Tasas

El 70% de los contribuyentes de Iguazú son morosos

viernes 25 de noviembre de 2022 | 6:04hs.

El secretario de Hacienda de la Municipalidad de Puerto Iguazú, Hugo Ferreyra, explicó los alcances de la moratoria que está vigente en la ciudad, a fin de evitar iniciar acciones legales a los contribuyentes que actualmente no abonan las tasas municipales. Indicó que un 70% de los contribuyentes locales son morosos y  ponen en peligro la capacidad del municipio de brindar los servicios.

Ayer el funcionario convocó a una conferencia de prensa para dar a conocer la situación y convocar a los contribuyentes a que se acerquen a la municipalidad a abonar sus deudas, muchas de ellas están vigentes desde la pandemia. Por tal situación, en la sesión del Concejo Deliberante del jueves los ediles aprobaron la ordenanza N° 35/22 que propone una quita de los intereses a la deuda para que los contribuyentes accedan a una facilidad para ponerse al día con sus obligaciones.

“Esto es un llamado a toda la actividad económica de Iguazú y esperamos recibir a los contribuyentes y así el municipio, pueda obtener ingresos que le permitan hacer frente fundamentalmente a los gastos de funcionamiento de la Municipalidad y mantener su capacidad de prestación de servicios públicos”, explicó Ferreyra

El funcionario afirmó que el municipio procederá a ejecutar acciones legales a los contribuyentes que no se acerquen a ponerse al día con el pago de las tasas.

“Creemos que tendremos éxito con las moratorias porque creemos que la ciudad se ha recuperado económicamente que les permitirá hacer frente a las deudas de cada uno. Esta moratoria tiene un plazo de duración de 90 días”.

La ordenanza establece un régimen especial de moratoria para el pago de tributos municipales hasta el 11 de diciembre de 2022 que abarca la Tasa General de Inmueble (TGI), Tasa de Comercio e Industria (DIRSC), Contribución por Mejoras, Delineamiento y Construcción, Derechos de Cementerio, Tasa de Publicidad.

Esta ordenanza moratoria propone la quita del 100% de los intereses resarcitorias y punitorios, así como, la quita total de gastos por comisión de pagos y gastos de determinación administrativa de la deuda objeto del plan siempre que opten por el pago al contado de la deuda total.

En el caso de que el contribuyente opte por otra forma de pago (cuotas) implicará el pago total de lo adeudado.

Conforme una resolución fundada y previo informe socio económico el Departamento Ejecutivo Municipal podrá eximir el pago de las Tasas General de Inmueble al contribuyente en estado de precariedad o de la Tasa de Comercio e Industria a los agrupados como contribuyentes de pequeño y limitado volumen de actividades. 

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