2026-07-01

Misiones fortalece los procesos de adopción con una nueva ley de acompañamiento a familias y niños

La Provincia promulgó la Ley II N.º 43, que establece un sistema de formación, orientación y acompañamiento interdisciplinario durante los procesos de vinculación adoptiva y guarda con fines de adopción. La iniciativa busca fortalecer los vínculos familiares y reducir las interrupciones en los procesos adoptivos.

La provincia de Misiones cuenta con una nueva herramienta legal destinada a fortalecer los procesos de adopción y garantizar una mejor preparación y acompañamiento para las familias y los niños, niñas y adolescentes involucrados. Se trata de la Ley II N.º 43, que crea un marco específico para consolidar las acciones de formación, orientación y asistencia interdisciplinaria desarrolladas por el Registro Único de Aspirantes a la Adopción de Misiones (RUAAM).

La normativa tiene como objetivo favorecer la construcción de vínculos familiares sólidos durante los procesos de vinculación adoptiva y guarda con fines de adopción, priorizando en todo momento el interés superior del niño, el derecho a la identidad y el derecho a crecer y desarrollarse en un entorno familiar.

Entre los principios que orientan la aplicación de la ley se destacan el respeto por la historia de vida de cada niño, niña y adolescente, la preservación de los vínculos significativos compatibles con su interés superior, la protección integral de sus derechos y la participación activa de los menores conforme a su edad y grado de madurez.

Uno de los principales ejes de la legislación es la implementación de instancias de formación y acompañamiento destinadas a quienes participan de un proceso adoptivo. Estas acciones buscarán brindar herramientas para comprender las particularidades jurídicas, sociales y emocionales de la adopción, fortalecer las capacidades de crianza y parentalidad, prevenir eventuales interrupciones en los procesos de vinculación y acompañar a las familias durante cada etapa.

Para ello, el RUAAM podrá desarrollar talleres, encuentros grupales, jornadas de capacitación, espacios de orientación individual o familiar y dispositivos de acompañamiento interdisciplinario, tanto de manera presencial como virtual o mediante modalidades mixtas.

La ley también establece una amplia agenda de contenidos que deberán abordarse durante estas instancias formativas. Entre ellos figuran el marco jurídico de la adopción, el derecho a la identidad y al acceso a los orígenes, el desarrollo infantil y adolescente, los procesos de trauma, duelo y resiliencia, la construcción de vínculos familiares, la integración escolar y comunitaria, las redes de apoyo y las herramientas para la convivencia y la resolución pacífica de conflictos.

No obstante, la norma aclara que estas actividades tienen carácter complementario y no constituyen un requisito para la inscripción en el Registro Único de Aspirantes a la Adopción de Misiones, ni modifican los procedimientos o exigencias establecidos por la legislación vigente en materia de adopción.

La autoridad de aplicación será el Registro Único de Aspirantes a la Adopción de Misiones, dependiente del Superior Tribunal de Justicia, cuyo equipo multidisciplinario tendrá a su cargo la orientación técnica y profesional, el acompañamiento de las familias, la detección temprana de situaciones que puedan afectar el proceso adoptivo y la elaboración de informes cuando sean requeridos por los órganos judiciales.

Asimismo, la legislación prevé que el acompañamiento pueda continuar incluso después del inicio de la convivencia familiar cuando ello contribuya a fortalecer los vínculos, garantizar la estabilidad de la guarda con fines de adopción y proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Otro aspecto contemplado por la norma es la confidencialidad de toda la información obtenida durante las intervenciones, la cual deberá resguardarse conforme a la normativa sobre protección de datos personales y derechos de la niñez.

La Ley II N.º 43 fue sancionada por la Cámara de Representantes de Misiones el 18 de junio y promulgada por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto N.º 1155, consolidando un nuevo marco de acompañamiento institucional para fortalecer los procesos de adopción y favorecer la integración familiar en la provincia.

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