Santo Tomé: el Concejo aprobó por unanimidad la relocalización de las familias de "La Villita"

La propuesta de relocalizar a las familias que ocupan el sector conocido como “La Villita” a un inmueble de 1 ha que adquirirá el DEM para tal fin, ubicado en Chacra 61 de Santo Tomé, tuvo el visto bueno por parte del cuerpo deliberativo.
jueves 13 de agosto de 2026 | 16:18hs.

Tomó estado parlamentario el proyecto de Ordenanza para solucionar el asentamiento sobre la traza de una calle en el barrio conocido como "La Villita" en Santo Tomé. El mismo refiere a rectificar la decisión del DEM de adquirir un inmueble con destino a la relocalización de las familias que ocupan la traza de la calle lindante en el sector conocido como "La Villita". El escrito tuvo solicitud de Tratamiento Sobre Tablas, y se procedió a dar lectura al mismo.

Y se detalló que, con la autorización del Concejo Deliberante, la Municipalidad resolvió comprarle a Jorge Orlando Odoni 1 hectárea ubicada entre las parcelas A1 y A2 de la Chacra 61, por $10.000.000.

Ese terreno no queda para la Municipalidad, sino que se va a lotear y se va a donar con cargo a las mismas familias que hoy ocupan de forma precaria la calle lindante. El cargo es para quienes acepten voluntariamente relocalizarse allí, y liberen/desocupen de forma efectiva y definitiva la calle que hoy tienen ocupada, dentro del plazo que va a fijar la reglamentación. Si no cumplen, se revoca la donación, como prevé el Código Civil y Comercial.

Las escrituras se harán gratis por la Escribanía Municipal una vez que ya se hayan mudado a su nuevo lote. Como alternativa, la ordenanza también deja previsto que si la relocalización total resulta imposible, una parte de ese terreno pueda usarse para abrir una calle pública nueva.

Todo el procedimiento - quiénes son los beneficiarios, cómo se los empadrona, qué tamaño van a tener los lotes, dónde va a estar cada uno y los plazos - lo tiene que reglamentar el Departamento Ejecutivo Municipal. Por ser una donación de tierras del dominio privado municipal, necesita el voto de los 2/3 del Concejo Deliberante para ser aprobada.

Una vez conocido en detalle el proyecto, el escrito fue sometido a votación, y aprobado por unanimidad.

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