La Corte Suprema suspendió provisoriamente el artículo del DNU que derogaba la Ley de Tierras

El máximo tribunal dictó una medida cautelar interina que frena los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, impulsado por el Gobierno de Javier Milei. La decisión es provisoria y no resuelve todavía la cuestión de fondo sobre la validez de la derogación de la norma que regula la titularidad de tierras rurales por parte de extranjeros.
viernes 09 de octubre de 2026 | 11:25hs.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió de manera provisoria el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, mediante el cual el Gobierno nacional derogó la Ley de Tierras. La decisión se adoptó a través de una medida cautelar interina, mientras continúa el análisis judicial del caso.

La resolución representa un nuevo capítulo en la controversia por la normativa que regula la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros y los límites establecidos para esa titularidad en el país.

La derogación de la ley fue dispuesta por el Ejecutivo a fines de 2023, como parte de las reformas incluidas en el DNU 70/2023. Desde entonces, la medida generó cuestionamientos judiciales y políticos vinculados con los alcances del decreto y la posibilidad de modificar el régimen vigente mediante esa herramienta.

Con la cautelar, el máximo tribunal dispuso frenar temporalmente los efectos de la disposición cuestionada mientras avanza el expediente. Sin embargo, la decisión no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la constitucionalidad de la derogación ni resuelve de manera concluyente la controversia.

De esta manera, la discusión sobre la vigencia de la Ley de Tierras continúa en el ámbito judicial, a la espera de una resolución sobre la cuestión de fondo.

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