Jornada de alegatos y sentencia por un siniestro vial ocurrido en 2011 en Apóstoles

A la cárcel 5 años por chocar y matar ebrio: “Ahora nos toca vivir”

Adrián Alberto Krutki (36) fue condenado por la muerte de Gisela Lorena Ferreyra (32) y su hijo Cergio Maximiliano Ferreyra (12), luego de más de diez años del hecho
martes 18 de octubre de 2022 | 6:08hs.
A la cárcel 5 años por chocar y matar ebrio: “Ahora nos toca vivir”
A la cárcel 5 años por chocar y matar ebrio: “Ahora nos toca vivir”

El Palacio de Justicia de Misiones fue el escenario de la condena que recibió Adrián Alberto Krutki (36) por el homicidio de Gisela Lorena Ferreyra (32) y su hijo Cergio Maximiliano Ferreyra (12), ocurrido en un siniestro vial el 11 de diciembre de 2011 sobre la ruta provincial 1, en Apóstoles.

En la sala de debates del Juzgado Correccional y de Menores de Posadas, el juez César Raúl Jiménez, a cargo del tribunal unipersonal, sentenció al imputado a cinco años de prisión efectiva, estipulado en el artículo 84 del Código Penal, y nueve años de prohibición para conducir. Será detenido cuando, oportunamente,  la condena quede firme.

 El magistrado, en tanto, minutos después de ingresar al recinto manifestó: “Perdón por el tiempo que nos llevó llegar hasta acá. No hay peor forma de justicia que la justicia tardía”.

A la espera de la sentencia, la familia de las víctimas estuvo presente en todas las audiencias. Fotos: Victor Hugo Paniagua

Cabizbajo y con la mirada al piso, Adrián Alberto Krutki (36), quien conducía en estado de ebriedad el Ford Escort que atropelló la motocicleta en la que viajaban Gisela Lorena y su hijo, estuvo presente en la sala de debate únicamente para escuchar la decisión final del tribunal.

En cuanto a la jornada de alegatos, la fiscal subrogante Amalia Spinnato tuvo el primer lugar para exponer sus fundamentos. Finalmente, pidió para el acusado la pena de 5 años de prisión efectiva por el “delito de homicidio culposo, por la muerte injusta de Lorena Gisela y Cergio”.

La querellante particular de la familia de las víctimas, Margarita Beltrametti, por su parte, solicitó “el máximo de la pena con accesorias legales y la inhabilitación de diez años para manejar’’. Asimismo pidió que se aplique de “forma inmediata” la privación de libertad del acusado “con cumplimiento efectivo de prisión”.

A su turno, el abogado defensor del imputado, José Antonio Reyes, pidió para su defendido tres años de prisión en suspenso con la inhabilitación a conducir correspondiente.

Tres veces el nivel de alcohol

Luego de las tres audiencias realizadas la semana pasada, en la jornada de ayer, la representante del Ministerio Público Fiscal, Amalia Spinnato, tuvo el primer lugar para dar sus alegatos y posterior pedido de pena.

En un tramo de su discurso, Spinnato se refirió al testimonio incorporado por lectura de Federico Guirula, quien había declarado que el vehículo involucrado “los sobrepasó cuando iban en fila india”.

La letrada agregó que se estableció que, momentos posteriores, Krutki sobrepasó a un colectivo y retomó el carril por el que circulaba la motocicleta de las víctimas. El desenlace fue el impacto que se da “por alcance”, según aseguró uno de los peritos citados a declarar en las jornadas previas.

Adrián Alberto Krutki (36) fue sentenciado luego de más de diez años.

“El señor Adrian Alberto Krutki, lejos de hacer lo que la ley le pedía o exigía, evadió y huyó del lugar”, aseveró.  En esa línea, insistió en que la huida del lugar del hecho no se debió a un estado de shock, tal como declaró la hermana del Krutki en la segunda jornada del juicio.

 “El imputado eligió no estar acá, Gisela y Cergio no eligieron nada y quiero que se tenga en cuenta. Creo que es parte de lo que sería hacer justicia hoy”, expresó.

La fiscal apuntó que, previo al impacto, “no hubo maniobra evasiva del imputado. Luego hizo maniobra hacia la izquierda y a raíz de esto los cuerpos de las víctimas salieron despedidos”.

Asimismo, refirió al factor humano producido por el consumo de alcohol, causa fundamental del siniestro vial “que pone el imputado en la producción del resultado fatal, doble resultado fatal”. 

En este contexto, la fiscal explicó que el nivel de alcohol en sangre pudo haber sido mayor a 1,56 gramos, el cual arrojó el test, ya que este último se realizó varias horas después. “Lo que sí sabemos es que excedía por lo menos tres veces lo que autoriza la ley”, esto es 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre.

Antes de culminar, la letrada expresó: “Él nunca estuvo, eso me hace pensar que merece y necesita un tratamiento penitenciario donde, tal vez, tome conciencia del hecho causado”.

Pedido de justicia

La abogada Margarita Beltrametti, por su parte, refirió a la exposición “elocuente” de la fiscal. Coincidió con algunos puntos y agregó otros antes de solicitar la pena máxima.

“Como querella estamos aquí para pedir justicia por Lorena y Cergio que un día de verano, cuando volvían a su casa, son injustamente atropellados y cercenada la vida”, expresó.

Por otro lado, aseveró que el imputado “no tuvo la capacidad de arrepentimiento, de decir ‘pido perdón, pido disculpas a la madre y al hijo de la victima’”.  “Así como Krutki tuvo un total desparpajo a la vida y desconsideración a la vida de dos personas, pido que se aplique en forma inmediata la privación de su libertad, con cumplimiento efectivo”, culminó.

Conmoción indiscutida

José Antonio Reyes, por último, solicitó que no se discuta el estado de conmoción de su defendido tras el impacto. Además, apuntó a su reiterada petición de juicio abreviado para “admitir culpabilidad y anticipar el debate”.

“Es irreparable, pero sí es cierto que Krutki se presentó”, expresó y agregó en cuanto al siniestro: “No vamos a negar el impacto, pero pudo haber mala praxis, el médico policial llegó como tres horas después”.

El letrado se refirió a otros casos similares en los que el juez interviniente aplicó penas mínimas y, finalmente, solicitó al tribunal que “tenga en cuenta el tipo de característica de mi defendido”, motivo por el que solicitó “tres años en suspenso con la inhabilitación correspondiente”.

 

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