Regulaciones

Reglamentan salas de faena artesanal en la provincia

La legislación prohíbe realizar procedimientos de faena artesanal fuera de las salas previstas para los agricultores familiares previamente habilitadas por la autoridad de aplicación.
miércoles 16 de noviembre de 2022 | 8:23hs.

oración de chacinados y embutidos artesanales, que además de los requisitos establecidos en la Ley XVII - Nº 71, deben cumplir con los estándares de sanidad e higiene conforme a la actual ley.

 En el artículo 4 de la norma, se prevé la creación del Registro Provincial de salas de faena artesanal en el ámbito de la autoridad de aplicación.

La ley tiene como órgano de aplicación y reglamentación al Ministerio de Salud Pública, que abarca desde las condiciones de habilitación de salas de faena, sumado a la limitación de faena, pasando por las inspecciones ante y post-mortem, condiciones transporte y comercialización.

 Asimismo la legislación prohíbe realizar procedimientos de faena artesanal fuera de las salas previstas para los agricultores familiares previamente habilitadas por la autoridad de aplicación. 

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