San Pedro: concejales consideran inconstitucional la modificación del cuerpo deliberativo

martes 24 de marzo de 2020 | 10:00hs.
San Pedro: concejales consideran inconstitucional la modificación del cuerpo deliberativo
San Pedro: concejales consideran inconstitucional la modificación del cuerpo deliberativo
Los siete concejales de San Pedro, realizaron la primera sesión ordinaria en lo que va del 2020, siendo uno de los temas principales, el sorteo para la renovación parcial de concejo de acuerdo a lo que indica el artículo 174 de la Carta Orgánica Municipal. Distinto a lo que se esperaba, los concejales suspendieron provisoriamente el sorteo y solicitaron la modificación del mencionado artículo como así también la contratación de un asesor jurídico para corregir las fallas jurídicas.

La sesión se concretó siguiendo los protocolos de sanidad, no asistieron más de 15 personas al recinto y pusieron a disposición alcohol en gel, en ese ambiente los concejales Pedro Borjas, del PAyS y Enso Adoryan, del Frente Renovador por la Concordia, solicitaron la palabra para ponerse en contra y solicitar, con fundados argumentos la suspensión de forma provisoria del sorteo. El pedido fue aprobado por unanimidad como así también la inclusión de dos proyectos en el acta para su posterior tratamiento y posible aprobación.

 La carta orgánica, fue un anhelo cumplido para los más de 40 mil sampdrinos, sin embargo, desde su puesta en vigencia en enero del 2019, fue motivo de varias especulaciones e irregularidades. El artículo 174, en cuestión, estable que, “El Honorable Concejo Deliberante se renueva de forma parcial y bienal de la siguiente manera: cada dos años tres concejales el primer periodo y cuatro concejales el periodo siguiente coincidiendo con la terminación de mandato del intendente. Conforme a esta Carta Orgánica los concejales electos en la primera sesión sortearán los que deben salir en el primer periodo respetando la representación de partidos o lemas”.

En este caso, el concejal Pedro Borjas, considera el Artículo 174, inconstitucional, “La modificación realizada por la convención no tiene sostén jurídico, no me dan a mi como minoría cumplir los cuatro años como concejal. Este cuerpo deliberativo está compuesto por dos lemas cuando en el artículo dice que  se deben renovar tres bancas; una por partido, el mismo es inconstitucional y no respeta la voluntad popular”, indicó Pedro Borjas.

La exposición del edil fue concordada por su par del bloque renovador, Enso Adoryan, quien al ser concedida la palabra, además solicito asesoramiento de un profesional en la materia que permita aclarar el panorama y evitar nuevos errores, “Existen errores jurídicos y técnicos, entre ellos es violatoria la duración del mandato de los concejales por la aplicación analógica y viola lo establecido en la ley provincial XV. Derecho que no se tuvo en cuenta al momento de sancionar la Carta Orgánica. Vemos necesario la contratación de un profesional jurídico para nuestro asesoramiento”.

En el proyecto solicitan la modificación del primer párrafo del artículo 331 y los incisos 3 y 4 de la misma norma en función de esa reforma habilitar la modificación del artículo 174 para someterlo a referéndum que será convocado en la próxima elección municipal que se realice.