Rechazan excarcelación de Lovera y la defensa solicitaría un jury

martes 02 de junio de 2020 | 2:00hs.
Rechazan excarcelación de Lovera y la defensa solicitaría un jury
Rechazan excarcelación de Lovera y la defensa solicitaría un jury
Por Daniel Villamea

Por Daniel Villamea Corresponsalía Oberá

Los mismos jueces que condenaron a Rolando Lovera (35) por el homicidio de la pequeña Selene Aylén Aguirre (2), sentencia que fue anulada por el Superior Tribunal de Justicia (STJ), denegaron el pedido de excarcelación presentado por la defensa del imputado. 
La resolución fue oficializada ayer y generó un airado reclamo por parte de Martín Moreira, abogado del imputado. 
En diálogo con El Territorio, el letrado anticipó la posibilidad de solicitar un Jurado de Enjuiciamiento (jury) para los magistrados que firmaron la sentencia.  
Se trata de los jueces Azucena García de González, Jorge Erasmo Villalba y Graciela Heppner, los mismos que el 21 de diciembre del 2017 condenaron a Lovera a 19 años de prisión y absolvieron por el beneficio de la duda a Victoria Aguirre (27), la mamá de la víctima.
De todas formas, en febrero pasado el STJ de Misiones dictó la nulidad de la sentencia y ordenó que se dicte un nuevo fallo. 
“Es una barbaridad lo que hizo este tribunal. Esta sentencia transformó la detención de Lovera en ilegítima porque no hay una sentencia firme. Es decir que deniegan la excarcelación sin sentencia y con todos los plazos vencidos de la prisión preventiva. Esto confirma la comisión de un delito por parte del Tribunal, lo que deberá ser analizado y será puesto en conocimiento de mi cliente para que evalúe un jury por la detención ilegítima”, remarcó Moreira. 
Aseguró que se trata de una medida “carente de fundamento, no contesta las inquietudes que planteé y contradice con la propia jurisprudencia del Tribunal Penal cuando se le otorgó la libertad a Santa Andrea (por abuso) y a  Schnimg por la causa Marilyn Bárbaro, por ejemplo”. 

Atacó argumentos
Entre los fundamentos de la resolución, los magistrados señalaron que la detención de Lovera no es arbitraria cuando, lo que fue rebatido por el defensor: “El STJ de la provincia dijo que la detención fue arbitraria y parcial; el Tribunal dice que Lovera atravesó un proceso justo, cuando el STJ dijo que no”. 
“Dicen que se puede fugar, pero no consideran que la sentencia fue declarada nula. Argumentan que estamos en una provincia limítrofe, por lo que entonces todas las excarcelaciones deberían ser rechazadas. Lovera siempre estuvo a derecho y hasta se presentó solo. Es una barbaridad lo que hizo este Tribunal”, subrayó Moreira. 
Previo a la sentencia de la víspera, García de González, Villalba y Heppner solicitaron apartarse de la causa, lo que fue rechazado por la jueza Adriana Denise Zajaczkowski, presidente del Tribunal Ad Hoc en lo Penal Uno de Oberá.  
La resolución, fechada el 11 de mayo último, cita que la magistrada resolvió “rechazar la solicitud de apartamiento formulada por los jueces miembros por subrogación legal del Tribunal Penal Uno de esta ciudad, quienes deberán continuar entendiendo en la presente en su carácter de jueces naturales de la causa”.
En consecuencia, los mismos jueces que condenaron a Lovera, ahora le denegaron la excarcelación a pesar que se trata de una sentencia nula, más el hecho de que la prisión preventiva está prescripta ya que el imputado lleva más de cinco años tras las rejas.

Plazos vencidos 
Selene Aylén Aguirre tenía dos años y medio, padecía una grave discapacidad y el 29 de enero del 2015 falleció a consecuencia de una fractura de cráneo que derivó en una hemorragia interna y paro cardiorrespiratorio, según determinó la autopsia. 
La justicia de instrucción halló elementos para acusar a Victoria Aguirre, la mamá de la víctima, y a su concubino Lovera. 
El primer juicio fue anulado porque la defensa de Aguirre recusó al Tribunal Penal Uno de Oberá, por lo que para el segundo debate se conformó un Tribunal subrogante con jueces civiles que absolvieron a la mujer y condenaron al sujeto a 19 años de cárcel. 
Transcurridos más de cinco años del deceso, en febrero STJ dictó la nulidad de la sentencia y ordenó que se dicte un nuevo fallo en base a las pruebas existentes, es decir sin realizar otro juicio.