones

El gobierno de Misiones promulgó este martes la ley de promoción de producción de bioinsumos, que en uno de sus artículos prohíbe el uso del glifosato. La normativa otorga un plazo de dos años para que los productores eliminen gradualmente el uso de agroquímicos y lo reemplacen por productos más amigables con el ambiente.

Con la publicación en el boletín oficial del texto aprobado en la Cámara de Representantes el pasado 22 de junio, la provincia avanza hacia convertirse en el primer distrito del país en eliminar el uso del glifosato, sus componentes y afines.

La ley tiene como objeto establecer un marco regulatorio para la investigación, desarrollo, producción, procesamiento, registro, comercialización y utilización de productos biológicos naturales conocidos como bioinsumos. “Aportan a las políticas de sostenibilidad y sustentabilidad aplicadas a la agroindustria”, aclara la norma.

Se considera bioinsumo, todo producto biológico que consista o haya sido producido por microorganismos o macroorganismos, extractos o compuestos bioactivos derivados de ellos y que estén destinados a ser aplicados como insumos en la producción agropecuaria, agroalimentaria, agroindustrial, agroenergética e incluso en el saneamiento ambiental agropecuario.

Los objetivos de la ley es generar líneas de trabajo colaborativas a los efectos de promover el desarrollo de insumos biológicos; optimizar los procesos de elaboración de los productos utilizando métodos de purificación totalmente orgánicos; promover planes de acción para el adecuado manejo del riego agropecuario y la eficiencia del uso del agua.

También estipula el diseño y ejecución de acciones tendientes al crecimiento y desarrollo sustentable de los cultivos de Misiones y el incentivo al desarrollo de nuevos procesos tecnológicos para la producción de bioinsumos, a los fines de impulsar su utilización como herramienta primordial en el territorio.

Enfatiza la norma en el empleo de técnicas relacionadas con el reciclaje de materiales orgánicos para mejorar la fertilidad del suelo, el control biológico de plagas y enfermedades y utilizar semillas provenientes de sistemas de producción orgánica.

Se creará el registro provincial de productores de bioinsumos para tener una base de datos actualizada de todas aquellas personas humanas o jurídicas, que tengan por objeto principal la investigación, desarrollo, elaboración, producción, exhibición y comercialización de productos biológicos y sus derivados.

La autoridad de aplicación es el Ministerio del Agro y la Producción, que queda facultado para el dictado de la normativa necesaria y complementaria para la aplicación de esta ley interactuando con los demás ministerios competentes en la materia.

El ministerio del Agro tendrá como atribuciones, confeccionar y mantener actualizado el registro, establecer mecanismos adecuados a los efectos de facilitar el desarrollo, fabricación, fraccionamiento, almacenamiento, transporte, comercialización, exhibición y publicidad de los insumos naturales. También podrá celebrar convenios con instituciones nacionales, provinciales y municipales para la investigación y desarrollo de nuevos bioinsumos.

El organismo será el responsable de otorgar a las personas humanas o jurídicas que estén debidamente inscriptas en el Registro Provincial de Productores de Bioinsumos, incentivos financieros y asesoramiento técnico a través de los organismos competentes.

El punto de la polémica

En el artículo 7 de la ley, se prohíbe expresamente, “la utilización del glifosato, sus componentes y afines en toda la Provincia”. Se establece que esta prohibición entra en vigencia luego de dos años desde su publicación oficial a los efectos de una transición progresiva del cambio cultural de los sistemas productivos actuales, implementado métodos más amigables con el ambiente.

Varias asociaciones rurales solicitaron el veto de ese artículo al gobernador Oscar Herrera Ahuad, pero el texto se publicó tal cual aprobaron los diputados.

El mismo texto agrega que “el incumplimiento de la presente ley, tiene como sanciones las establecidas en el capítulo X de la Ley XVI - N° 144, de Productos Fitosanitarios y Domisanitarios de Saneamiento Ambiental, las contempladas en la Ley XVI - Nº 35 (Antes Ley 3079) y sin perjuicio de otra pena impuesta por la normativa vigente que contemple conductas específicamente tipificadas”.

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