Agencias turísticas apuntan a Brasil por la excepción del recargo del 30%

martes 31 de diciembre de 2019 | 8:00hs.
Agencias turísticas apuntan a Brasil por la excepción del recargo del 30%
Agencias turísticas apuntan a Brasil por la excepción del recargo del 30%
Nazarena Torres

Por Nazarena Torres politica@elterritorio.com.ar

Una de las mayores preocupaciones en la época estival son los gastos que se tienen pensados para las vacaciones. Si bien el movimiento en las terminales de ómnibus en los últimos días por las fiestas fue importante, sobre todo con destinos interurbanos o a la zona centro del país, los viajes al exterior, principalmente a Brasil, suelen ser los más buscados por los misioneros a la hora de tomarse unos días de descanso. 
Es por eso que el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (País) trajo incertidumbre e inquietud respecto a si abarcaba los pasajes, tanto terrestres como aéreos. 
Esto fue dilucidado el último sábado, cuando se reglamentó la Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva, en el marco de la emergencia pública, y se aclaró que la adquisición de pasajes terrestres con destino a países limítrofes, como también operaciones referidas a prestaciones de salud o la compra de libros o software con fines educativos, no están alcanzados por el impuesto (ver Distinciones...). 
Durante el extenso debate en Diputados, se determinó que el impuesto de 30% del dólar “solidario” no se iba a aplicar a la adquisición de servicios de transporte de pasajeros terrestre, acuático y aéreo siempre y cuando dicha operación no requiera intervención del Mercado Único Libre de Cambios. Se esperaba la reglamentación para conocer en detalles quiénes y cuándo lo pagarán.
Finalmente, se aplicará la excepción sólo “para la adquisición de servicios de transporte terrestre, de pasajeros, con destino a países limítrofes”. 
Al momento del debate, de acuerdo a lo que consignó Ámbito.com, se argumentó que gran cantidad de pobladores de ciudades fronterizas cruzan a los países vecinos como parte de su actividad diaria, ya sea para hacer compras o ir a trabajar. Por lo tanto, se explicó, se les estaría cobrando un impuesto pese a que no tenía como destino el turismo.
Este tributo aplica un 30% de recargo a todas las operaciones que impliquen la adquisición de moneda extranjera, tales como la compra de dólares para atesoramiento y la compra de bienes y servicios, incluyendo la compra de pasajes al exterior, cualquiera sea su medio de pago.

El esfuerzo para aventurarse
Héctor Dopazo, presidente de la Asociación Misionera de Agencias de Turismo (Amat), refirió en primer lugar que la mayoría de la gente que está viajando ahora, en estos días, ya tenía resuelto el tema de los pasajes. 
“Pero las operaciones que aparezcan a partir de ahora son pasibles de la aplicación del 30%, pero hay que hacer diferenciaciones, por la reglamentación publicada y hay que analizarla”, determinó en  diálogo con el programa Acá te lo Contamos por Radioactiva. 
En ese marco, especificó: “Podemos deducir que no importa el medio de pago por el cual se cancelen algunos servicios o bienes que se contraten en el exterior, siempre se va a pagar el 30% del impuesto, sobre todo pensando en las tarjetas de crédito”. 
“Por otro lado, los servicios cobrados en dólares en el exterior, al cobrarte en dólares, el impuesto no es pasible de aplicación pero te cobran un 5% de Afip que siempre se agregó por operatoria en efectivo”, agregó. 
Respecto a los transportes, los boletos comprados con empresas del país con destinos limítrofes, tampoco van a tener ese 30% de recargo, de acuerdo a lo que explicó Dopazo. Y recordó lo que había adelantado  el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, apenas fue promulgada la ley, en referencia a los vuelos, puesto que Aerolíneas Argentinas y Latam tampoco aplicarán el impuesto en los vuelos regionales, ya que las operaciones son en pesos. Esto cambiará cuando sean boletos intercontinentales. 
“Todo el ambiente turístico está ajustándose a estos cambios, entonces se consulta con el operador, después se procede a la operatoria y se le informa al pasajero”, dijo. 
Al mismo tiempo, aseveró que “el misionero particularmente es un pasajero que viaja mucho; pasados unos días y teniendo claras las cosas, se aventura, hace el esfuerzo. Esperamos que todo vuelva a la normalidad, aunque seguro habrá algún segmento que se le haga más difícil por esta diferencia”. 

Paquetes de turismo
Rocío Alvídez, ejecutiva de ventas de Transrío, de Río Uruguay, manifestó que “desde la empresa no nos vemos afectados en pasajes de líneas regulares, no se aplica a los pasajes comprados en Argentina”. 
“Por eso es conveniente hacer la compra en las agencias argentinas, tanto para la ida como para el regreso, se puede hacer con cualquier medio de pago. Incluso con tarjetas en cuotas”, determinó. 
No obstante, para los nuevos pasajeros interesados en irse a Brasil con los paquetes turísticos completos (con hospedaje incluido, entre otras cosas), dijo que “no se aplicará el impuesto a pasajes, sí a hotelería, porque la transferencia tenemos que hacerla en dólares”. 
“Tenemos distintos públicos, los que sólo compran pasajes y allá se arreglan, y los que eligen quedarse en el hotel. Trabajamos con destinos Torres, Capao, Itapema y Camboriú (Brasil) y hemos tenido mucho público en los cuatro destinos”, contó. 
Y analizó que en comparación al verano pasado, “hubo un mucho mejor panorama, este año la gente tuvo mayor previsión con el dólar y pudo irse de viaje”. 

Distinciones en el impuesto solidario

Tras la reglamentación de la Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva, en el marco de la emergencia pública, se dispusieron las limitaciones y excepciones que tendrá el impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (País).Entre esas excepciones se encuentra, además de la adquisición de pasajes por vía terrestres con destino a países limítrofes, los gastos referidos a prestaciones de salud y compra de medicamentos. De la misma manera, no abonará el 30% del impuesto la adquisición de libros en cualquier formato y la utilización de plataformas educativas o software con fines educativos. De igual forma, se exceptuarán los gastos asociados a proyectos de investigación, desarrollados por investigadores en el ámbito del Estado, universidades e instituciones que integran el sistema universitario Argentino. Además, no se aplica el impuesto cuando el pago de las operaciones se realiza con moneda extranjera utilizando la que se tuviera.