¿QUERES RECIBIR NOTIFICACIONES DE LAS NOTICIAS MAS IMPORTANTES? HACE CLICK ACÁ

Vence el plazo para que asalariados presenten a la AFIP las deducciones de Ganancias

lunes 20 de marzo de 2017 | 11:56hs.
Vence el plazo para que asalariados presenten a la AFIP las deducciones de Ganancias
Vence el plazo para que asalariados presenten a la AFIP las deducciones de Ganancias

Los trabajadores que en el último año hayan tenido un salario total superior a $250 mil deberán presentar sus datos al organismo recaudador ingresando a la página de internet con clave fiscal, para que su empleador practique las deducciones admitidas antes de retenerle la parte del salario que deberá transferir a la AFIP en concepto de impuesto neto.

 

A diferencia del formulario 572 papel, que se entrega directamente al empleador, en el F. 572 web hay que enviar la información a la AFIP y el empleador la descarga de allí.

 

Para iniciar el proceso se requiere disponer de clave fiscal, la cual se solicita con el documento nacional de identidad en la oficina más cercana al domicilio. Mientras que para los que saben que la tienen, pero no recuerdan la clave, la AFIP dispuso que se puede recuperar por dos vías, a través de una terminal de servicio bancaria, ATM o cajero automático; o de la página del organismo, a través de la computadora o del celular, a partir del instructivo que orienta la página electrónica www.afip.gob.ar, acceso con clave fiscal "olvidé la clave".

 

A partir del período fiscal 2017, la obligación de utilizar el servicio SiRADIG – Trabajador para la presentación del F. 572 regirá para todos los empleados. Y, excepcionalmente, para el período fiscal 2016. Se estableció que el plazo vencerá el próximo 31 de marzo.

 

 

 

 

 

 

 

Respecto de los empleadores que no actúen como Agentes de Retención, el trabajador deberá ingresar los importes de remuneración y deducciones que surjan del recibo de haberes extendido por dichos empleadores.