AFIP controla a quienes compran dólar MEP: cómo hacer declaraciones juradas y qué pasa si no se presentan

Las operaciones con el dólar financiero se deben incluir en la declaración jurada anual que vence en junio. ¿Qué hay que declarar? ¿Qué pasa si no se cumple con este paso?
sábado 03 de junio de 2023 | 16:30hs.
AFIP controla a quienes compran dólar MEP: cómo hacer declaraciones juradas y qué pasa si no se presentan
AFIP controla a quienes compran dólar MEP: cómo hacer declaraciones juradas y qué pasa si no se presentan

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) notificó el mes pasado a 5.780 contribuyentes para que incluyan la compra de moneda extranjera dentro de su presentación de declaraciones juradas junto con el pago de impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.

Las personas notificadas pertenencen a un grupo selecto que adquirió en su conjunto más de u$s1.100 millones por medio de títulos públicos durante el período fiscal 2022 y que deberán informar en las declaraciones impositivas correspondientes.

Por qué se controla el dólar MEP
En este sentido, la contadora tributarista Mirian Roldan, CPCECABA T250 F10, explicó en diálogo con Ámbito que "la CNV a través de la RG959/2023, establece nuevas limitaciones a los efectos de restringir el uso de determinadas herramientas financieras que se consideran que pueden perseguir como fin eludir medidas establecidas por el Poder Ejecutivo, en lo que refiere al acceso al mercado cambiario".

"En dicho sentido se establece la imposibilidad de acceder al bajo ninguna circunstancia a operaciones de venta de valores negociables con liquidación en mercado extranjero, cualquiera sea su jurisdicción local o extranjera, a los sujetos que mantengan o tomen cauciones o pases", amplió Roldan.

Al mismo tiempo, destacó: "Los agentes liquidadores y de negociación deberán solicitar y conservar en los legajos de sus clientes, una Declaración Jurada en la que el cliente manifieste expresamente que no tiene posiciones tomadas en cauciones o pases, ya sea como titular y/o co titular, en ningún agente y que tampoco recibió financiación".

"En realidad, lo que se está tratando de limitar es lo que se considera una maniobra elusiva de las medidas de restricción cambiaria", señaló.

Por su parte, María Paula Veliz, gerente de impuestos de Expansion Argentina explicó a este medio que el foco "está en qué hizo con los dólares que compró, si los utilizó para pagar algo, no va a tener problemas, porque existirán mayores gastos que lo demuestren".

Sin embargo, "si se decidió guardarlos, entonces deberán figurar en las declaraciones juradas de Bienes Personales, siempre que al 31/12 estuviera en su poder", añadió.

"Un dato no menor: si la moneda extranjera está en una caja de ahorro o en un plazo fijo, estarán exentas del pago del impuesto", destacó Véliz.

La presentación de las declaraciones juradas de personas humanas vencen entre el 12 y el 14 de este mes y el pago entre el 13 y el 25, dependiendo del número de CUIT.

Qué pasa si no se cumple con la Declaración Jurada
Según explicó la contadora Roldan, las declaraciones juradas deben contener "la expresión de no tener cauciones o pases en ninguna entidad". En este punto, destacó que en caso de incumplir con la norma, se "incurriría en falsear una declaración jurada con las consecuencias legales que deriven de ello".

Por su parte, Veliz recalcó que en caso de no agregar en las presentaciones la compra de MEP, "el fisco nacional podría iniciar un requerimiento para investigar el destino de las divisas y determinar si corresponde rectificar las presentaciones".

AFIP puso la lupa sobre operaciones superiores a los u$s50.000
La AFIP identificó a 5.780 contribuyentes que, durante el período fiscal 2022, concertaron estas operaciones por montos individuales que superaron los u$s50.000.

El total de divisas que adquirieron por está vía asciende a u$s1.160 millones, lo que representa $205.310 millones al tipo de cambio oficial de cierre del año pasado y deberían verse reflejadas en las declaraciones juradas correspondientes.

La AFIP remitió notificaciones electrónicas a los sujetos involucrados, con el objeto de que consideren correctamente tanto el origen de los fondos utilizados para realizar dichas operaciones, así como su íntegra declaración y correcta valuación, de cara al vencimiento de junio de la presentación de las declaraciones juradas determinativas y el pago de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.

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