La defensa realizó nuevos planteos

La medida se hizo efectiva y María Ovando regresó a la UP V de Miguel Lanús

Tras el fallo de Apelaciones, la mujer fue detenida por la Policía ayer a la mañana en Eldorado y trasladada a Posadas. Cumplirá aislamiento y luego irá con la población penal
sábado 13 de marzo de 2021 | 5:30hs.
Por Jorge Posdeley
Ovando en la UP V
Ovando en la UP V

María Ramona Ovando (44) está presa de nuevo. La mujer condenada el año pasado a 20 años de prisión y excarcelada hace dos semanas mediante un habeas corpus, regresó a la cárcel ayer tras efectivizarse la nueva orden de detención que pesaba en su contra en virtud de una resolución de la Cámara de Apelaciones de la provincia que revocó el fallo que había permitido su liberación.
De acuerdo a lo detallado por fuentes consultadas por El Territorio, el procedimiento de detención se concretó ayer, cerca de las 8.30, cuando los efectivos de la Comisaría Segunda de la Unidad Regional III llegaron hasta la casa de mujer con el oficio Oficio N° 59/21 de la Cámara que ordenaba su detención.
Allí Ovando se subió nuevamente a un patrullero de la fuerza provincial, fue llevada primero a la comisaría jurisdiccional y luego viajó hasta Posadas, donde fue alojada en Unidad Penal V, Correccional de Mujeres, misma penitenciaría de donde el 23 de febrero salió con los brazos en altos y lágrimas de emoción.
Desde ayer, la mujer se encuentra en la única cárcel de mujeres de la provincia donde, según indicaron, cumplirá aislamiento en una celda separada y recién después de eso será integrada al resto de la población penal.
La resolución de la Cámara dispone además que ahora Ovando vuelva a estar a disposición del Tribunal Penal Uno de Eldorado, el mismo que la condenó el año pasado por delitos de abuso y corrupción de menores.
Respuesta de la defensa
Mientras la mujer era detenida en Eldorado, su defensa, encabezada por el Equipo Misionero de Derechos Humanos, Justicia y Género, respondía con más planteos: un nuevo pedido de revocamiento contra los camaristas intervinientes y otro habeas corpus.
El primer planteo fue realizado por los letrados Eduardo Paredes y Roxana Rivas, quienes consideraron que la situación constituye “prevaricato y abuso de autoridad”.
“Lo que están haciendo es un prevaricato y un abuso de autoridad, ordenan la detención sin sustento legal. Toda la doctrina de la Corte Interamericana, y de la Corte Suprema de la Nación y la ley procesal provincial establece que no se puede ejecutar la resolución hasta que quede firme. Por lo tanto, los dos jueces de esta Cámara cometieron prevaricato, por lo que estamos evaluando pedir el jurado de enjuiciamiento para estos dos jueces”, expresó al respecto Paredes en un comunicado del Equipo publicado en Facebook en la víspera.
El comunicado llevó el título de “la detención de María es ilegal y es un acto de extrema gravedad institucional”. Para la defensa de Ovando, la Cámara violó el Código Procesal de la provincia, violentó el artículo 10 de la Ley de Habeas Corpus y “debió dar intervención al juez competente en este recurso”, en referencia a César Raúl Jiménez, quien había dado lugar al habeas corpus que en febrero permitió la excarcelación de la mujer.
La otra medida realizada por la defensa fue la presentación de otro habeas corpus. Esta vez el recurso fue planteado por José Luis Fuentes, otro letrado que integra el equipo de defensa, y lo hizo ante el Juzgado Civil y Comercial Dos de Eldorado, a cargo de la magistrada Lorena Toledo.
Al respecto, detallaron que en el escrito se advirtió “la falta de competencia de la Cámara para ordenar la detención”, mientras que en el documento además se consigna que la resolución del tribunal de alzada “tiene que ser revisada por una instancia superior o por un juzgado de revisión, porque se revoca una resolución que otorgó la libertad”.
Excarcelación revocada
La detención de Ovando se efectivizó tras la resolución firmada por Ricardo Venialgo y Marisa Ruth Dilaccio, miembros de la Sala I de la Cámara de Apelaciones de la provincia.
Tal como publicó ayer El Territorio, en el reciente fallo firmado el martes los mencionados camaristas opinaron coincidentemente con el dictamen de la fiscalía de la Cámara y, en consecuencia, decidieron revocar el fallo del juez Correccional y de Menores Dos, César Jiménez.
Hasta esta instancia se llegó luego de que, en calidad de subrogante, la fiscal Correccional y de Menores Uno de Posadas, María Laura Álvarez, apelara la medida dispuesta apenas unas horas antes por Jiménez.
Esa apelación ingresó a la Cámara para ser analizada y esta semana llegó la respuesta que dio lugar parcialmente al planteo de Álvarez. Según indicaron fuentes consultadas por El Territorio, el principal fundamento para emitir el revocamiento del fallo de Jiménez se basa en que el instituto de habeas corpus no era la vía procesal idónea para la situación de Ovando.
La resolución dio lugar parcialmente al pedido de Álvarez porque, por un lugar, aceptaron que Jiménez tenía competencia para resolver la cuestión pero consideraron que el habeas corpus no era la herramienta apropiada para esta instancia, sino que la excarcelación tenía que haber sido solicitada mediante una casación al Superior Tribunal de Justicia (STJ), que justamente aún debe analizar el fallo que condenó a Ovando y expedirse al respecto.

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