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Pinceladas de historia

Los Cabildos, primera administración urbana

domingo 29 de enero de 2023 | 6:00hs.
Los Cabildos, primera  administración urbana

La conquista de América por España se fue afianzando a partir de la fundación de ciudades. En ellas se fueron radicando los primeros conquistadores adoptando el mismo sistema que España había utilizado para repoblar las áreas reconquistadas a los moros.  Por ello, las primeras ciudades fundadas en América fueron los centros de expansión de un sistema colonizador de carácter urbano. La ciudad oficiaba de defensa contra los indios, de centro político, social y económico y de nexo en el sistema de comunicaciones.

En las ciudades residían los propietarios de las tierras conquistadas al indio, los funcionarios y el clero religioso.

La fundación de las ciudades consistía en un acto administrativo del fundador quien le daba nombre, definía la jurisdicción y nombraba las autoridades en la sede política que era el cabildo, institución que ya existía en España con diferentes nombres. En Castilla y León era conocida como Concejo, en Aragón y Navarra como cabildo.

En un principio los cabildos fueron constituidos por vecinos comunes, pero con el tiempo el sistema se fue aristocratizando y los nobles y clero comenzaron a ver las posibilidades de prestigio político y social que la institución les podía ofrecer, constituyéndose el cabildo en un espacio jerárquico dentro de las ciudades.

La organización de los cabildos en tierras argentinas se hizo conforme al modelo peruano, especialmente en tiempos de dependencia de aquel virreinato.

Los cabildos estaban integrados por tres categorías de miembros:

los dos alcaldes, que desempeñaban por turno funciones judiciales y eran electos anualmente; los regidores, también electos anualmente y más tarde vitalicios, cuando se vendieron en remate dichos cargos. Finalmente los funcionarios especiales, como

el alférez real, alguacil mayor, alcalde provincial de Hermandad, que, en algunos casos, eran nombrados por el rey. 

Los primeros cabildantes fueron nombrados por el fundador de la ciudad. Con el tiempo empezaron a constituirse en cargos anuales y las elecciones de sus componentes se llevaba a cabo el primer día de cada año.  Las propuestas de los cargos a cubrirse eran realizadas por los propios miembros del cabildo, por lo que el acto eleccionario quedaba restringido al núcleo cabildante. Había restricciones como por ejemplo el de proponer parientes o excomulgados.

Los alcaldes de primer y segundo voto atendían las causas civiles y criminales; presidían el cabildo en ausencia del gobernador o su teniente y empuñaban el bastón o vara de la justicia que les era inherente.

El alférez real, con rango inmediatamente inferior al de alcalde, portaba el estandarte de la ciudad y representaba la autoridad real. El alguacil mayor era el encargado de ejecutar las sentencias y mandamientos de los alcaldes.

El cabildo desempeñó una variada gama de funciones. Entre las principales, debe indicarse el registro de títulos. Otra función era la de gobierno de la ciudad y su distrito, a través de

la distribución de tierras, autorizar vaquerías y medidas de orden

urbano, tales como arreglos de calles, desagües, edificación, abasto, etc.

También cumplía funciones políticas, ya como organismo consultivo en casos especiales o al interponer recursos contra medidas de gobierno juzgadas inconvenientes para la ciudad.

En el orden económico y financiero el cabildo disponía de recursos llamados propios, como tierras o bienes de la ciudad y los llamados arbitrios, que consistía en la aplicación de derechos por peajes, instalación de pulperías, habilitación de corrales, etc.

También desempeñó funciones militares, al disponer el cabildo el envío de milicias o medidas de defensa de la jurisdicción. El cabildo de Corrientes, por ejemplo, a fines del siglo XVIII, fomentó activamente el poblamiento de la jurisdicción y la expansión de sus fronteras a través de la concesión de tierras en depósito a quienes las pedían para poblarlas con estancias de ganado.

En ocasiones excepcionales, el cabildo convocaba al vecindario para plantear cuestiones de interés general o de urgente resolución. Llegado el caso sesionaba con una lista

previa de invitados en la que se incluía a las figuras principales del vecindario, tales como encomenderos, comerciantes, e incluía a militares y eclesiásticos. El caso más conocido en este aspecto es el del 22 de mayo de 1810, convocado en Buenos Aires.

A partir de las ordenanzas del presidente de la Audiencia de Charcas, Francisco de Alfaro quien en 1611-1612, por disposición del rey Felipe II investigó las denuncias de maltrato recibidas por la población indígena, se dispuso la creación de cabildos en las reducciones indígenas creadas por la Iglesia.  Por ello, todos los pueblos de las Misiones Jesuíticas de guaraníes contaron con esta institución, conformada generalmente por los caciques que vivían en cada pueblo.

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