Desde la Afip Regional resaltaron los alcances de la norma

Destacan alto interés de misioneros en adherir al blanqueo de capitales

La primera etapa que finaliza este 30 de septiembre es crucial para declarar el efectivo e iniciar diversos trámites. Misiones está adherido y brinda beneficios
miércoles 25 de septiembre de 2024 | 5:30hs.
Desde la Afip sostienen que este es el momento de blanquear bienes o dinero sin declarar.
Desde la Afip sostienen que este es el momento de blanquear bienes o dinero sin declarar.

Alto interés despierta en Misiones el nuevo Régimen de Regularización de Activos implementado por el gobierno nacional y al que adhirió Misiones, con la exclusión del pago de ingresos brutos, entre otros beneficios planteados y aprobado por la Cámara de Diputados de la provincia.

La iniciativa más conocida como “blanqueo de capitales” entró en la primera etapa, de las tres previstas, que vencerá esta semana, el 30 de septiembre.

Desde la Regional de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) afirmaron a sólo dos medios de Misiones, uno de ellos El Territorio, que es clave y sumamente importante esta primera etapa.

Sobre el blanqueo admiten que se están realizando importantes consultas y se está asesorando desde la Afip, como un encuentro reciente realizado con los contadores. Si bien aclaran que no realizan registros desde la dirección Regional de la Afip, observan que el interés es creciente e importante. Por ello además recomiendan a aprovechar la etapa de declarar la voluntad de adherir.

El blanqueo lo podrán ejecutar personas humanas, sucesiones indivisas y empresas, sean o no personas fiscales y la otra particularidad es que pueden hacerlo, siendo o no residentes fiscales argentinos.

Plantean que no es con fines recaudatorios -aunque muchos economistas insisten que es el principal objetivo- y lo que hace el Estado es tratar de reactivar la actividad económica, para poner marchar los activos ocultos.

Los que no pueden adherirse a este Régimen son aquellas personas expuestas políticamente como familiares directos, esposa, hijos, excónyuge.

Dicho en otros términos, quedan excluidos aquellos que hayan desempeñado funciones públicas en última década hasta el presente.

El efectivo en primera etapa

Desde la Regional de la Afip Posadas resaltaron que la primera particularidad es que el efectivo se puede regularizar sólo en esta etapa.

Es decir, tanto la moneda nacional o moneda extrajera que no hayan sido declaradas, dentro o fuera del país, este es el momento de hacerlo.

El actual blanqueo empezó el 18 de julio y termina el 30 de septiembre, período en el cual también se deberá dejar expresada la voluntad de adhesión para las siguientes dos etapas.

Alícuotas previstas

A su vez recordaron que cuanto antes se ingrese a este nuevo régimen de blanqueo, menor será la alícuota a abonar en especial para el caso de propiedades no declaradas como departamentos, yates, entre otros, dentro y fuera del país. Es que hasta 100 mil dólares en efectivo no se abona el mínimo no imponible, lo mismo sucede hasta esos valores en caso de una propiedad.

De esta manera en esta primera etapa que se extiende hasta el 30 de septiembre, se deberá abonar, tanto en caso de dinero declarado o propiedades, una alícuota del 5% sólo sobre el excedente superior a los 100 mil dólares.

Luego, ya en la segunda etapa que además cuenta con varios tramos, será hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota será del 10% y finalmente la tercera y última etapa, se extenderá hasta el 31 de marzo de 2025, cuando por entonces la alícuota ascenderá al 15%.

“Una de las claves de este blanqueo tiene que ver con las escalas progresivas de alícuotas que se deberán pagar en concepto del impuesto especial de regularización. En este sentido, cuanto antes se ingrese al régimen, menor será la alícuota a abonar”, detallaron desde la regional de Afip.

Como ejemplo, citaron que se puede determinar el valor de una propiedad, por ejemplo en caso de un departamento en Brasil en la moneda de origen, pero luego medido en dólares sobre la cuantía a declarar.


Últimas aclaraciones

A través de la Resolución 5573/2024, publicada ayer en el Boletín Oficial, el gobierno detalló que aquellas personas que se sumen a la medida gozarán de diversos beneficios -dependiendo de los bienes que hayan sido declarados-, entre los cuales se encuentra la liberación de delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas por incumplimientos, créditos y tenencias que se declaren, según destacó el diario La Nación.

La norma establece la liberación del pago de los impuestos y las obligaciones que se hayan omitido con anterioridad al 31 de diciembre de 2023 y que no se hayan declarado. Para acceder a esos beneficios, se deberá aceptar las exigencias de la Afip y renunciar a la posibilidad de iniciar cualquier acción judicial.

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