Según la denuncia, el juez insultaba a vecinos y cobraba multas sin recibo

sábado 06 de octubre de 2018 | 6:00hs.
Ezequiel Godoy. Vecino.
Ezequiel Godoy. Vecino.
Antonio Villalba

Por Antonio Villalba avillalba@elterritorio.com.ar

Insultaba en la vía pública a los vecinos, cobraba multas sin emitir recibos o disponía de extraños arrestos domiciliarios a menores. Representaron algunos de los excesos y graves irregularidades. Los vecinos lo consideraron abusivo y denunciaron al juez de Paz de Almafuerte, Constancio Félix Edgardo Pietrowski, quien ahora está al borde de la destitución.
Como informó en exclusiva ayer El Territorio, Pietrowski podría ser penado por la Ley Orgánica del Poder Judicial IV-N° 15, que establece en el artículo 22 que “los jueces de Paz serán designados por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) y removidos por el mismo, en caso de inconducta, impedimento, ineptitud o incumplimiento de sus funciones”.
Pietrowski habría incurrido en estas graves irregularidades en sus funciones, según denunciaron los vecinos primero ante el Concejo Deliberante y luego elevado al STJ.
En este último ámbito, se había iniciado la instrucción de una causa que contendría las principales y reiteradas violaciones en el procedimiento del magistrado local.
Suman “más de 20 afectados por maltrato verbal y abuso de autoridad en la resolución de algunas causas”, había resumido el ex intendente y ex diputado provincial, Darío Pietrowski. Como se indicó en las denuncias también se habrían añadido otros excesos en la forma de proceder del magistrado.
Según los vecinos, el juez de Paz comenzó relativamente bien su relación con los pobladores en el 2015, pero luego fue demostrando “mucha soberbia” en su comportamiento. De allí mencionaron los insultos emitidos en plena vía pública contra los ciudadanos.
Se pensaba en la localidad que su forma de actuar obedecería a que contaba con el aval de Darío Pedro Pietrowski, que además de ser ex intendente y ex diputado provincial, es el hermano del denunciado. Pero, a su vez, Darío Pietrowski cuestionó el comportamiento del juez.
“Él venía de ser empleado de un juzgado y pasó a ser juez, es como que se les subieron los humos a la cabeza”, graficó el vecino Ezequiel Godoy.
Según el perfil público del juez Pietrowski, en forma previa trabajó como enfermero en el Ministerio de Salud Pública y como operador de comunicaciones en Gendarmería Nacional.
De acuerdo a Godoy, muchos no quisieron denunciar esta situación de irregularidad en la comuna “porque en parte hay mucho clientelismo político, otros le tienen miedo y no quieren hablar”.
El juez de Paz Constancio Félix Edgardo Pietrowski en este momento está en uso de licencia en la dependencia que funciona sobre la calle Existente número 3.
El Juzgado de Paz en estos momentos se encuentra transitoriamente a cargo de un suplente.


Es el quinto municipio más pequeño

El municipio de Almafuerte fue creado en mayo de 1939, cuando se daba un breve auge de la actividad agrícola en su colonia. Sus 87 kilómetros cuadrados de superficie lo sitúan como el quinto distrito municipal más pequeño de Misiones.
Si se tienen en cuenta los últimos censos, la población no tuvo gran crecimiento: de 802 habitantes en 1991 pasó en 2001 a un total de 1.022 habitantes y hasta decreció según el registro del Censo 2010, situándose en la actualidad a un total de 1.016 habitantes.

Sobre el arresto a menores

Para saber qué dicen las normas sobre el arresto domiciliario a menores se debe recurrir a la Ley XIV–N° 5 (antes Ley 2800). Es el Código de aplicación en el juzgamiento y sanción de las faltas determinadas en él y que se cometan en la provincia de Misiones.
En el capítulo IX, referido a la inimputabilidad (artículo 17), son considerados inimputables los menores de 15 años.
Más adelante, el artículo 40 consigna que si el acusado no reconociere su culpabilidad, se fijará audiencia para el juicio dentro del término de cinco días. “En las causas en que estén involucrados menores imputables o no imputables, el juez deberá fijar las audiencias que considere necesarias, a las que se convocará a los padres, tutores, guardadores, curadores o responsables a fin de dar cuenta de la conducta del menor, las medidas que haya adoptado para corregirlo y orientarlo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16; si correspondiere su aplicación, el juez podrá disponer que las personas citadas precedentemente, asistan a los menores en el cumplimiento de las medidas adoptadas. El responsable de la institución donde se efectivice la disposición judicial, deberá informar sobre el cumplimiento de la misma”.
Abogados consultados afirman que, en definitiva, el arresto a un menor es uno de los últimos recursos recomendados.